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Un juez archiva una agresión sexual de un cura a una feligresa por los «delirios de grandeza» de la víctima

Un juez archiva una agresión sexual de un cura a una feligresa por los «delirios de grandeza» de la víctima
Artículo Completo 726 palabras
La Audiencia de Valencia ordena la reapertura de la causa y reprocha al instructor sus «valoraciones psicológicas» en contra de los peritos para desacreditar a la mujer
Un juez archiva una agresión sexual de un cura a una feligresa por los «delirios de grandeza» de la víctima

La Audiencia de Valencia ordena la reapertura de la causa y reprocha al instructor sus «valoraciones psicológicas» en contra de los peritos para desacreditar a la mujer

Regala esta noticia Añádenos en Google La Ciudad de la Justicia de Valencia, vista desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias. (Irene Marsilla)

A. Rallo

Valencia

30/09/2026 Actualizado a las 08:37h.

Un juez de Picassent ha decidido archivar la denuncia de una feligresa que afirmaba haber sido víctima de una agresión sexual por parte del cura ... de un municipio de la Ribera Alta (Valencia). El magistrado considera que no existen indicios suficientes para continuar con el procedimiento penal y sostiene que el trastorno que sufre la víctima, histriónico y narcisista, puede llevarla a mantener que determinados hechos han ocurrido cuando, en realidad, nunca sucedieron. Todo ello pese a que el médico forense y la psicóloga aseguran que el relato de la mujer resulta creíble. Sin embargo, el titular del juzgado aclara que dispone de una visión más amplia del suceso al poder analizar otras circunstancias.

El juez señala que, evidentemente, una mujer con un trastorno de esta naturaleza puede sufrir una agresión sexual, pero también subraya que debido a su patología es posible que haya podido «interiorizar tanto un hecho que no ha ocurrido, hasta el punto de poder reiterarlo a lo largo del tiempo, con profusión de detalles, como si realmente sí hubiera ocurrido».

El magistrado detalla que, como la mujer se negó a recibir asistencia médica, no existen otros elementos incriminatorios más allá de su propio testimonio. El instructor reproduce algunas de las conclusiones periciales. Así, se aprecian «rasgos de trastorno narcisista con un patrón dominante de grandeza (en la fantasía y el comportamiento), con necesidad de admiración y falta de empatía, declarando que con frecuencia cree que los otros sienten envidia hacia ella. Los sentimientos de grandeza y prepotencia se recogen en la exageración de sus logros y talentos».

El juez no descarta que la víctima busque «notoriedad social»

El juez insiste en la tesis de que no se puede descartar que la supuesta víctima busque con este procedimiento una «notoriedad social» que no recibe por «sus cualidades artísticas». No concreta la profesión o afición de la mujer.

El auto recoge algunas leves lagunas en el relato de la víctima, como las dudas acerca de si el sacerdote le desabotonó la blusa o si este se quedó completamente desnudo en la casa parroquial. Pero hay otro dato que resulta determinante para que el juez diera carpetazo al asunto: el regreso a casa. En una ocasión, relató que una conocida del municipio la recogió de la parada del autobús y la trasladó a casa. En otra versión, en cambio, comunicó que se fue en el propio autobús, ocultando sus lágrimas tras las gafas, y que un pasajero se acercó para preguntarle si se encontraba bien. El juez lamenta este cambio de versión, que evitó que hubiera un testigo de los hechos posteriores al violento episodio.

La Audiencia de Valencia, en cambio, ha corregido el auto del juez. El abogado de la víctima, con el informe favorable del fiscal, recurrió la controvertida decisión. En un auto facilitado por el Tribunal Superior de Justicia, la Sala aclara que en el procedimiento de sumario no corresponde al juez instructor dictar el sobreseimiento, sino que este paso es competencia de la Sala.

Más allá de esta cuestión procesal, los magistrados aprovechan para abordar el fondo del asunto y rechazan el particular análisis del instructor. De hecho, le reprochan que haya realizado «valoraciones psicológicas» para desacreditar a la víctima contradiciendo a los peritos profesionales que la evaluaron.

Además, el auto señala una falta de coherencia en la instrucción, ya que el juez había apreciado previamente indicios suficientes para imponer medidas cautelares severas (una orden de alejamiento y retirada de pasaporte), para luego archivar el caso sin una explicación razonable ante el sorpresivo cambio de criterio.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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