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El Supremo confirma 800 euros de multa a una fiscal por una filtración a un diario

El Supremo confirma 800 euros de multa a una fiscal por una filtración a un diario
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La Sala de lo Contencioso avala la falta disciplinaria grave que el ex fiscal general impuso hace un año a una subordinada de Barcelona por revelar un borrador de sentencia por violación

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Imagen de archivo de una discoteca de Barcelona. EP El Supremo confirma 800 euros de multa a una fiscal por una filtración a un diario

La Sala de lo Contencioso avala la falta disciplinaria grave que el ex fiscal general impuso hace un año a una subordinada de Barcelona por revelar un borrador de sentencia por violación

Mateo Balín

Miércoles, 17 de diciembre 2025, 14:27 | Actualizado 14:51h.

... miércoles la sanción de 800 euros impuesta en diciembre de 2024 por el mismo Álvaro García Ortiz a una fiscal de Barcelona que filtró un borrador de sentencia a un medio de comunicación sobre una condena por un delito de agresión sexual.

En su recurso, consideró que con la filtración del borrador al diario El País no ha quedado enervada la presunción de inocencia con prueba de cargo por la vía de los indicios, habiéndose obviado un importante elemento de descargo que, según ella, resta credibilidad a los mismos y plantea hipótesis alternativas lógicas y creíbles en su favor.

Según los hechos probados de la resolución sancionadora, la fiscal comunicó telefónicamente a la acusación particular el sentido del borrador de sentencia del sumario penal 15/2020, seguido en la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito de agresión sexual cometido sobre un hombre en una discoteca de ambiente, y, posteriormente, lo filtró al medio «al margen del cauce regulado por instrucciones internas de la Fiscalía, donde tenía destino y ejercía sus funciones».

«Cuidada valoración de la prueba»

La fiscal lo había obtenido a través de una consulta solicitada a una funcionaria de la Audiencia Provincial, que le imprimió una copia y le advirtió de que no estaba firmada ni notificada a la propia Fiscalía y a los procuradores. La noticia sobre el contenido del borrador fue publicada por el citado diario, y tras conocerse la difusión, el órgano judicial dictó una providencia poniendo de manifiesto a las partes que todavía no se había dictado sentencia en el procedimiento, según recogen los hechos probados.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso, presidida por Pablo Lucas y con ponencia de Antonio Jesús Fonseca-Herrero, considera ahora suficiente para fundamentar la declaración de responsabilidad la «cuidada y adecuada valoración de pruebas» que contiene la resolución sancionadora por parte de la Fiscalía General. Entre otros aspectos, una funcionaria reconoció que le entregó copia de la resolución a la fiscal tras pedírselo ésta, con el aviso de que no había sido notificada a las partes.

No obstante, la noticia sobre el contenido del borrador fue publicada a las 10:46 de la mañana en la edición digital de El País del 9 de febrero de 2024 con el titular: «Condenado a cinco años de cárcel un hombre por violar a otro en el cuarto oscuro de una discoteca gay de Barcelona». La publicación recogía información de lo sucedido en el juicio y algunas circunstancias que constaban en el proyecto de borrador de la sentencia, con expresa referencia a un voto particular. No se incluían los apellidos del procesado ni los nombres de los magistrados de la Sala, pero sí recogía el nombre de «la fiscal del caso».

La sentencia finalmente fue remitida a las partes el día 15 de ese mismo mes y la defensa trató de usar esta filtración sin éxito para anular la condena. La diferencia con la sentencia contra García Ortiz es que la suya se sustanció en la vía penal (dos años de inhabilitación), mientras que este procedimiento de carácter administrativo solo ha analizado las responsabilidades internas de la fiscal sancionada por el primero.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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