El expresidente José Luis Rodríguez Zapatero llegando a la sede de la Audiencia Nacional para declarar. César Vallejo Rodríguez Europa Press
Tribunales Zapatero plantea la nulidad de algunas pruebas del 'caso Plus Ultra' si no se acredita que se obtuvieron por orden judicialLa defensa del expresidente del Gobierno reclama conocer la autorización judicial para analizar unos chats que motivaron su imputación.
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D. Barreira Publicada 23 junio 2026 13:12h Actualizada 23 junio 2026 14:09h Las clavesLas claves Generado con IA
El expresidente José Luis Rodríguez Zapatero ha planteado la posible nulidad de algunas pruebas del caso Plus Ultra si no se acredita qué resolución judicial autorizó a analizar una serie de conversaciones que motivaron su imputación por "actos penalmente reprochables".
La defensa de Zapatero ha remitido un escrito al juez José Luis Calama, según informa la agencia Efe, en el que advierte que si no existe tal autorización dichas conversaciones "tienen que ser excluidas del procedimiento" y ello comprendería "promover un incidente de nulidad".
Se trata de una serie de chats incautados en el dispositivo del abogado Miguel Palomero. En un chat denominado "Danilo-España" se hace referencia a "Zorro", "Z" o "ZZZZ", términos que los investigadores han identificado con la figura del expresidente del Gobierno.
También aparecen frases sobre "hacer regalos" y sobre "llegar a las ayudas" tocando "puertas" a nivel político, lo que la Unidad de Delitos Económicos y Fiscales (UDEF) de la Policía Nacional ha interpretado como indicios de tráfico de influencias.
Víctor Moreno Catena, abogado de Zapatero, asegura que es "crucial" ese disco duro con conversaciones de Miguel Palomero, también investigado en la causa, y "otras conversaciones privadas de terceros afectados por las entradas y registros" que se practicaron el 24 de octubre de 2024 en atención a unas solicitudes de cooperación jurídica internacional de Francia y Suiza.
La fiscal ve "llamativos" los "holgados ingresos" de las hijas de Zapatero comparados con la poca "consistencia" de su trabajoDichas conversaciones, explica el letrado, han sido analizadas en informes policiales de la UDEF, figuran en la denuncia que la Fiscalía Anticorrupción presentó en noviembre de 2025 y dio lugar a la apertura de una pieza separada en el juzgado de Madrid que comenzó investigando el caso Plus Ultra y que después lo derivó a la Audiencia Nacional.
De hecho, la defensa de Zapatero subraya que la resolución que remitía el caso a la Audiencia Nacional tenía "base" en el chat "Danilo-España" y en ella la jueza consideró "que podría existir una organización internacional para el blanqueo de posibles delitos cometidos en Venezuela y otros países".
Derechos vulnerados
El letrado apunta también que las conversaciones fueron analizadas en unas diligencias de investigación preprocesales que abrió Anticorrupción en diciembre de 2025, cuando el asunto estaba en el juzgado de Madrid.
El abogado subraya en definitiva que el material digital fue intervenido "con una finalidad determinada y al servicio de procedimientos seguidos en el extranjero" (Francia y Suiza), si bien ha sido "utilizado después en investigaciones internas sucesivas españolas y de objeto distinto".
Y eso requiere "una habilitación judicial" que ahora solicita en su escrito, en el que pide "que se depure si la fuente de prueba y sus derivaciones fueron regularmente obtenidas". "La eventual irregularidad en el origen se proyecta, por la vía de la prueba refleja, sobre todo el material derivado que se emplee frente a él (Zapatero)", indica.
Zapatero entre la urgencia de dar su versión sobre las joyas y el riesgo de que cante 'Julito': cinco escenarios para un dramaPor ello, reclama que la Fiscalía indique qué resolución judicial autorizó "a las fuerzas policiales el análisis de las comunicaciones privadas aludidas, así como el lugar de esta compleja instrucción, de ida y vuelta, donde esa autorización se encuentra" para que "se pueda asumir como una diligencia que fue regularmente obtenida".
Y advierte de que, si no se hubiese obtenido dicha autorización, "las garantías esenciales del procedimiento se verían radicalmente laminadas porque las actuaciones policiales se habrían producido sin la habilitación legal exigida por la Constitución, y habrían quedado irremediablemente vulnerados el derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, el derecho fundamental a la intimidad y el derecho a la protección de datos personales".
Zapatero está investigado como presunto "vértice" de una trama de tráfico de influencias en favor de la aerolínea Plus Ultra y a cambio de supuestas comisiones, en la que también están imputadas sus hijas.
La prueba de EEUU
La defensa del expresidente también ha advertido al juez José Luis Calama que la sola autorización de EEUU para el uso del volcado del móvil del principal accionista de Plus Ultra, Rodolfo Reyes, no es suficiente para ser validada como prueba en la causa y ha insistido además en que no debería utilizarse hasta que no haya respuesta a la comisión rogatoria.
Así lo refleja el abogado Víctor Moreno en un recurso de reforma contra la decisión del magistrado de rechazar la petición que le hizo de ampliar la solicitud de cooperación jurídica a EEUU para que incorporase detalles sobre su trazabilidad y cadena de custodia con el argumento de esperar a la respuesta de las autoridades estadounidenses.
"Si la respuesta norteamericana fuera favorable y autorizara el uso judicial del dispositivo por las autoridades españolas, su entrada en el proceso ha de ser inevitablemente controlada", plantea la defensa del Zapatero, que considera necesario "un control judicial efectivo sobre las concretas exigencias legales y constitucionales", extremos planteados en su petición de ampliación de la comisión rogatoria.
El Gobierno se agarra ahora a la tesis de la conspiración y achaca la investigación a Zapatero a una venganza de TrumpEllo porque a su juicio no cabe utilizar "un elemento probatorio extranjero (con reglas y garantías ajenas a las que exigen el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y la Constitución española) por mucho que se obtenga autorización de las autoridades del país donde se hubiera adquirido".
Para denegar esa petición Calama expuso en un auto que mientras no se reciba la contestación de EEUU "no es posible efectuar una valoración fundada sobre la necesidad o procedencia de los extremos cuya ampliación se solicita, pues dicha apreciación depende directamente del contenido de la respuesta".
Sin embargo, a juicio del letrado, "no es necesario postergar la resolución sobre la solicitud de esta parte a que se obtenga la autorización, remitiendo dos comisiones rogatorias sucesivas, mientras se mantiene en el proceso la evidencia extranjera".
"No solo por garantía de los derechos fundamentales de las partes, sino también por puras razones de economía procesal, bastaría con ampliar la comisión rogatoria para que el Estado requerido informara, en caso de autorizar el uso como prueba en el proceso penal de esas evidencias, sobre los extremos que se contenían en nuestra solicitud", apunta el recurso.
Por todo ello, la defensa de Zapatero entiende que "urge" esclarecer "todas las circunstancias que permitirían la utilización de los elementos obtenidos del dispositivo" por Homeland Security Investigation (HSI) "en el proceso penal español, más allá de la mera autorización norteamericana, de modo que no se pueda seguir la instrucción con fundamento total o parcial en el contenido del referido dispositivo".
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