Tras una sesión de más 13 horas, los senadores de Argentina han dado el visto bueno a la tramitación de la reforma laboral propuesta por el gobierno de Javier Milei. La llamada Ley de Modernización Laboral es la primera gran victoria legislativa de Milei en 2026 y reescribe pilares del actual sistema laboral vigente desde los años setenta.
En paralelo, las centrales sindicales preparan nuevas huelgas y acciones judiciales para intentar frenar una norma que, a su juicio, abarata el despido, alarga la jornada y vacía de contenido el derecho a la huelga, mientras el Ejecutivo insiste en que sin este tipo de reformas Argentina seguirá atrapada en un mercado laboral rígido, con mucha economía sumergida y poca inversión.
El Senado le da el visto bueno, la calle no. El proyecto de reforma laboral en Argentina ha superado su principal escollo obteniendo la mayoría necesaria en el Senado, tras más de 13 horas de sesión que se saldó con 42 votos a favor y 30 en contra, sin abstenciones. La medida se aprobó mientras en la calle los gases lacrimógenos y las cargas policiales aplacaban el descontento de trabajadores y organizaciones sindicales. El balance de estas protestas es de al menos 15 heridos y varias decenas de manifestantes detenidos.
Con el visto bueno del Senado, el Gobierno ya maniobra para que la normativa laboral supere sin mayores cambios su aprobación por los Diputados, lo cual se considera como un mero trámite con apoyos ya cerrados.
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Despidos más baratos. El corazón económico de la reforma está en el cálculo de las indemnizaciones por despido. La ley modifica qué parámetros se tienen en cuenta para calcular el finiquito tras el despido. Queda fuera del cálculo de la indemnización el aguinaldo (Sueldo Anual Complementario), las vacaciones y los bonus no mensuales, conceptos que hoy muchos jueces sí tienen en cuenta al calcular las indemnizaciones.
El resultado práctico es que, ante un despido improcedente, el trabajador cobrará una indemnización menor que con el esquema actual, aunque la norma incorpora un tope mínimo del 67% del salario habitual. Además, las grandes empresas pueden fraccionar hasta en seis cuotas mensuales el pago de las indemnizaciones a los empleados despedidos, y hasta en 12 cuotas para las pymes.
Un fondo común para indemnizaciones. Para amortiguar el impacto de las indemnizaciones en las empresas, la nueva normativa contempla la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una suerte de "hucha" común para las empresas que se va llenando con aportaciones mensuales obligatorias. Las grandes empresas aportarán el 1% mensual y las pymes el 2,5% sobre la misma base que hoy se usa para las contribuciones de la Seguridad Social.
Por tanto, la Seguridad Social ya no contará con estos recursos y pasarán a ser administrados bajo supervisión estatal. Cuando un trabajador sea despedido, buena parte de la indemnización que le corresponde no la asumirá la empresa, sino que saldrá en buena parte de ese fondo.
Jornada hasta 12 horas y banco de horas. La reforma no incrementa la jornada laboral, que siguen siendo de un máximo de 48 horas semanales, pero sí cambia cómo se distribuyen. La clave está en el "banco de horas". Empresa y trabajador podrán pactar que, en lugar de pagar todas las horas trabajadas más allá de las ocho horas diarias que fija la ley, se computen como horas extra y se compensen después con días libres o reducciones de jornada.
Esta medida abre la puerta a que algunos días la jornada pueda estirarse hasta 12 horas, siempre que luego se equilibre dentro del período acordado. Para el Ejecutivo, este nuevo modelo da flexibilidad a sectores con picos de actividad. Para los sindicatos, da pie a que se eternicen las jornadas sin el plus económico que hoy protege al trabajador.
Horas extra desreguladas. Otro de los cambios aprobados de la nueva normativa laboral argentina es que la compensación de las horas extra deja de ser estar regulado casi exclusivamente por los convenios colectivos, y pasa a negociarse de forma individual entre el empleado y la empresa.
A esto se suma otra novedad relevante en cuanto a salarios: el sueldo podrá abonarse tanto en pesos como en divisas, o incluso en especie, comida o alojamiento. El pago del salario deberá realizarse mediante transacción bancaria, reduciendo así la economía sumergida que fomenta los pagos en efectivo, e incrementando el control fiscal.
