La Audiencia Nacional ha absuelto a José Manuel Villarejo y Javier López Madrid en la causa por el supuesto encargo que el empresario habría hecho al comisario para investigar a la doctora Elisa Pinto, con la que López Madrid mantenía un "grave" conflicto personal.
La acusación que ejercía Pinto reclamaba seis años de prisión para Villarejo y López Madrid por un delito de cohecho, y otros cuatro para el socio del comisario, Rafael Redondo. La Fiscalía no acusaba en esta pieza número 24 del caso Tándem. Sí lo hace en otra causa pendiente de juicio, referida a las supuestas amenazas y agresiones a la dermatóloga por parte del comisario jubilado por orden de López Madrid.
Este procedimiento se ceñía a la contratación de Villarejo, a si esta se produjo y, de ser así, sucedió teniendo conocimiento López Madrid de que entonces era un comisario en activo. La Sección Cuarta considera que nada de ello ha sido probado.
Sí considera probado que el 10 de diciembre de 2013 los López Madrid y Redondo acudieron, a instancias del comisario, a la consulta de Pinto, con la que según la sentencia el empresario mantenía "un grave conflicto personal que desembocó en denuncias cruzadas entre ambas partes". Una vez allí, López Madrid dijo a la doctora que dejara de hacerle continuas llamadas de teléfono y que "si continuaba con las mismas la Policía iría a verla".
Juicio pendiente por amenazas y lesiones
La Sala no ve acreditado que Villarejo ni su empresa, Grupo Cenyt, solicitaran o recibieran pago alguno por parte de López Madrid a cuenta de estos hechos. No consta, tampoco, que el empresario supiera por entonces que Villarejo era un funcionario público en activo, lo que hubiera implicado que los eventuales pagos supondrían un cohecho.
El tribunal sí considera probados los contactos entre los acusados, pero no así que se ofrecieran o reclamaran pagos o favores de cualquier tipo para las gestiones relacionadas con Pinto. Los acusados, en sus respectivas declaraciones, negaron en el juicio cualquier entrega o retribución.
El tribunal recuerda en su sentencia que en este procedimiento no se han juzgado los hechos relacionados con los delitos de amenazas, coacciones y lesiones agravadas, que son competencia del Juzgado de lo Penal 10 de Madrid. Este juicio, en el que la Fiscalía pide 13 años y medio de prisión a López Madrid y Villarejo, ha sido aplazado varias veces y no tiene fecha de celebración fijada.