Martes, 10 de febrero de 2026 Mar 10/02/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Internacional

Una aseguradora deberá indemnizar a dos pacientes de cáncer de mama a las que negó la cobertura por pólizas «confusas»

Una aseguradora deberá indemnizar a dos pacientes de cáncer de mama a las que negó la cobertura por pólizas «confusas»
Artículo Completo 672 palabras
Rechazó reconocer el carcinoma de mama como 'enfermedad grave femenina', tal y como recogían las cláusulas

Ampliar

Una aseguradora deberá indemnizar a dos pacientes de cáncer de mama a las que negó la cobertura por pólizas «confusas»

Rechazó reconocer el carcinoma de mama como 'enfermedad grave femenina', tal y como recogían las cláusulas

Susana Zamora

Lunes, 9 de febrero 2026, 23:37

... el recurso de apelación de una asegurada y condenar a Caser Seguros al pago de 48.000 euros por el diagnóstico de un cáncer de mama. El fallo revocó íntegramente la resolución de primera instancia, que había negado la cobertura al considerar que la enfermedad no estaba incluida en la póliza contratada.

Frente a ello, la Audiencia Provincial concluyó que la enfermedad grave de la mujer sí se encontraba cubierta. La Sala subrayó que no basta con atender a las coberturas que aparecían enmarcadas en un recuadro, sino que debía leerse el contrato en su integridad. Señaló expresamente que la póliza estaba dirigida a clientes que deseaban «percibir un capital asegurado en caso de darse determinadas enfermedades graves», además de proteger a los beneficiarios en caso de fallecimiento. Asimismo, el apartado de coberturas establecía que la enfermedad grave de la mujer tenía la consideración de anticipo del capital previsto para la garantía de fallecimiento, fijando su importe en el 100% de dicho capital. En el caso concreto, la cuantía ascendía a 48.000 euros.

Para la Audiencia, aquella redacción no dejaba lugar a dudas: la enfermedad grave femenina se equipara contractualmente al fallecimiento a efectos indemnizatorios, de modo que el capital asegurado se adelanta cuando se produce el diagnóstico.

Esta resolución judicial ha sido determinante para que hace tan solo unas semanas Caser se aviniera, antes de ir a juicio, a indemnizar con 110.000 euros a otra mujer por un caso muy similar. Desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) explican que cuando recordaron este precedente judicial a Caser, la aseguradora aceptó abonarle la indemnización completa a su clienta. «Ha tenido que admitir que las cláusulas de sus pólizas TAR Mujer AG y GG CC, así como TAR Mujer AACC, eran confusas. A pesar de que a lo largo de todos los contratos incorporaban la referencia a 'enfermedades graves de la mujer', la aseguradora negó la cobertura por el cáncer de mama que le fue diagnosticado».

Cobertura de enfermedad

En este último caso, que no llegó a juicio, la afectada contrató la póliza TAR Mujer AG, un seguro de vida e incapacidad, asociado a un crédito hipotecario. Las condiciones preveían que si se daban las circunstancias, Caser abonaría un capital a la asegurada o a sus beneficiarios para cubrir la hipoteca. A juicio de Asufin, la cobertura del riesgo acaecido a la asegurada es «indudable» puesto que se dispone expresamente que la cobertura de enfermedad grave de la mujer tiene la consideración de anticipo de capital previsto para la garantía de fallecimiento, «y su importe deberá ser necesariamente del 100% de dicho capital. Esto es, que la enfermedad grave de la mujer se equipara al riesgo de fallecimiento a efectos de la póliza, de modo que la indemnización prevista para el caso de óbito se adelanta para el supuesto de su concurrencia».

Además, desde Asufin muestran su satisfacción también porque con ello tendrán que cambiar el texto de los contratos para que en el futuro no haya lugar a dudas sobre qué enfermedades graves están incluidas.

Límite de sesiones alcanzadas

El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a las vez.

Por favor, inténtalo pasados unos minutos.

Sesión cerrada

Al iniciar sesión desde un dispositivo distinto, por seguridad, se cerró la última sesión en este.

Para continuar disfrutando de su suscripción digital, inicie sesión en este dispositivo.

Iniciar sesión Más información

¿Tienes una suscripción? Inicia sesión

Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
Compartir