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Bajas médicas y vacaciones. Las bajas médicas por enfermedad o accidente ajeno al trabajo se limitan en algunos supuestos. Si la causa de la baja se considera un acto voluntario o una conducta de riesgo para la salud, el empleado cobrará el 50% del salario básico durante tres meses, siempre que no tenga personas a cargo, o seis meses si las tiene. En otros supuestos, el porcentaje podrá llegar hasta el 75% del salario. La empresa, además, gana peso en las juntas médicas y de control, lo que los sindicatos interpretan como una desprotección del trabajador enfermo.
Las vacaciones también cambian de lógica. La nueva ley permite que los días de vacaciones se fraccionen en bloques no inferiores a siete días seguidos, que podrán ser rotativos a lo largo del año. De ese modo, ya no se garantiza disponer de todas las vacaciones en verano, y solo se asegura que el trabajador dispondrá de, al menos, unos días de vacaciones en verano coincidiendo con las vacaciones escolares una vez cada tres años.
En la práctica, las empresas ganan margen para organizar el calendario de vacaciones según las necesidades productivas y distribuir al personal en distintas tandas durante el año sin que el empleado tenga capacidad de decisión sobre ello.
Límites al derecho de huelga. Uno de los puntos más sensibles para el movimiento obrero son las restricciones al derecho de huelga y a la organización sindical. La reforma amplía de forma notable la lista de "servicios esenciales" en los que, incluso durante una huelga legal, deberá mantenerse al menos el 75% de la actividad. Para el trabajador, esto significa que muchos paros se traducirán en servicios casi normales y que la capacidad de presión de las huelgas se reduce notablemente.
Las reuniones sindicales en horario laboral necesitarán autorización previa de las empresas y no podrán alterar el funcionamiento del servicio, mientras que los bloqueos de plantas, cortes de accesos o tomas de establecimientos por parte de los empleados se tipifican como infracciones graves, con riesgo de despido.
En Xataka | Estados Unidos ha acudido al rescate de Argentina tras el fracaso de Milei. El problema para Argentina es la letra pequeña
Imagen | Unsplash (Nicolás Flor, Spencer Davis)
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Argentina ha conseguido algo inédito desde 1974: reformar su mercado laboral
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por
Rubén Andrés
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Argentina ha conseguido algo inédito desde 1974: reformar su mercado laboral
El Gobierno de Milei ha sacado adelante en el Senado una reforma laboral que se aprobará en el Congreso en marzo. La actual normativa era de 1974
La reforma propone reducir las indemnizaciones, 12 horas de trabajo diario y límites al derecho a la huelga
Tras una sesión de más 13 horas, los senadores de Argentina han dado el visto bueno a la tramitación de la reforma laboral propuesta por el gobierno de Javier Milei. La llamada Ley de Modernización Laboral es la primera gran victoria legislativa de Milei en 2026 y reescribe pilares del actual sistema laboral vigente desde los años setenta.
En paralelo, las centrales sindicales preparan nuevas huelgas y acciones judiciales para intentar frenar una norma que, a su juicio, abarata el despido, alarga la jornada y vacía de contenido el derecho a la huelga, mientras el Ejecutivo insiste en que sin este tipo de reformas Argentina seguirá atrapada en un mercado laboral rígido, con mucha economía sumergida y poca inversión.
El Senado le da el visto bueno, la calle no. El proyecto de reforma laboral en Argentina ha superado su principal escollo obteniendo la mayoría necesaria en el Senado, tras más de 13 horas de sesión que se saldó con 42 votos a favor y 30 en contra, sin abstenciones. La medida se aprobó mientras en la calle los gases lacrimógenos y las cargas policiales aplacaban el descontento de trabajadores y organizaciones sindicales. El balance de estas protestas es de al menos 15 heridos y varias decenas de manifestantes detenidos.
Con el visto bueno del Senado, el Gobierno ya maniobra para que la normativa laboral supere sin mayores cambios su aprobación por los Diputados, lo cual se considera como un mero trámite con apoyos ya cerrados.
Despidos más baratos. El corazón económico de la reforma está en el cálculo de las indemnizaciones por despido. La ley modifica qué parámetros se tienen en cuenta para calcular el finiquito tras el despido. Queda fuera del cálculo de la indemnización el aguinaldo (Sueldo Anual Complementario), las vacaciones y los bonus no mensuales, conceptos que hoy muchos jueces sí tienen en cuenta al calcular las indemnizaciones.
