La ciudad estadounidense da un paso inédito al diseñar el 'Social Media Amusement Tax', un tributo que no grava los beneficios económicos, sino el número de usuarios. Mientras tanto, en España y Europa, el debate sigue centrado en la facturación y la 'tasa Google'.
Durante años se ha repetido el mantra de la era digital. "Si el servicio es gratis, el producto eres tú". En Chicago, las autoridades han decidido llevar esta máxima a la legislación tributaria. Si los ciudadanos son la materia prima de las grandes tecnológicas, la ciudad quiere su parte.
Bajo el nombre de Social Media Amusement Tax (Impuesto al Entretenimiento en Redes Sociales), la ciudad se prepara para implementar una tasa pionera que podría cambiar las reglas del juego fiscal para gigantes como Meta (Facebook, Instagram), TikTok o X (antes Twitter). A diferencia de otros impuestos digitales que se centran en la publicidad, este modelo pone el foco en el volumen de usuarios y la extracción de datos.
Así es el diseño del impuesto de Chicago
La normativa, en vigor desde el 1 de enero de 2026, reclasifica el uso de redes sociales equiparándolo legalmente a otras formas de entretenimiento sujetas a impuestos locales, como conciertos o eventos deportivos. Sin embargo, la estructura técnica del tributo es lo que ha levantado las cejas de fiscalistas de todo el mundo.
El diseño del impuesto se basa en un sistema de conteo de usuarios en lugar de un porcentaje sobre los ingresos. El impuesto se aplica a las empresas de redes sociales que recopilen datos de consumo de más de 100.000 usuarios de Chicago en un año natural. La ciudad cobrará 0,50 dólares (unos 46 céntimos de euro) por cada usuario de Chicago al mes. La tasa solo se aplica al exceso. Es decir, los primeros 100.000 usuarios están exentos. La empresa pagará 50 centavos por cada usuario a partir del número 100.001.
La burocracia será estricta. Las tecnológicas deberán realizar el pago mensualmente (antes del día 15 del mes siguiente), aunque las declaraciones fiscales formales se presentarán anualmente. El primer periodo de prueba será el primer semestre de 2026, con una fecha límite de presentación en agosto de ese año.
El argumento de los legisladores detrás de este movimiento es que las plataformas utilizan la infraestructura y la población de la ciudad para generar un modelo de negocio basado en la atención y los datos. Chicago considera que eso es una actividad gravable, similar a alquilar un estadio para un evento.
España: La 'tasa Google' y la facturación
Mientras Chicago explora el cobro por usuarios, la situación en España refleja el enfoque europeo, más centrado en los ingresos corporativos y la competencia desleal, pero con una ejecución técnica muy diferente.
En España no existe un impuesto municipal ni nacional que grave el número de cuentas activas o el entretenimiento en redes sociales per se. El marco regulatorio actual es el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales (IDSD), conocido popularmente como la tasa Google.
¿Podría llegar el modelo de Chicago a España?
A corto plazo, es improbable. En España, la fiscalidad digital está muy centralizada en el Estado (para evitar la fragmentación del mercado) y alineada con las directrices de la Unión Europea y la OCDE.
La tendencia en Europa se dirige hacia la implementación del Pilar I y Pilar II de la OCDE, que busca un tipo mínimo global del 15% para las multinacionales y un reparto más justo de los beneficios en los países donde operan (donde están los usuarios), pero siempre basándose en beneficios económicos, no en un canon fijo por usuario.
Por ahora, Chicago será el laboratorio mundial. Si a partir de 2026 la recaudación es exitosa y las tecnológicas no logran tumbar la medida en los tribunales, el concepto de pagar "50 centavos por usuario" podría extenderse.
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