Juicio contra Alfredo Sáenz y Miguel Ángel Calama en Barcelona, en mayo de 2009./ Efe
Tribunales PROCESO CONTRA ZAPATERO Zapatero indultó al hermano del juez Calama, condenado en el proceso que costó la carrera bancaria a Alfredo SáenzMiguel Ángel Calama, que era director regional de Banesto en Cataluña, fue condenado junto al expresidente de la entidad por presentar una querella falsa contra unos empresarios.
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María Peral Publicada 21 mayo 2026 14:32h Actualizada 21 mayo 2026 14:38h Las clavesLas claves Generado con IA
El Gobierno de José Luis Rodríguez-Zapatero indultó el 25 de noviembre de 2011 a Miguel Ángel Calama, hermano del juez José Luis Calama, que investiga al expresidente como presunto líder de una red de tráfico de influencias con la que habría obtenido comisiones millonarias, según los datos provisionales del procedimiento.
Miguel Ángel Calama fue condenado junto al expresidente de Banesto y luego consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, por un delito de acusación falsa. Presentaron una querella por estafa y alzamiento de bienes contra cuatro empresarios a sabiendas de que carecían por completo de responsabilidad. Los querellados fueron detenidos y tres de ellos enviados unos días a la cárcel.
Miguel Ángel Calama, Alfredo Sáenz y otras dos personas acabaron en el banquillo. Los dos primeros fueron condenados por la Audiencia Provincial de Barcelona el 18 de diciembre de 2009 a seis meses de prisión y multa.
Indulto a Miguel Ángel Calama.
El 24 de febrero de 2011, la Sala Penal del Tribunal Supremo bajó la pena privativa de libertad a tres meses de arresto pero añadió la pena accesoria de suspensión de profesiones u oficios relacionados con cargos, públicos o privados, vinculados con entidades bancarias tanto para Sáenz como para Calama durante el tiempo de la condena.
La Sala Penal avaló los hechos declarados probados por la Audiencia de Barcelona.
En ellos se relata que Miguel Ángel Calama era desde 1992 director regional de Banesto para Cataluña, cuya oficina principal había venido concediendo, durante años, líneas de crédito a las sociedades del grupo Harry Walker. Esta mercantil presentaba desde mediados de 1993 una situación de crisis y una preocupante falta de solvencia.
Ante la magnitud de la deuda, que en enero de 1994 ascendía a 639,6 millones de pesetas, Calama mantuvo una reunión con Pedro Olabarría, que era, junto a Luis Fernando y José Ignacio Romero García, accionista minoritario del grupo Harry Walker.
Calama pidió a Olabarría que ayudara al Banesto a mitigar los riesgos contraídos por Harry Walker y, en concreto, que constituyera un aval en garantía de los créditos contraídos por el grupo. Otros empleados de Banesto hicieron la misma gestión con los hermanos Romero García, pero ninguno de los tres accedió a garantizar personalmente los créditos.
Tras la intervención de Banesto por el Banco de España el 28 de diciembre de 1993 y el nombramiento de Alfredo Sáenz como presidente de la entidad, se estableció un plan para recuperar los llamados "créditos dificultados", que en ese momento representaban el 30% del total. En este contexto, fueron agilizadas las reclamaciones en vía contenciosa.
Calama, "conociendo que Pedro Olabarría, los hermanos Romero García y Modesto González Mestre (este último, accionista ínfimo del grupo Harry Walker y presidente de su Consejo de Administración) no podían ser reputados deudores responsables de los créditos contraídos por las sociedades del Grupo, siguiendo las indicaciones dadas desde la Presidencia del Banco y con el conocimiento y beneplácito de Alfredo Sáenz, para recuperar como fuera dichos créditos, interesó del abogado Rafael Jiménez de Parga la interposición de una querella criminal contra aquéllos como medida de presión para el cobro de las deudas", indicaban los hechos probados.
La querella fue, efectivamente, presentada por delitos de estafa y alzamiento de bienes. En ella se afirmaba falsamente que Olabarría y los hermanos Romero se habían comprometido a responder personalmente de las posibles insolvencias, circunstancia que había sido determinante para la concesión de los créditos.
También se aseguraba, sabiendo que no era cierto, que los querellados habían desviado a su patrimonio personal cantidades procedentes de los créditos y que habían vendido activos en su propio beneficio y en perjuicio de Banesto.
El entonces juez de instrucción de Barcelona Luis Pascual Estevill se encargó de admitirla a trámite rápidamente y acordó la detención e ingreso en prisión de Olabarría, Luis Fernando Romero y Modesto González. También acordó el embargo de bienes de los querellados por importe de 750.000 millones de pesetas.
El procedimiento contra los accionistas minoritarios de Harry Walker fue sobreseído libremente el 9 de enero de 1995.
Luis Pascual Estevill fue condenado por el Tribunal Supremo por prevaricación y por detención ilegal.
Y Sáenz, Calama y Jiménez de Parga fueron condenados por un delito de acusación falsa tras la querella interpuesta por Olabarría, los hermanos Romero y Modesto García.
Nueve meses después de la condena, el Gobierno de Zapatero indultó al expresidente de Banesto (entonces, consejero delegado del Santander), a Calama y a Jiménez de Parga.
En el caso de los dos primeros, los indultos conmutaron por una multa las penas de arresto mayor y suspensión para profesiones relacionadas con la actividad bancaria.
Además, los indultos dejaban sin efecto "cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria".
Este último inciso fue recurrido por los accionistas minoritarios de Harry Walker y anulado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en una sentencia dictada en febrero de 2013.
El alto tribunal estimó que pretender extender los efectos de la medida de gracia al ámbito administrativo "constituye una clara extralimitación del poder conferido por la Ley del Indulto al Gobierno".
Las normas administrativas impiden ejercer el oficio bancario a quienes tengan antecedentes penales por delito doloso al considerar que carecen de la honorabilidad exigible. Esto frustró las carreras bancarias de Sáenz y Calama.
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