El fallo, muy esperado después del 'caso Noelia' porque sienta jurisprudencia en caso de conflicto, delimita la potestad a «cualquier persona con un vínculo particularmente estrecho»
Regala esta noticia Añádenos en Google Protestas frente al hospital donde Noelia Castillo recibió la eutanasia el 26 de marzo de 2026. (EP)Madrid
19/05/2026 Actualizado a las 16:12h.El Tribunal Supremo ha fallado que las personas con «una vinculación particularmente estrecha» con una persona solicitante de eutanasia está legitimada para recurrir judicialmente la ... concesión de este derecho. Así lo ha resuelto el pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, por mayoría de 23 magistrados a 9, tras finalizar su deliberación sobre el recurso presentado por la Generalitat de Cataluña en otro caso de recurso de un padre en contra de la eutanasia concedida a su hijo mayor de edad, que recuerda al 'caso Noelia Castillo'.
muy esperada porque sentaría jurisprudencia sobre si un familiar tiene derecho a recurrir ante la justicia ordinaria la resolución de una comunidad autónoma sobre la prestación de ayuda para morir. En el caso de la joven Noelia, su padre pleiteó sin éxito hasta el final contra la resolución de conceder la petición de eutanasia, lo que supuso en la práctica alargar el proceso en más de dos años.Tras darse otro caso similar, fue la Generalitat catalana la que interpuso ante el Supremo un recurso en contra de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, instancia que reconoció de nuevo la legitimidad de un familiar para recurrir ante un juez la concesión de una eutanasia aunque la persona que fuese a recibirla fuese mayor de edad y la hubiese solicitado.
Finalmente, los magistrados no han dado la razón a la administración catalana, reconociendo así, no sólo que un allegado directo pueda recurrir la eutanasia concedida a un adulto, sino que delimita a cualquier persona con una vinculación particularmente estrecha, como se citaba al inicio, la potestad de pedir una revisión ante los tribunales.
La sentencia y su argumentario, por conocer
El Tribunal Supremo no ha publicado aún la sentencia donde se recogerán los argumentos y fundamentos de derecho de los magistrados para dictar su resolución: sólo ha informado del fallo. Cuando llegue este texto, se podrá conocer el fondo de la cuestión.
Por el momento, se sabe que la ley de eutanasia actual permite el recurso porque el derecho a recibir asistencia para una muerte digna depende de una resolución de carácter administrativo. Son los gobiernos autonómicos los responsables de evaluar los casos, a través de los comités nombrados para tal fin, y quiénes conceden o deniegan esta prestación. Y toda resolución de esta naturaleza, según el ordenamiento jurídico español, puede ser recurrida para que los tribunales revisen su conveniencia. Esto es lo que ha permitido que casos como el de Noelia Castillo, que finalmente murió de forma asistida el pasado 26 de marzo, fuese discutido durante meses en distintas instancias judiciales.
Tras volver a darse otro caso similar, fue la Generalitat quien interpuso recurso al Supremo con el fin de que se sentase las bases de la jurisprudencia a aplicar en estos casos de conflicto.
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