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Bruselas lleva a los tribunales la negativa de Hacienda a eximir de IVA a los autónomos

Bruselas lleva a los tribunales la negativa de Hacienda a eximir de IVA a los autónomos
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La Comisión Europea lleva a la Justicia comunitaria la negativa del Gobierno a trasponer la Directiva sobre el IVA franquiciado para los trabajadores por cuenta propia tras la denuncia de ATA. El Ejecutivo pide sanciones para España. Leer
ECONOMÍABruselas lleva a los tribunales la negativa de Hacienda a eximir de IVA a los autónomos 11 MAR. 2026 - 13:17La presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen.RONALD WITTEKEFE

La Comisión Europea lleva a la Justicia comunitaria la negativa del Gobierno a trasponer la Directiva sobre el IVA franquiciado para los trabajadores por cuenta propia tras la denuncia de ATA. El Ejecutivo pide sanciones para España.

La Comisión Europea ha decidido hoy dejar en manos de la Justicia comunitaria la decisión de España de no trasponer por completo la Directiva que permitiría a los autónomos con bajos ingresos -presumiblemente, menos de 85.000 euros al año- dejar de retener y devengar IVA al Fisco.

En un comunicado difundido este miércoles, el Ejecutivo de Ursula von der Leyen afirma que "España ha indicado que no tiene intención de aplicar la exención del IVA a las pymes establecida en la Directiva, dado que su aplicación es opcional para los Estados miembros. Si bien esto es posible, se espera que España transponga las disposiciones que permiten a las pymes establecidas en España aplicar el régimen de exención en otros Estados miembros. Para que una pyme establecida en España obtenga la exención en cualquier otro lugar de la UE, primero debe registrarse ante las autoridades españolas".

La decisión se produce después de la denuncia que presentó a mediados de diciembre la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), y en medio de la polémica negativa del Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero de aplicar este beneficio fiscal para los autónomos, que supondría un ahorro estimado de 500 millones de euros para los trabajadores por cuenta propia con menores ingresos.

"La falta de transposición por parte de España de las disposiciones sobre el lugar de prestación conlleva el riesgo de doble imposición o de no imposición, ya que los otros 26 Estados miembros han transpuesto la Directiva y aplicarán normas diferentes", argumentan desde la Comisión, añadiendo que "la falta de transposición de las medidas relativas al régimen especial del IVA para bienes de segunda mano, obras de arte, objetos de colección y antigüedades también puede causar distorsiones de la competencia".

Según relatan desde Bruselas, la Comisión envió dos cartas de requerimiento al Gobierno tanto el 31 de enero de 2025 como el 17 de julio del año pasado. Sin embargo, recuerdan, "España aún no ha notificado la transposición de ambas Directivas a su legislación nacional. Es el único Estado miembro que no lo ha hecho".

Por ello, el Ejecutivo comunitario ha decidido llevar a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en calidad de demandante y solicitando "la imposición de sanciones financieras al país".

Único país sin aprobar un régimen de IVA franquiciado

España es el único país de la UE que no ha puesto en marcha un sistema de IVA franquiciado para autónomos tras la entrada en vigor de la Directiva que regula este asunto, a pesar de los requerimientos de la Comisión y de las quejas del colectivo de trabajadores por cuenta propia.

La entrada en vigor del IVA franquiciado supondría que todos los autónomos persona física que decidieran voluntariamente incorporarse al régimen no tendrían que retener ni devengar a Hacienda trimestralmente el IVA de sus ventas, siempre y cuando su facturación anual no supere un límite que las asociaciones proponen fijar en 85.000 euros. Sin embargo, tampoco podrían deducir el IVA de sus gastos, por lo que, "dependiendo de la actividad a la que se dediquen, podría no suponer una ventaja", señalan los asesores fiscales a EXPANSIÓN.

Sin embargo, este límite podría variar y ser incluso más reducido, como ocurre en otros Estados miembros. Por ejemplo, Alemania y Bélgica permiten a sus autónomos no retener IVA si facturan menos de 25.000 euros anuales; Países Bajos, si no alcanzan los 20.000 euros de ingresos al año; o Portugal, si no llegan a los 15.000 euros de facturación bruta.

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Fuente original: Leer en Expansión
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