El resultado práctico es que, ante un despido improcedente, el trabajador cobrará una indemnización menor que con el esquema actual, aunque la norma incorpora un tope mínimo del 67% del salario habitual. Además, las grandes empresas pueden fraccionar hasta en seis cuotas mensuales el pago de las indemnizaciones a los empleados despedidos, y hasta en 12 cuotas para las pymes.
Un fondo común para indemnizaciones. Para amortiguar el impacto de las indemnizaciones en las empresas, la nueva normativa contempla la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una suerte de "hucha" común para las empresas que se va llenando con aportaciones mensuales obligatorias. Las grandes empresas aportarán el 1% mensual y las pymes el 2,5% sobre la misma base que hoy se usa para las contribuciones de la Seguridad Social.
Por tanto, la Seguridad Social ya no contará con estos recursos y pasarán a ser administrados bajo supervisión estatal. Cuando un trabajador sea despedido, buena parte de la indemnización que le corresponde no la asumirá la empresa, sino que saldrá en buena parte de ese fondo.
Jornada hasta 12 horas y banco de horas. La reforma no incrementa la jornada laboral, que siguen siendo de un máximo de 48 horas semanales, pero sí cambia cómo se distribuyen. La clave está en el "banco de horas". Empresa y trabajador podrán pactar que, en lugar de pagar todas las horas trabajadas más allá de las ocho horas diarias que fija la ley, se computen como horas extra y se compensen después con días libres o reducciones de jornada.
Esta medida abre la puerta a que algunos días la jornada pueda estirarse hasta 12 horas, siempre que luego se equilibre dentro del período acordado. Para el Ejecutivo, este nuevo modelo da flexibilidad a sectores con picos de actividad. Para los sindicatos, da pie a que se eternicen las jornadas sin el plus económico que hoy protege al trabajador.
Horas extra desreguladas. Otro de los cambios aprobados de la nueva normativa laboral argentina es que la compensación de las horas extra deja de ser estar regulado casi exclusivamente por los convenios colectivos, y pasa a negociarse de forma individual entre el empleado y la empresa.
A esto se suma otra novedad relevante en cuanto a salarios: el sueldo podrá abonarse tanto en pesos como en divisas, o incluso en especie, comida o alojamiento. El pago del salario deberá realizarse mediante transacción bancaria, reduciendo así la economía sumergida que fomenta los pagos en efectivo, e incrementando el control fiscal.
Bajas médicas y vacaciones. Las bajas médicas por enfermedad o accidente ajeno al trabajo se limitan en algunos supuestos. Si la causa de la baja se considera un acto voluntario o una conducta de riesgo para la salud, el empleado cobrará el 50% del salario básico durante tres meses, siempre que no tenga personas a cargo, o seis meses si las tiene. En otros supuestos, el porcentaje podrá llegar hasta el 75% del salario. La empresa, además, gana peso en las juntas médicas y de control, lo que los sindicatos interpretan como una desprotección del trabajador enfermo.
Las vacaciones también cambian de lógica. La nueva ley permite que los días de vacaciones se fraccionen en bloques no inferiores a siete días seguidos, que podrán ser rotativos a lo largo del año. De ese modo, ya no se garantiza disponer de todas las vacaciones en verano, y solo se asegura que el trabajador dispondrá de, al menos, unos días de vacaciones en verano coincidiendo con las vacaciones escolares una vez cada tres años.
En la práctica, las empresas ganan margen para organizar el calendario de vacaciones según las necesidades productivas y distribuir al personal en distintas tandas durante el año sin que el empleado tenga capacidad de decisión sobre ello.
Límites al derecho de huelga. Uno de los puntos más sensibles para el movimiento obrero son las restricciones al derecho de huelga y a la organización sindical. La reforma amplía de forma notable la lista de "servicios esenciales" en los que, incluso durante una huelga legal, deberá mantenerse al menos el 75% de la actividad. Para el trabajador, esto significa que muchos paros se traducirán en servicios casi normales y que la capacidad de presión de las huelgas se reduce notablemente.
Las reuniones sindicales en horario laboral necesitarán autorización previa de las empresas y no podrán alterar el funcionamiento del servicio, mientras que los bloqueos de plantas, cortes de accesos o tomas de establecimientos por parte de los empleados se tipifican como infracciones graves, con riesgo de despido.