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Política

Cuatro años de cárcel para un jubilado por tocar "con fuerza" las nalgas a una niña de tres años en Pamplona: "Mamá, ese hombre me ha tocado el culito"

Cuatro años de cárcel para un jubilado por tocar "con fuerza" las nalgas a una niña de tres años en Pamplona: "Mamá, ese hombre me ha tocado el culito"
Artículo Completo 698 palabras
El tribunal destaca la absoluta veracidad del relato de la pequeña de tres años, que sufre secuelas psicológicas tras los hechos Leer

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a cuatro años y un día de prisión a un hombre que tocó los glúteos "con fuerza" a una niña de tres años y medio en un supermercado de Pamplona.

Los hechos declarados probados en la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), son constitutivos de un delito de agresión sexual a menor de 16 años, en el subtipo agravado por la circunstancia de que la víctima era menor de cuatro años.

El encausado, de nacionalidad española y que en el momento de los hechos tenía 72 años, no podrá comunicarse ni acercarse a la víctima a menos de 300 metros durante seis años. Además, deberá cumplir una medida de libertad vigilada de cinco años, que se ejecutará con posterioridad a la pena privativa de libertad. En concepto de responsabilidad civil, el tribunal le impone la obligación de indemnizarla con 600 euros por el daño moral ocasionado, según ha informado el TSJN.

Una agresión en el pasillo de la compra

Sobre las 20.15 horas del 25 de enero de 2025, el inculpado se hallaba haciendo la compra en un supermercado de la capital navarra. En uno de los pasillos, según recoge la resolución judicial, se encontraba la menor, algo apartada de su madre, jugando con un guante de plástico.

El procesado, según se considera probado, "con conocimiento del carácter sexual de ese acto, se agachó ligeramente detrás de la niña y tocó con su mano derecha los glúteos con fuerza por encima del pantaloncito que llevaba". Acto seguido, el acusado se marchó de ese lugar con su carro de la compra.

Inmediatamente después, añade la sentencia, la niña se dirigió a su madre, que se encontraba de espaldas mirando las indicaciones de las cajas de galletas: "Mamá, mamá, ese hombre me ha tocado mi culito", le espetó.

"Pero, qué hombre, qué hombre", le insistió la madre, quien siguió al inculpado hasta que lo encontró en la zona de la frutería. Allí, la madre le recriminó cómo podía hacerle eso a una niña, a lo que el hombre respondió de forma esquiva: "Vale, vale", e hizo ademán de abandonar el lugar. Tras esto, la mujer llamó a su marido, quien le indicó que avisara de inmediato a la policía.

Secuelas psicológicas en la menor

Como consecuencia de estos hechos, según reza la resolución, la víctima muestra "determinadas actitudes de rechazo a trabajar con niños en el entorno escolar, no deja que su abuelo la acaricie y, en ocasiones, recuerda lo que le ocurrió en el supermercado con un señor". Además, sufre alteraciones anímicas que han requerido de apoyo psicológico especializado.

En el juicio, celebrado el pasado 15 de abril, la Fiscalía solicitó cinco años de prisión para el procesado, mientras que la defensa reclamó la libre absolución.

Sin "exageración ni fabulación" en el relato

En la sentencia, dictada el 18 de junio, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial sostiene que no resulta consistente la versión exculpatoria ofrecida por el encausado, quien alegó que simplemente quería apartar a la niña al considerar que no era prudente retirarla rozándole en la zona del cuello.

"En efecto, no está acreditado que el paso fuera tan angosto que requiriera esa modalidad de apartamiento o cualquier otra; la madre estaba junto a la niña y pudiera haberle advertido de la estimada dificultad y, en cualquier caso, ello no justifica que precisamente tuviera que apartar a la pequeña tocándole con fuerza en las nalgas, agachándose ligeramente detrás de ella", apostilla el tribunal.

Respecto a la declaración de la víctima, los magistrados destacan que, "de un modo cristalino", la pequeña narró la realidad de la situación que se había producido. El tribunal concluye con rotundidad señalando que "ninguna exageración ni fabulación existe en su relato, lleno de expresividad".

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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