La nueva norma regula el trabajo de los menores y marca como obligatoria la figura de una persona coordinadora de intimidad, pero deja fuera la IA
Regala esta noticia Añádenos en Google La ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. (Ep)Madrid
21/07/2026 a las 17:05h.Nuevo paso adelante para el Estatuto del Artista. El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto por el que se regula la ... relación laboral especial de las personas artistas que desarrollan su actividad en las artes escénicas, audiovisuales y musicales, así como de los trabajadores que realizan actividades técnicas o auxiliares necesarias para el desarrollo de dicha actividad.
Entre las grandes novedades de esta «reforma laboral de la gente de la cultura», tal y como la ha denominado la responsable de la cartera, Yolanda Díaz, están la protección frente a la violencia y el acoso con la adaptación de planes, protocolos y conjuntos planificados de medidas a la intermitencia y brevedad de los contratos, característicos en este sector, «incorporando los principios de celeridad y efectividad en los procedimientos de protección de las víctimas». La nueva norma obliga a las empresas, además, a contar con una persona coordinadora de intimidad en los casos de realización de escenas o actuaciones íntimas o de carácter sexual, «con el objeto de garantizar el consentimiento y prevenir situaciones de acoso».
Otro de los logros del real decreto es que en materia de tiempo de trabajo se definen con mayor claridad los tiempos que se consideran de trabajo efectivo como todos aquellos sujetos al poder de dirección de la empresa como, por ejemplo, los ensayos, los trabajos de preproducción o postproducción, o las actividades de promoción.
Trabajo infantil
Por primera vez en la historia, el estatuto «regula en detalle» el trabajo de los menores de 16 años y su autorización y «se establecen reglas claras y únicas para todo el territorio nacional». La idea, señalan desde el ministerio, es «evitar posibles abusos además de prevenir una eventual competencia desleal». «El único régimen de trabajo permitido a las personas menores de 16 años es el laboral. De esta manera se termina con la práctica de la actividad o el trabajo de personas menores de edad que se desarrollen en el ámbito privado o familiar».
El Estatuto del Artista deja fuera, sin embargo, las reclamaciones en torno a la inteligencia artificial. La idea era establecer que la IA generativa no podría sustituir ni eliminar la participación de los artistas, pero el Consejo de Estado emitió un «informe desfavorable» sobre este punto y la intención es recuperarlo más adelante.
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