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El TJUE anula la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Puigdemont

El TJUE anula la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Puigdemont
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El tribunal adopta la misma decisión con los 'exconsellers' Toni Comín y Clara Ponsatí. Más información: La ponente del TC, en contra de levantar la orden de detención de Puigdemont: "Sería desautorizar al Supremo"

El líder de Junts, Carles Puigdemont, el pasado 27 de octubre en Perpiñán (Francia). Europa Press

Tribunales El TJUE anula la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Puigdemont

El tribunal adopta la misma decisión con los 'exconsellers' Toni Comín y Clara Ponsatí.

Más información: La ponente del TC, en contra de levantar la orden de detención de Puigdemont: "Sería desautorizar al Supremo"

D. Barreira Publicada 5 febrero 2026 09:53h Actualizada 5 febrero 2026 10:29h

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El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha anulado la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí.

El TJUE argumenta que la designación del ponente para los suplicatorios de suspensión de inmunidad no cumplía la exigencia de imparcialidad, al pertenecer este al mismo grupo político que Vox, parte acusadora.

El tribunal considera que la Eurocámara debió excluir a un ponente vinculado al grupo político de quienes promovieron el proceso penal contra los eurodiputados afectados.

Puigdemont, Comín y Ponsatí recurrieron ante el TJUE tras la decisión inicial, y el tribunal europeo les ha dado la razón anulando la retirada de su inmunidad.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado la decisión del Parlamento Europeo de retirar la inmunidad al líder de Junts, Carles Puigdemont, y a los exconsellersToni Comín y Clara Ponsatí.

El pasado mes de septiembre, el abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, sí avaló la decisión de la Eurocámara de retirar la inmunidad parlamentaria en 2021 a estos tres dirigentes, en respuesta al suplicatorio remitido por el Tribunal Supremo. El TJUE, sin embargo, no ha seguido, finalmente, su recomendación.

El motivo de la decisión del Tribunal de Justicia de la UE es la falta de apariencia de imparcialidad del ponente designado para los suplicatorios de suspensión de la inmunidad.

¿Por qué? Porque éste pertenecía al mismo grupo parlamentario en que, en Bruselas, se integra Vox, uno de los partidos que se querelló contra Puigdemont, Ponsatí y Comín a raíz del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

De hecho, esta formación participó, como acusación popular, en el juicio al procés, celebrado en el Supremo en 2019.

El Parlamento Europeo tiene establecida la regla de que el ponente mencionado no pueda pertenecer al mismo grupo político que el diputado cuya inmunidad se examina.

Pero, en aras de la coherencia, la Eurocámara también debe excluir a un ponente que sea miembro del grupo político al que pertenecen quienes han promovido un proceso penal contra el diputado cuya inmunidad se analiza. Y esto es, precisamente, lo que sucede en este caso.

Por ello, el TJUE considera que el ponente designado para los suplicatorios de suspensión de la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí no cumple las exigencias de apariencia de imparcialidad.

Así las cosas, el TJUE concluye que el Tribunal General de la UE (TGUE), que revisó este caso con anterioridad, incurrió en un error al considerar irrelevante la mencionada situación.

Tras el fallo del TGUE, Puigdemont, Comín y Ponsatí recurrieron ante el TJUE, que les da ahora la razón.

Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea subraya otro extremo: que en marzo de 2019, la persona que posteriormente sería designada ponente organizó un evento, denominado Cataluña es España, en el que un líder de Vox manifestó: "¡Puigdemont, a prisión!".

En aquella fecha, el partido presidido por Santiago Abascal ya se había querellado contra los líderes del procés. De hecho, el juicio en el Supremo contra ellos se había iniciado por entonces.

La organización de ese evento, según concluye el TJUE, era indicativa no sólo de un apoyo a las ideas políticas de Vox sobre la situación en Cataluña, sino también de una posición favorable al procesamiento de los tres eurodiputados.

Por tanto, este tribunal anula la decisión del Parlamento Europeo de suspender la inmunidad a los dirigentes independentistas, ya que se adoptaron sobre la base de informes que deberían haberse considerado nulos, puesto que la designación del ponente era contraria a la exigencia de imparcialidad marcada por la Eurocámara.

Puigdemont, Comín y Ponsatí

Puigdemont, Ponsatí y Comín huyeron a Bélgica en octubre de 2017, tras protagonizar el referéndum ilegal del 1-O y la fallida declaración de independencia de Cataluña.

Mientras la justicia belga tramitaba las euroórdenes emitidas por el juez Pablo Llarena contra ellos, los tres fueron elegidos en las elecciones europeas de 2019 en la lista de Junts per Catalunya. 

El entonces presidente de la Eurocámara, David Sassoli, les reconoció como eurodiputados en enero de 2020 a raíz de una sentencia del TJUE sobre Oriol Junquerasaunque ninguno de los tres había viajado a Madrid para acatar la Constitución.

En marzo de 2021, la Eurocámara aprobó —por una amplia mayoría de 400 votos a favor, 248 en contra y 45 abstenciones— el suplicatorio contra Puigdemont enviado por el juez Llarena.

El dictamen concluía que los hechos de los que se le acusaba —que en ese momento eran sedición y malversación— eran muy anteriores a su elección a la Eurocámara y no tenían nada que ver con su actividad como eurodiputados.

Además, el Parlamento Europeo señaló que no tenía indicios de fumus persecutionis, es decir, de que el procedimiento judicial respondiera a una persecución política.

En su recurso en primera instancia ante el Tribunal General de la UE, Puigdemont ya sostenía que la Eurocámara incumplió su obligación de tratar el expediente de forma imparcial y equitativa y no motivó su decisión de manera suficiente y adecuada.

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