Ampliar
La vivienda tras el divorcio, uno de los temas de actualidad que abordarán en su congreso de este viernes los abogados de familia. R. C. ¿Tienen derecho los hijos mayores de edad a quedarse en el piso familiar tras un divorcio?Los abogados de familia abordarán en su congreso el uso de la vivienda tras la ruptura y debatirán con magistrados el modelo 'nido' en el que los niños viven siempre en la casa familiar y son los padres quienes hacen turnos
Madrid
Miércoles, 25 de febrero 2026, 15:00 | Actualizado 15:34h.
divorcio? ¿Hasta cuándo pueden disfrutar los hijos de ella? ¿Qué pasa si la pareja ... no tiene descendencia? ¿Por qué los jueces son reacios a aceptar el modelo de la 'casa nido' en el que los niños viven siempre en la casa familiar y son los padres quienes entran y salen? Estas y otras cuestiones serán tratadas en el mayor congreso de expertos en Derecho de Familia que este viernes inaugurará en Madrid el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo.Entre los temas que serán abordados destacan los problemas derivados por el uso de la vivienda familiar tras el divorcio, de los que hablará la magistrada del Tribunal Supremo Raquel Blázquez, un asunto candente habida cuenta de la dificultad para acceder a una vivienda, que se agrava cuando una pareja rompe.
«No debemos olvidar que el divorcio no elimina la condición de deudor solidario de quien ya firmó una hipoteca, lo que dificulta la firma de un nuevo préstamo para rehacer su proyecto de vida. En el mercado del alquiler la situación no es más sencilla. La sobredemanda está elevando las exigencias: se piden ingresos altos, estabilidad laboral y garantías adicionales. Además, existe una creciente desconfianza hacia las familias con hijos menores, ante el temor de que un eventual impago complique la recuperación de la vivienda por la normativa de protección del inquilino vulnerable», ha avanzado la magistrada del Supremo para dar algunas claves de su ponencia.
La jueza del TS hará una serie de recomendaciones y recordará que a partir de la mayoría de edad, las necesidades del hijo se deben cubrir mediante una pensión de alimentos, pero sin garantizar el derecho a quedarse en la vivienda familiar del progenitor que se quede con la custodia de los hijos. «Ese derecho termina automáticamente cuando todos los hijos cumplen 18 años». Eso sí, si alguno de los hijos sufre una discapacidad, el juez puede extender este derecho más allá de los 18 años. Y en algunos casos, por razones económicas, también pueden quedarse con el progenitor custodio en la vivienda.
Y si la pareja no tiene hijos (o ya son mayores de edad), el juez puede permitir que el miembro de la pareja que esté en una situación económica más vulnerable se quede en la casa, pero siempre por un tiempo limitado.
Blázquez recuerda que si se pacta una custodia compartida, el uso de la vivienda ya no es exclusivo ni permanente para uno solo. «Se suele atribuir al progenitor con menos ingresos, pero solo por un tiempo de transición (normalmente uno, dos o tres años) para darle margen a buscar otra casa». Y advierte que si le otorgaron el uso de la vivienda familiar y entra a convivir su nueva pareja, «perderá el derecho a usar esa casa, ya que la ley entiende que se ha formado una nueva familia y la vivienda pierde su carácter original».
También abordará otra circunstancia muy habitual: vivir gratis en un piso propiedad de los padres de uno de los cónyuges. ¿Qué pasa si se separan? En ese caso, los dueños pueden exigir que desalojen la vivienda (ejerciendo una acción de desahucio por precario). El juez de familia no puede obligar a los abuelos o terceros a seguir prestándoles la casa. Y si en esa casa hizo obras o mejoras (como una piscina o un garaje), la ley hace muy difícil que pueda exigir que le devuelvan ese dinero al ser desalojado.
En cuanto al modelo en el que los niños viven siempre en la casa familiar y son los padres quienes hacen turnos para entrar y salir, la magistrada señala que esta medida no ha tenido buena acogida en la jurisprudencia del Supremo. La razón es que este modelo (llamado 'casa nido') exige mantener tres viviendas (la casa común y una para cada padre) y requiere que los ex se lleven excepcionalmente bien. «Salvo que ambos estén de acuerdo, el juez no lo impondrá», opina la jueza del Supremo.
Comprar un coche con el fondo común
El reparto de los bienes tras la ruptura será tratado en el congreso de Aeafa por el catedrático Ángel Luis Rebolledo. ¿Qué sucede con los activos de un matrimonio desde que el juez dicta la firmeza del divorcio hasta que, a menudo años después, se adjudican efectivamente los bienes? «Este intervalo de 'limbo' jurídico -denominado comunidad postganancial- constituye uno de los escenarios para los litigios de alta complejidad», afirma Rebolledo. «Sin un rigor documental absoluto sobre cada factura pagada y cada renta percibida tras el divorcio, el resultado final de la liquidación será, inevitablemente, un perjuicio económico para la parte menos previsora», advierte.
Entre los problemas que se pueden suscitar es el de un ex que decide comprarse un coche nuevo después de divorciarse, pero para pagarlo usa dinero que estaba ahorrado en la cuenta conjunta del matrimonio. El problema es determinar de quién es ese coche nuevo: ¿es privado porque lo compró estando ya separado, y solo debe devolver el dinero, o el coche pasa a ser de los dos porque se usó dinero común para comprarlo?
El testamento tras el divorcio
Otro de los temas que se abordará será si el divorcio anula el testamento. No lo hace. Aunque algunas leyes autonómicas sí lo anulan, en el Derecho Común (vigente en Andalucía, Madrid o Asturias) puede generar problemas o acabar en los tribunales. «Lo más seguro y rápido es ir al notario y cambiar el testamento inmediatamente después del divorcio», advierte el notario Vicente Martorell, que participará en el congreso con su ponencia 'Del matrimonio al divorcio pasando por el testamento'. Martorell recuerda: «Si te divorcias y tienes hijos menores, es normal que te preocupe que tu ex controle el dinero o las casas que tus hijos hereden de ti. Para evitarlo, puedes nombrar en tu testamento a un »administrador« (por ejemplo, un hermano o una persona de confianza) para que gestione esos bienes hasta que tus hijos sean mayores de edad».
También aconseja dejar mejor el dinero directamente al viudo o viuda: antes que el «usufructo universal», es decir el derecho a disfrutar de todo pero sin poder venderlo sin permiso de los hijos. «Sin embargo, el usufructo sobre el dinero del banco da muchos problemas prácticos. Se recomienda dejar al cónyuge el dinero en propiedad total, además del derecho de uso sobre las casas», señala el notario.
Límite de sesiones alcanzadas
El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a las vez.
Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Sesión cerrada
Al iniciar sesión desde un dispositivo distinto, por seguridad, se cerró la última sesión en este.
Para continuar disfrutando de su suscripción digital, inicie sesión en este dispositivo.
Iniciar sesión Más información¿Tienes una suscripción? Inicia sesión