La ministra de Igualdad, Ana Redondo, este martes en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. E.P.
Política El Gobierno sigue adelante con la reforma de la Constitución para incluir el aborto pese a que no tiene votos para aprobarlaLa reforma del artículo 43 obligaría a garantizar el aborto, pero no como derecho fundamental, sino como principio rector, similar al de la vivienda.
En este momento, el aborto ya es un derecho fundamental, según estableció por primera vez el Tribunal Constitucional en la sentencia 44/23.
Más información:La propuesta del Gobierno sobre el aborto genera críticas y resistencias en Podemos, PNV, Junts y una parte de Sumar
Fernando Garea Publicada 7 abril 2026 12:58h Actualizada 7 abril 2026 13:28hLas claves nuevo Generado con IA
El Consejo de Ministros ha decidido enviar al Congreso el proyecto de ley de reforma de la Constitución para incluir como derecho la interrupción voluntaria del embarazo.
Sin embargo, es imposible que progrese porque necesita una mayoría cualificada imposible de lograr porque sería necesario el voto del PP. Es decir, es un paso simbólico, político o propagandístico.
La propuesta supone modificar el articulo 43 para que los poderes públicos garanticen a las mujeres el derecho al aborto. La ministra Ana Redondo asegura que se blinda este derecho, pero, en realidad, no sería un derecho fundamental sino un principio rector como el de la vivienda.
La propuesta del Gobierno sobre el aborto genera críticas y resistencias en Podemos, PNV, Junts y una parte de SumarSe opta por esta vía porque no precisa reforma agravada, es decir, disolución de las Cortes y referéndum. Pero en todo caso no saldrá de ninguna manera.
El Gobierno ha optado por la reforma del artículo 43 para incluir el aborto en el capítulo de "los principios rectores de la política social y económica", en lugar del referido a los derechos fundamentales, que tienen mayor nivel de protección y pueden ser invocados, por ejemplo, en amparo ante el Tribunal Constitucional.
En este momento, el aborto ya es un derecho fundamental, según estableció por primera vez el TribunalConstitucional en la sentencia 44/23.
Esa resolución aseguró por primera vez que el aborto está amparado por derechos fundamentales de la mujer, especialmente los de dignidad (artículo 10 de la Constitución), libre desarrollo de la personalidad (artículo 10), integridad física y moral (artículo 15) y libertad e intimidad (artículos 16 y 18).
La Constitución garantiza a las mujeres la posibilidad de decidir libremente sobre la interrupción del embarazo dentro de los límites establecidos por la ley.
Por tanto, la norma que avala la interrupción voluntaria del embarazo no es sólo una despenalización, sino una manifestación de derechos fundamentales, según el Constitucional.
La propia Ley del aborto en vigor inicia la exposición de motivos asegurando que "el desarrollo de la sexualidad y la capacidad de procreación están directamente vinculados a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad, y son objeto de protección a través de distintos derechos fundamentales, señaladamente, de aquellos que garantizan la integridad física y moral y la intimidad personal y familiar".
Con la propuesta del Gobierno, esta protección bajaría paradójicamente de nivel y perdería su condición de derecho fundamental.
Por eso, a la izquierda del PSOE, especialmente en Podemos, y entre juristas progresistas, el anuncio genera rechazo.
El Gobierno plantea una reforma suave de la Constitución que, en la práctica, reduce el grado de protección actual del derecho al aborto.
Otros socios parlamentarios, como el PNV y Junts, ya han expresado su incomodidad por un debate que ya tenían resuelto entre sus bases y votantes.