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El Gobierno aprueba un anteproyecto de ley para regular el crédito al consumo que introduce una reserva de actividad para entidades autorizadas por el Banco de España.
Uno de los aspectos más novedosos del anteproyecto de ley de regulación del crédito al consumo aprobado ayer por el Gobierno es que, en aras de proteger a la clientela, restringe con fuerza los agentes económicos que pueden dedicarse a esta actividad. La medida pondrá fin a la posibilidad de que concesionarios, grandes almacenes de muebles o de electrodomésticos puedan cobrar por conceder crédito para la adquisición de sus productos o servicios.
"Para garantizar la protección del consumidor vamos a uno de a cubrir uno de los huecos que tiene la normativa actual: creamos una reserva de actividad para que solo puedan conceder créditos al consumo entidades autorizadas por el Banco de España", explicó el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que aprobó el anteproyecto de ley.
Concesionarios de automóviles y grandes superficies perderán, por tanto la posibilidad de cobrar por ofrecer créditos al consumo para la adquisición de sus productos, salvo en el caso de que se trate de planes de financiación al 0% de interés. Los contratos de crédito concedidos por operadores que no cuenten con la debida autorización serán nulos. Sí que podrán colaborar, eso sí con financieras especializadas que oferten créditos al consumo para costear adquisiciones de su catálogo.
A su vez, a fin de aumentar la competencia y profesionalización de los actores del segmento, dando entrada a operadores hasta ahora no regulados, se crean dos nuevas figuras autorizadas para operar junto con las entidades financieras: los Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (Efcal) y los prestamistas de alto coste autorizados, todos ellos quedarán supervisados por el Banco de España. Además, para reforzar la evaluación de solvencia y prevenir el sobreendeudamiento, se impone la consulta obligatoria del prestamista al historial crediticio del cliente.
Coste máximo acotado al 22% de interés
El Gobierno se ha propuesto intervenir el mercado del crédito al consumo, topando su precio, para atajar el sobreendeudamiento de las familias y las prácticas de usura. Este es el pilar maestro del Anteproyecto de Ley sobre la materia aprobado en el primer Consejo de Ministros del año, celebrado ayer, que establece límites a los tipos de interés asociados a microcréditos, tarjetas revolving o préstamos rápidos de plataformas digitales.
La medida, que fue presentada por el ministro de Economía, Carlos Cuerpo, busca reforzar la protección de familias y consumidores, en particular de los más vulnerables, y ofrecer seguridad jurídica a los operadores tradicionales tras la incursión de nuevos actores y modelos de negocio digitales.
"Partimos de una situación saneada en términos financieros de nuestros hogares sin problemas de sobreendeudamiento generalizados", expuso Cuerpo, para advertir, sin embargo, sobre una "aceleración del crédito al consumo" que se materializó en un incremento interanual del 10% en noviembre de 2025, hasta los 114.000 millones de euros, el 15% del total de los préstamos, lo que sitúa su cota en "máximos históricos". En este marco, el Gobierno ha impulsado "una reforma integral" que busca "proteger al consumidor evitando situaciones de sobreendeudamiento y aumentando la transparencia y la rendición de cuentas".
El paquete se articula como un anteproyecto de ley, acompañado de un Real Decreto de desarrollo, que transpone las últimas directivas europeas sobre créditos al consumo y servicios financieros a distancia. Ambos textos se someterán a audiencia pública hasta el 30 de enero para que los agentes interesados realicen alegaciones.
La principal novedad del programa es la introducción de medidas de limitación de costes para prevenir el sobrendeudamiento, similares a las que ya aplican otros países europeos. De esta forma, la norma fijará un determinado nivel de interés TAE (Tasa Anual Equivalente) a partir del tipo de interés medio del crédito al consumo, que actualmente ronda el 7%, al que se le añaden ciertos márgenes en función de la cuantía.
Considerando el tipo TAE medio de crédito de octubre de 2025, los umbrales propuestos por Economía son un margen adicional máximo de 15 puntos para créditos al consumo por importes de hasta 1.500 euros (por tanto al 22%); de 10 entre los 1.500 y los 6.000 euros (17%); de 8 para los superiores dicha cantidad con vencimientos de hasta 8 años (15%) y del 6% en los superiores (13% de interés final). El Banco de España, bajo cuya lupa quedarán todos las entidades autorizadas para conceder este tipo de créditos, actualizará estos límites cada trimestre.
Desde Economía explican que hasta la entrada en vigor del Real Decreto que fije estos tramos, el Anteproyecto de Ley establece un límite máximo transitorio del 22%, aplicable a las nuevas operaciones formalizadas tras su entrada en vigor pero también a la liquidación de las operaciones vivas de tarjetas revolving a partir de ese momento.
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