El órgano consultivo desaprueba el real decreto con el que el Ministerio de Trabajo quiere endurecer los requisitos del control de la jornada laboral. Critica que la norma se articule como reglamento dando la razón a CEOE, que recurrirá la norma ante la Justicia si sale adelante.
El Consejo de Estado propina un varapalo a la línea de flotación del real decreto con el que el Ministerio de Trabajo pretende endurecer el registro horario, mediante la imposición de un sistema digital que sea interoperable por la Inspección. La medida, que fue desgajada del proyecto de ley de reducción de la jornada laboral que fue tumbado en el Congreso, busca un recorte de la jornada efectiva prometiendo poner coto a la realización de horas extraordinarias impagadas. No obstante, el órgano consultivo del Ejecutivo cuestiona dos aspectos fundamentales: el primero, la articulación mediante un reglamento de una medida que se extralimita y debería de ser objeto de ley y, la segunda, prevé un coste de casi 1.000 millones de euros para las empresas, contradiciendo la previsión del departamento de la vicepresidenta Yolanda Díaz que proyecta que sería prácticamente nulo.
En consecuencia, el texto de algo más de 100 páginas al que ha tenido acceso EXPANSIÓN concluye que "a la vista de las observaciones esenciales formuladas no procede aprobar el Real Decreto proyectado", basándose principalmente en que este se excede de la habilitación legal (actuación ultra vires) e invade la reserva de ley en materia de protección de datos y desplaza indebidamente la negociación colectiva.
La clave del dictamen desfavorable, a ojos del Consejo de Estado, que la norma excede las competencias de un reglamento. Una cuestión, más allá, que ya había sido denunciada por las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme, que consideran que la medida pretendida tiene tal impacto que debería ser articulada a través de un proyecto de ley. De hecho, el dictamen del máximo órgano consultivo abona el terreno a la reclamación judicial de las organizaciones empresariales, que ya amenazaron con impugnar la norma.
"Entiende el Consejo de Estado que la norma proyectada se excede de la habilitación legal en cuanto impone para todas las empresas y trabajadores obligaciones y cargas no previstos en la norma legal que trata de desarrollar. La consecuencia de esta actuación ultra vires sería la nulidad por infracción del principio de legalidad", señala el órgano presidido por Carmen Calvo.
En lo que señala el dictamen, textualmente, que el real decreto "no se limita a complementar o desarrollar lo preceptuado en la ley de cobertura, sino que impone nuevas obligaciones y cargas a los empresarios y trabajadores, rebasando así el ámbito propio de la potestad reglamentaria".
Cabe recordar que la medida prevista desde el Ministerio de Trabajo prevé un desarrollo del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, en el que se estableció la obligatoriedad del registro horario para todas las empresas. A resultas de un incumplimiento procedimental justificado por la proliferación de las horas extraordinarias impagadas, el Gobierno prevé con esta norma implantar que los sistemas de registro horario sean obligatoriamente digitales (prohibiendo la recurrida hoja de Excel), no manipulables e interoperables por parte de la Inspección de Trabajo.
Coste para las empresas
Desde la patronal han criticado recurrentemente que esta medida acarrea un coste inicial para las empresas, que se concentra especialmente en las más pequeñas y autónomos con empleados a cargo. Además, de que prevén obstáculos para su para su aplicación por la fata de competencias digitales en muchos negocios.
Pero más allá, el dictamen también contradice en este punto la Memoria de Análisis de Impacto Normativo (MAIN) del Ministerio de Trabajo, en la que se consideraba que la norma no tendría un impacto económico significativo. Sin embargo, el Consejo estima que el coste inicial para las empresas españolas (especialmente las pymes) sería de unos 867 millones de euros solo en licencias digitales, sin contar formación y mantenimiento, toda vez que afecta al 95% del tejido productivo que utiliza sistemas no digitales o menos complejos.
"El coste total para el año de implantación de registro de jornada en pequeñas y medianas empresas se cuantifica en 441 euros por empresa el primer año y 291 euros por empresa cada año sucesivo", señala el texto.
Negociación colectiva
Por otro lado, el organismo también recoge uno de los argumentos esgrimidos en las alegaciones de CEOE, sustentado en que la medida supone una invasión en la negociación colectiva. Esto es, en los acuerdos alcanzados en el ámbito empresarial entre empresarios y sindicatos.
"En el caso de las empresas que ya hubieran establecido, mediante esta negociación, un sistema de control de jornada, el nuevo reglamento podría tener un efecto desplazamiento", avisa el Consejo de Estado, si la ley reenvía a la negociación colectiva, no cabe regular la materia por reglamento.
Protección de datos
El último elemento de alta discordancia a ojos del organismo es el choque con la protección de datos, toda vez que considera que el registro digital masivo de 16 millones de trabajadores afecta al derecho fundamental a la intimidad y protección de datos.
"Algunas de las previsiones, especialmente las relativas al acceso remoto y permanente de la Inspección de Trabajo y al tratamiento de datos personales de los trabajadores, comprometen seriamente los derechos fundamentales a la intimidad y a la protección de datos personales (artículos 18.1 y 18.4 de la Constitución Española), al establecer mecanismos de control masivo carentes de las debidas garantías", señala el Consejo de Estado.
Y redunda sobre la cuestión argumentando que "estima que los datos que ofrece la memoria no son suficientes como para justificar debidamente la iniciativa normativa adoptada, que incide en un derecho constitucionalmente garantizado a la intimidad de todos los trabajadores asalariados de España".
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