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Política

Extremadura declara Bien de Interés Cultural la Cruz de los Caídos franquista de Cáceres

Extremadura declara Bien de Interés Cultural la Cruz de los Caídos franquista de Cáceres
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El Ejecutivo regional abre el expediente amparándose en su valor artístico y en su resignificación democrática de 1984 Leer

La Junta de Extremadura ha abierto el expediente para declarar Bien de Interés Cultural (BIC), con la categoría de Monumento, la Cruz de los Caídos erigida en la plaza de América de Cáceres. El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica este martes la resolución, firmada el pasado 12 de agosto por el consejero de Cultura, Turismo y Deportes, Laureano León.

Ahora se abre un periodo de información pública de un mes para presentar alegaciones a esta decisión del Ejecutivo regional. La medida llega después de que el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática del Gobierno de España haya ordenado su retirada del espacio público al considerarlo un símbolo franquista, mientras que el Ayuntamiento de Cáceres y la Junta de Extremadura defienden que debe permanecer en su ubicación actual.

El inicio del trámite oficial para declarar BIC este monumento busca el "reconocimiento y protección de este elemento del patrimonio cultural extremeño", según reza la resolución regional. El texto añade que la tramitación del expediente debe continuar de acuerdo con la legislación vigente y notificarse a las personas interesadas, al Ayuntamiento de Cáceres y al Registro General de Bienes de Interés Cultural del Ministerio de Cultura para "su anotación preventiva", además de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En el texto de la resolución se reconoce que el monumento tuvo su origen en el acuerdo municipal del 9 de septiembre de 1937 para erigir una cruz en homenaje a los caídos. Fue levantado en plena Guerra Civil e inaugurado en mayo de 1938; no obstante, "la intervención municipal realizada en 1984 modificó sustancialmente su lectura pública, al eliminar las inscripciones y referencias explícitas de exaltación del régimen franquista y dotarlo de un nuevo significado acorde con los valores constitucionales".

"En consecuencia, su valoración patrimonial actual debe entenderse desvinculada de su sentido conmemorativo originario y referida a sus valores formales, artísticos, arquitectónicos y urbanísticos, derivados de su lenguaje austero, geométrico y depurado, de su monumentalidad, de su permanencia en el emplazamiento original y de su papel como referencia visual en la memoria urbana de la ciudad", añade el documento.

Entre las argumentaciones históricas recogidas en la resolución, se recuerda que en octubre de 1937 el entonces alcalde de Cáceres, Narciso Maderal Vaquero, firmó el contrato para la construcción de la cruz que, "en homenaje de los caídos hijos de la provincia de Cáceres, se alzará a la entrada de la población, en la plaza de América". La obra se sufragó con recursos municipales y su coste ascendió a 28.041,35 pesetas.

Su diseño fue atribuido al arquitecto municipal Ángel Pérez, autor de destacados inmuebles y monumentos de la capital cacereña realizados "en un momento en el que el impulso dado a la construcción fue definitivo para que Cáceres comenzara a cambiar su imagen".

La de Cáceres fue una de las primeras cruces erigidas en España y en Extremadura. Sus características formales coincidieron con las pautas que poco después establecería la Comisión de Estilo en las conmemoraciones de la Patria, creada en febrero de 1938, solo dos meses antes de la conclusión del monumento.

Rasgos de clasicismo

La Cruz de los Caídos de Cáceres "presenta rasgos de clasicismo, austeridad y monumentalidad", añade la resolución, en sintonía con otros edificios levantados coetáneamente en la ciudad, como la Escuela Normal del Magisterio (construida dos años antes "con proyecto arquitectónico de la Oficina de Construcciones Escolares de la II República").

Asimismo, se recuerda que su construcción se produjo en un área alejada del centro neurálgico de la actividad diaria de la época, concentrado en la calle Pintores y la Plaza Mayor. A principios de la década de 1970 se propuso su traslado al actual Cerro de los Pinos ante el avance urbanístico de la zona, al haber "perdido toda su monumentalidad" y quedar rebasada en altura por bloques de viviendas aledaños.

En 1984, el consistorio presidido por el alcalde Juan Iglesias Marcelo acometió la retirada de la placa conmemorativa con la inscripción original del pedestal, que rezaba: "La ciudad de Cáceres en memoria de sus hijos muertos por la Patria".

Este proceso de resignificación se inscribe en las actuaciones desarrolladas en España durante la Transición democrática. "En el caso de la Cruz de los Caídos de Cáceres, dicha intervención resulta fundamental para comprender su posterior proceso de patrimonialización, al haber permitido desvincular su lectura pública de los elementos explícitos de exaltación franquista y favorecer su permanencia en el espacio urbano hasta la actualidad, así como su posterior reconocimiento en la normativa urbanística municipal", explica el DOE.

Para justificar la protección, "se tiene en cuenta su condición de estructura monumental situada en el centro de la plaza de América, su acusada presencia visual, su relación directa con el espacio público en el que se implanta y su carácter de hito urbano dentro de la trama contemporánea de la ciudad".

La delimitación del entorno busca "preservar la escala, percepción visual, presencia urbana y correcta lectura patrimonial del monumento, evitando intervenciones, instalaciones, elementos de mobiliario, señalización, iluminación, ajardinamiento o pavimentación que puedan alterar negativamente su contemplación, su relación con el espacio público o su carácter de referencia urbana".

En caso de declararse finalmente BIC, su régimen se definirá por la "compatibilidad con la investigación, la conservación, la puesta en valor y el disfrute del bien, debiendo contribuir a dichos fines sin degradar la imagen del monumento, poner en peligro su conservación o alterar sus valores patrimoniales".

"Cualquier intervención que pretenda realizarse en el monumento o en su entorno de protección deberá regirse por el artículo 31 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, y deberá ser autorizada por la Consejería competente en materia de cultura y patrimonio, previamente a la concesión de la licencia municipal", concluye el texto, remitiendo también a los artículos 32, 33 y 37 para regular obras, usos y elementos publicitarios.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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