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Política

El CGPJ rechaza el recurso de Bolaños y ratifica el archivo de su denuncia contra Peinado por el trato que le dio en el interrogatorio del 'caso Begoña'

El CGPJ rechaza el recurso de Bolaños y ratifica el archivo de su denuncia contra Peinado por el trato que le dio en el interrogatorio del 'caso Begoña'
Artículo Completo 778 palabras
La Comisión Permanente avala la desestimación de otras tres quejas contra el magistrado por su actuación en la instrucción del caso contra la esposa del presidente del Gobierno Leer

El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha rechazado el recurso del Félix Bolaños contra la decisión de archivar la queja del ministro contra el juez Juan Carlos Peinado por el interrogatorio al que le sometió en el caso Begoña. La decisión se ha adoptado con el respaldo de cinco vocales de la Comisión Permanente; otros dos han anunciado un voto particular.

La Comisión desestima el recurso de alzada contra el archivo de la queja por parte del Promotor de la Acción Disciplinaria al estimar que las protestas del ministro se referían a cuestiones accesorias de la declaración judicial. Se basaban, dice, en interpretaciones de las normas procesales que pueden ser discutibles, pero no alcanzan relevancia disciplinaria y no supusieron la vulneración de ninguno de sus derechos como testigo. Aunque el interrogatorio se desarrolló en un clima de tensión, no hubo desconsideraciones explícitas a Bolaños por parte de Peinado.

Bolaños sostenía en el recurso ahora rechazado que tanto el trato que recibió en su declaración como testigo como la decisión del juez de proponer al Supremo que le investigara supusieron infracciones disciplinarias.

En el interrogatorio en el Palacio de la Moncloa, el juez acusó al ministro de estar contestando con "evasivas" sobre la contratación de una asesora para Begoña Gómez. "Creo que no estoy contestando con evasivas en ningún caso", replicó Bolaños, al que el juez reprochó también algún gesto. "No sé a qué obedece que esboce usted una sonrisa", le dijo, a lo que el testigo respondió: "Señoría, me está resultando muy sorprendente su interrogatorio, por eso he esbozado una sonrisa".

La Permanente indica en su decisión de este martes que tanto la forma en que se llevó a cabo la declaración -el Promotor admitió la "tirantez dialéctica"- como la elevación de la exposición razonada fueron decisiones adoptadas por Peinado en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales y por tanto, no pueden ser revisadas por el Consejo.

Bolaños sostenía también que existió una falta de motivación en la decisión de archivo por parte del Promotor. Frente a ello, la Comisión Permanente señala que este justificó de manera "amplia" la falta de trascendencia de los hechos denunciados,

El ministro protestaba igualmente por la falta de agilidad de la tramitación de sus quejas. La Permanente responde recordándole que él mismo fue ampliando sucesivamente sus escritos de queja -presentó un total de cuatro-, lo que obligaba en cada ocasión a pedir nuevo informe al magistrado. Añade que se revocó la primera propuesta de archivo de las quejas y se ordenó al Promotor profundizar más en ellas.

En relación con la protesta por la "limitada actividad instructora" del Promotor en este asunto, la Permanente indica que agotó las diligencias de investigación útiles para el esclarecimiento de los hechos y que Bolaños no indica qué otras actuaciones podrían aportar elementos relevantes.

Por último, la Comisión rechaza que haya sufrido indefensión por la negativa de Peinado a decirle en qué fecha se le notificó que el Promotor había abierto una diligencia informativa sobre su actuación. Bolaños sostiene que el juez le llevó ante el Supremo solo tras saberse denunciado. El Consejo responde a Bolaños que tuvo la posibilidad de recurrir la decisión del magistrado y de plantear su recusación.

Mismo camino al resto

La Comisión Permanente ha tomado conocimiento de otros tres acuerdos del Promotor de la Acción Disciplinaria por los que se archivan otras tantas diligencias informativas incoadas a raíz de quejas planteadas contra el mismo magistrado.

Una de ellas, presentada por supuestas filtraciones del magistrado en el caso Begoña., presentadas por una de las defensas, supuestamente por informar de resoluciones judiciales a los medios antes de ser notificadas a las partes.

El Promotor concluye que no existen indicios que permitan sostener que el magistrado comunicara indebidamente a terceros, ni facilitara a los medios de comunicación, información sometida a reserva o confidencialidad -en concreto, el auto de apertura de juicio oral- antes de ponerla en conocimiento oficialmente a las partes personadas. Por el contrario, del análisis de los hechos se desprende que actuó conforme al protocolo de comunicación de Justicia.

Sobre otra de las quejas, por supuesta desconsideración a una letrada, el Promotor estima que no se trató de una actuación "objetivamente vejatoria, ofensiva o desconsiderada", al margen de que la abogada se sintiera incómoda.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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