- DANIEL ÁLVAREZ
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Los trabajadores tienen el derecho a acumular estas horas de permiso cada año durante un periodo máximo determinado.
El Estatuto de los Trabajadores (ET) ha establecido que los trabajadores tienen derecho a horas retribuidas de formación profesional cada año, bajo ciertas condiciones.
¿Cuáles son los criterios para las horas retribuidas?
El artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores recoge información en relación con la promoción y formación profesional en el trabajo. El artículo 23.3 indica que los trabajadores que lleven en la empresa, como mínimo, un año, tienen el derecho de pedir un permiso retribuido de 20 horas al año de formación profesional. Asimismo, la formación debe estar relacionada con la actividad de la empresa.
De todos modos, los empleados solo pueden acumular estas horas retribuidas durante un periodo máximo de hasta 5 años, y perderán el derecho a ellas al superar este plazo. Asimismo, el artículo establece que los cursos deben desarrollarse dentro de un plan de formación diseñado por la empresa, o dentro de un acuerdo de negociación colectiva.
Finalmente, este tercer apartado del artículo recoge que este derecho no incluye la formación que la empresa debe pagar obligatoriamente. Si no existe un convenio colectivo aplicable a la empresa, el trabajador solo podrá ejercer este derecho si media un acuerdo entre el empleado y el empresario.
¿Qué otros derechos tiene el trabajador?
El artículo 23 tiene otros dos apartados que recogen más información sobre los derechos que tiene el trabajador cuando está matriculado en cursos de formación profesional, bajo ciertas condiciones establecidas. El artículo 23.1 indica que los trabajadores tienen el derecho a concurrir a los exámenes, además de poder elegir entre seleccionar turnos de trabajo y trabajar a distancia, siempre que la empresa ya tenga establecidos estos sistemas laborales y que el puesto sea compatible.
Además, el mismo apartado del artículo incluye que el trabajador tiene el derecho a que su jornada laboral sea compatible con su horario de formación profesional y que, cuando el trabajador tiene permiso para asistir a su formación, la empresa reserve su puesto de trabajo. El trabajador también tiene el derecho a recibir formación directamente de la empresa si su trabajo cambia o se adaptan las tareas, y este periodo siempre se considerará como tiempo de trabajo. El coste de la formación será a cargo de la empresa, aunque tiene la opción de financiar estos costes utilizando los créditos de formación.
Finalmente, el artículo 23.2 determina que la negociación colectiva sobre los derechos establecidos debe garantizar que se sigan los criterios y sistemas adecuados en relación con la ausencia de discriminación directa o indirecta entre hombres y mujeres.
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