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El Gobierno se arma de argumentos legales contra la idea de Iberdrola y Endesa de cargar subsidiariamente al CCS los daños y perjuicios del apagón.
El Gobierno, a través del Ministerio de Economía, rechaza rotundamente -al menos por ahora-, la idea que están planteando las grandes eléctricas, entre ellas Iberdrola y Endesa, de que sea el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) el que asuma el pago de las multimillonarias indemnizaciones que se puedan reclamar para compensar daños y perjuicios por el apagón. Así lo explican fuentes gubernamentales consultadas por EXPANSIÓN.
El CCS es un fondo solidario adscrito al Ministerio de Economía que cubre los daños en grandes catástrofes de forma subsidiaria a las coberturas de las aseguradoras. Pero para ello, el Gobierno tiene que declarar previamente esa catástrofe como un evento de fuerza mayor, como ocurrió con las inundaciones de la dana de 2024.
El CCS se financia con inversiones propias y cuotas en las primas de seguros. Tras la dana, el CCS tenía unas reservas de unos 10.000 millones.
Tal como adelantó este diario el pasado lunes, algunas grandes eléctricas y aseguradoras están alentando la idea de que la mejor fórmula para cubrir los costes del apagón del pasado año, y todas las indemnizaciones por daños y perjuicios, es acudir al CCS.
Eso evitaría una histórica guerra judicial entre empresas para determinar quién o quiénes fueron los culpables del apagón y, en última instancia, quién o quiénes tienen que asumir el coste de las indemnizaciones.
Los litigios podrían durar años y enmarañarse hasta el infinito. Podrían convertirse además en un galimatías jurídico diseminado en decenas de juzgados por toda España, cada uno con su criterio.
Ya hay un laberinto
En la actualidad, ya se está produciendo de alguna forma ese laberinto. Después de más de un año desde que ocurriera el corte masivo de luz en España -el 28 de abril de 2025-, legalmente todavía no hay un culpable.
Tan solo existen informes técnicos, más o menos profundos, o de parte, que apuntan a razones multifactoriales del apagón, pero sin señalar responsables de forma concluyente. A falta de un informe totalmente clarificador, deberán ser los jueces los que decidan. Y es precisamente lo que piensa de momento el Gobierno, que echa balones fuera y remite hacia los tribunales.
No es fuerza mayor
A fecha de hoy, el Ministerio de Economía no ve razones para declarar el apagón como un evento de fuerza mayor. Y no solo eso. Se ha armado con un argumentario legal para demostrar que el corte eléctrico estaría excluido de la cobertura del CCS.
Normativa muy clara
Este argumentario, al que ha tenido acceso EXPANSIÓN, explica detalladamente que "la función principal del CCS consiste en indemnizar los daños ocasionados por determinados acontecimientos extraordinarios expresamente previstos en la legislación". Entre ellos, "se encuentran fenómenos naturales como inundaciones, terremotos, embates de mar o vientos extraordinarios, así como determinados hechos de origen humano, entre los que figuran los actos de terrorismo, motines o tumultos populares".
El sistema español de riesgos extraordinarios "se basa en la naturaleza del fenómeno que provoca el daño" y "está estrictamente delimitado por la normativa vigente", añade el informe del Ministerio. La declaración de un hecho como situación de fuerza mayor "no implica automáticamente que quede cubierto por el CCS si dicho riesgo no figura expresamente entre los contemplados por la ley".
Para acceder a la protección del CCS es necesario, además, que exista previamente una póliza de seguro suscrita con una entidad aseguradora privada.
El artículo 6
Ésta debe incorporar el recargo destinado a financiar la cobertura de riesgos extraordinarios. Y este recargo "debe haber sido abonado por el asegurado e ingresado por la aseguradora al propio CCS".
El argumentario subraya que "los daños ocasionados por cortes o alteraciones en el suministro eléctrico están expresamente excluidos del ámbito de cobertura del CCS". Así "lo establece el artículo 6 del Reglamento del Seguro de Riesgos Extraordinarios, que excluye las pérdidas derivadas de interrupciones en el suministro de energía eléctrica, gas u otros fluidos, incluso cuando el origen de dichas alteraciones sea un acontecimiento susceptible de estar cubierto como riesgo extraordinario".
Esta exclusión "responde a la naturaleza contractual del sistema". Los riesgos extraordinarios cubiertos son "únicamente aquellos para los que se ha abonado previamente el correspondiente recargo, por lo que no resulta posible incorporar con carácter retroactivo nuevas coberturas para riesgos que no forman parte del esquema asegurador vigente".
No es solidaridad pública
Por otra parte, "la actividad del Consorcio de Compensación de Seguros no tiene carácter asistencial ni constituye un fondo de solidaridad pública destinado a compensar cualquier perjuicio económico".
Además, se explica que las pólizas multirriesgo comercializadas por las aseguradoras privadas "pueden incluir garantías específicas para cubrir pérdidas económicas o daños derivados de interrupciones en el suministro eléctrico".
En "los supuestos de apagones o alteraciones de la red eléctrica, los afectados deben revisar las coberturas contratadas con su entidad aseguradora, ya que estos daños suelen encontrar amparo, en su caso, en el ámbito del seguro privado y no en el sistema de riesgos extraordinarios gestionado por el CCS", organismo presidido por José Antonio Fernández de Pinto, director general de Seguros.
Renovables antiapagón, la nueva idea de la CNMC
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), cuya presidenta Cani Fernández está en la actualidad de forma interina a la espera de que la sustituya Juan José Ganuza, ha aprobado una nueva regulación para que las renovables contribuyan a evitar apagones en el futuro. Es una regulación que se esperaba desde hace años. Incluso desde antes de que se produjera el apagón del 28 de abril de 2025.
En concreto, la CNMC ha aprobado modificar dos procedimientos de operación de sistema eléctrico (los denominados P.O. 7.4 y P.O. 14.4) "para incentivar que las renovables participen en el control de tensión". Podrán acogerse instalaciones de generación y almacenamiento con potencia igual o superior a un megavatio. A cambio de una retribución, esas instalaciones -como ahora hacen las convencionales, sobre todo de gas-, podrán actuar de colchón para amortiguar oscilaciones de tensión.
Tarea para Ganuza
Por otra parte, la CNMC ha echado balones fuera con respecto a la petición de las eléctricas de que el sobrecoste que está teniendo ahora el modo reforzado para evitar apagones se incluya definitivamente como peajes fijos en la factura eléctrica. "Exige un análisis detallado", dice. La tarea queda para Ganuza.
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