Sunday, 14 de December de 2025
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Condenan en Málaga a una propietaria a derribar una pared que levantó en su garaje sin permiso «porque otros vecinos lo hicieron antes»

Condenan en Málaga a una propietaria a derribar una pared que levantó en su garaje sin permiso «porque otros vecinos lo hicieron antes»
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La afectada consideró un «abuso de derecho» pues argumentó que hasta la propia presidenta de la comunidad había acometido actuaciones similares

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Condenan en Málaga a una propietaria a derribar una pared que levantó en su garaje sin permiso «porque otros vecinos lo hicieron antes»

La afectada consideró un «abuso de derecho» pues argumentó que hasta la propia presidenta de la comunidad había acometido actuaciones similares

Susana Zamora

Domingo, 14 de diciembre 2025, 00:26

... su plaza de garaje y la colindante, un muro construido sobre la línea divisoria que separaba ambos espacios y que en principio no afectaba a elementos comunes ni suponía el cierre completo de la plaza de garaje. Lo hizo sin permiso y así lo admitió, pero en su descargo alegó que se habían hecho obras similares por otros propietarios.

Estos fueron los argumentos esgrimidos por la propietaria cuando el caso llegó a la justicia. Primero en el Juzgado de Primera Instancia nº4 de Torremolinos que, sin embargo, dio la razón a la comunidad de propietarios, pues la obra se realizó sin permiso y porque la afectada admitió en la junta la irregularidad de la actuación. «Se aprueba que quite la pared que ha puesto entre las columnas en el plazo de una semana, pasado este plazo si continúa sin retirar la misma se procederá a iniciar las acciones legales oportunas, para lo que se autoriza a la presidenta a otorgar poderes a abogados y procuradores para tal fin«, recoge el acta de la junta de propietarios que desembocó finalmente en la demanda.

En la misma, aclaran que la propietaria había comenzado con anterioridad a la junta una obra, en la que echó abajo el tabique que separa su trastero del garaje e inició el tabicaje para el cierre perimetral de dicho garaje.

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En línea con el juzgado de primera instancia, la Audiencia Provincial de Málaga confirmó el fallo inicial dado que la obra acometida contravino lo establecido en la ley y en los Estatutos, ya que para su realización era necesaria la autorización de la junta de propietarios, «sin que sea apreciable la existencia de abuso de derecho, puesto que el resto de garajes están todos expeditos y con su configuración original». En este sentido y en relación al agravio al que se refería la afectada, la Sala no incide en abuso de derecho ( artículo 7 del Código Civil), «pues aun habiendo sido llevadas a cabo otras obras en la comunidad, no se ha probado la existencia de ninguna otra de similar entidad en la comunidad a la acometida por la recurrente», recoge la resolución consultada por este periódico.

Los magistrados exponen que correspondía a la propietaria la «carga de la prueba», acreditar que las obras realizadas por otros propietarios de la comunidad de propietarios eran de la misma naturaleza que las obras efectuadas por ella, «y nada se ha probado en tal sentido», zanja el tribunal.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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