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Un tribunal da la razón al SEPE al destapar el despido simulado de un camarero para capitalizar el paro y montar su propio bar

Un tribunal da la razón al SEPE al destapar el despido simulado de un camarero para capitalizar el paro y montar su propio bar
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Ha quedado acreditado que la extinción del contrato fue simulada para acceder indebidamente a la prestación por desempleo

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Un tribunal da la razón al SEPE al destapar el despido simulado de un camarero para capitalizar el paro y montar su propio bar

Ha quedado acreditado que la extinción del contrato fue simulada para acceder indebidamente a la prestación por desempleo

Susana Zamora

Viernes, 16 de enero 2026, 00:25

... por falta de confianza», según argumentó la empresa en la carta entregada al trabajador tras terminar la relación laboral. Curiosamente, ese mismo día, este empleado interpuso demanda de despido ante el departamento de Trabajo y Empleo de la administración de la comunidad autónoma del País Vasco. Es decir, no había sido despedido formalmente (hasta dos días después, el 12 de mayo, no causó efectos) cuando este trabajador inició el procedimiento administrativo de un despido ya confirmado.

Sin embargo, había circunstancias y fechas que no cuadraban y el expediente acabó en los tribunales. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha anulado el acuerdo de conciliación alcanzado tras el despido disciplinario de este empleado al quedar acreditado que la extinción del contrato fue simulada para que accediera indebidamente al paro y a su capitalización.

La Sala estima el recurso de suplicación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y revoca la sentencia dictada en primera instancia por el Juzgado de lo Social n.º 2 de Vitoria.

En la sentencia consultada por este periódico, el tribunal resalta que el despido disciplinario del demandante obedeció formalmente a la falta de confianza; «es decir, un motivo genérico que la empresa no se molestó en especificar y menos aún en demostrar, puesto que reconoció la improcedencia del despido y concilió con el trabajador una indemnización cuyo importe fue muy inferior al mínimo legal conforme a la retribución que percibía y la antigüedad que ostentaba».

Asimismo subraya: «Si a ello se une que la papeleta de conciliación por despido fue presentada dos días antes de serle entregada la carta de despido, solo cabe concluir la concurrencia de connivencia entre empresa y trabajador con el fin de simular el despido disciplinario y que el trabajador tuviera vía libre para proseguir con el plan». Aprecian los magistrados que cronológicamente el contrato de arrendamiento del local y negocio de hostelería lo suscribió el trabajador el 17 de mayo de 2024, es decir, tres días de antes de solicitar la capitalización de la prestación por desempleo y solo cinco días después de ser despedido. «Esto evidencia que el arrendamiento ya lo tenía concertado antes de ser despedido, por lo que la simulación del despido era necesaria para financiar el arrendamiento del local y del negocio», consideran.

De este modo, concluyen que se simuló el despido para quedar «aparentemente en desempleo» y para conseguir las prestaciones «a las que, de otro modo, no tenía obviamente derecho».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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