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Condenan a Villarejo por distribuir datos privados contra Podemos entre sus periodistas de confianza

Condenan a Villarejo por distribuir datos privados contra Podemos entre sus periodistas de confianza
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El tribunal le impone tres años y medio de prisión por el 'caso Dina', 6.000 euros de multa y considera probada la campaña de «descrédito» a Pablo Iglesias y el partido
Condenan a Villarejo por distribuir datos privados contra Podemos entre sus periodistas de confianza

El tribunal le impone tres años y medio de prisión por el 'caso Dina', 6.000 euros de multa y considera probada la campaña de «descrédito» a Pablo Iglesias y el partido

Regala esta noticia El comisario jubilado José Manuel Villarejo. (EP)

Mateo Balín

05/05/2026 Actualizado a las 17:31h.

En pleno juicio a la 'operación Kitchen', donde se sienta en el banquillo entre otros comisarios José Manuel Villarejo, la Audiencia Nacional comunicó este martes ... al exmando policial ya jubilado una nueva condena a tres años y medio de prisión como autor de un delito de revelación de secretos de particulares con difusión a terceros, cometido por funcionario público. El tribunal considera probado que accedió sin autorización y distribuyó a dos medios de comunicación el contenido de la tarjeta de un móvil sustraído en noviembre de 2015 a Dina Bouselham, por entonces asesora del secretario general de Podemos, Pablo Iglesias.

En esta causa, la número diez del 'caso Villarejo', fueron inicialmente juzgados, junto a Villarejo, el entonces director de la revista Interviú y el subdirector, si bien al retirar la acusación particular y la Fiscalía los cargos contra ambos periodistas quedaron exonerados.

Según los hechos probados de la sentencia, el 1 de noviembre de 2015 personas desconocidas se hicieron subrepticiamente con efectos personales de Dina Bousselham y de su entonces pareja cuando se encontraban en un establecimiento comercial, entre ellos un terminal de telefonía móvil cuya usuaria habitual era aquella. Con posterioridad, el 19 de enero del año siguiente, se hizo llegar a la sede del Grupo Zeta un sobre que contenía la tarjeta de almacenamiento externa que había estado conectada al teléfono de Bousselham. Los archivos que contenía la citada tarjeta telefónica fueron examinados por los periodistas, el director editorial de la revista y por el presidente del grupo editorial, Antonio Asensio.

Ese mismo día, continúa la resolución, Asensio, después de decidir que no se iba a publicar en ninguno de sus medios de comunicación información alguna procedente de los archivos que contenía la tarjeta, y creyendo que por su contenido podría pertenecer a Pablo Iglesias, en aquellas fechas secretario general de Podemos, le citó en la sede del grupo. Al día siguiente, una vez que Iglesias examinó el contenido de varios de sus archivos, recuperó la tarjeta, que retuvo en su poder durante seis meses sin informar de ello a Bousselham, entregándosela trascurrido ese periodo temporal y sin que quede acreditado que la devolviera dañada y que ello impidiera visualizar su contenido.

Según la sentencia, con anterioridad a la devolución de la tarjeta a Iglesias, el director de Interviú, quien había hecho una copia íntegra del contenido, contactó junto al subdirector con el acusado José Manuel Villarejo, a quien le hicieron entrega de la citada tarjeta telefónica. El dispositivo contenía archivos con documentos internos de Podemos, diversos datos bancarios, archivos de vídeo y audio, otros documentos con archivos de carácter íntimo y personal, entre ellos fotografías de Bousselham, y diversos grupos de chats de Telegram en el que estaban dados de alta otros miembros de la cúpula del citado partido

«Daño moral»

En esas fechas, subraya el fallo, Villarejo «no tenía encomendada ninguna función en su ámbito policial relacionada con la formación política ni relativa a alguno de sus integrantes, no emitiendo por dicha circunstancia nota informativa alguna a la Dirección Adjunta Operativa (DAO) de su actuación y de la información recibida».

Con la tarjeta en su poder, señala la Sala, éste descargó sus archivos en un lápiz de memoria, creando los días 14 de abril de 205 y 11 de julio de 2016 e hizo entrega de tales archivos descargados a periodistas de su círculo de confianza (redactores de El Mundo o El Confidencial) entre los que uno y otros eran recíprocamente fuentes informativas, para que elaboraran y publicaran diversas informaciones en descrédito de Podemos y de Pablo Iglesias.

El tribunal considera que en la fecha de los hechos Villarejo se encontraba en servicio activo en el Cuerpo Nacional de Policía, siendo comisario destinado en la Dirección Adjunta Operativa (DAO) entre el 13 de enero de 2011 y el 22 de junio de 2016 en que se jubiló. Asegura se valió «de las funciones que desarrollaba relacionadas con inteligencia policial, manejo de fuentes y captación de información, para acceder, sin mediar investigación policial o judicial alguna, a informaciones facilitadas por periodistas sin contar con la anuencia de quien procedía la misma, suministrándola a otros igualmente profesionales del periodismo que las publicaban».

La Sala considera que tanto Bouselhan como Iglesias deben ser indemnizados al ser «es obvio que actos como el enjuiciado producen por su mera existencia un daño moral ínsito en la humillación, desprotección y vulneración de los más íntimos datos personales, por lo que la existencia de aquel queda acreditado como propia consecuencia del delito cometido».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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