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Internacional

La confusión con el servicio militar obligatorio: el BOE publica nuevas plazas para las Fuerzas Armadas

La confusión con el servicio militar obligatorio: el BOE publica nuevas plazas para las Fuerzas Armadas
Artículo Completo 554 palabras
Un Real Decreto autoriza 500 plazas para adquirir la condición de reservista voluntario que pueden solicitar los nacidos en 2008 o en años anteriores
La confusión con el servicio militar obligatorio: el BOE publica nuevas plazas para las Fuerzas Armadas

Un Real Decreto autoriza 500 plazas para adquirir la condición de reservista voluntario que pueden solicitar los nacidos en 2008 o en años anteriores

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Enrique Miranda

Málaga

17/08/2026 a las 20:52h.

Decenas de titulares en Internet y comentarios en redes sociales han provocado una confusión colectiva: ¿Regresa el servicio militar obligatorio, la famosa 'mili', a España? ... Pues nada más lejos de la realidad, porque la mili no vuelve. El servicio militar obligatorio se quitó en España en 2001, bajo el Gobierno de Aznar, dando paso a un ejército totalmente profesional. Y así seguirá en España.

El Real Decreto 170/2026, de 4 de marzo, publicado en el BOE, autoriza hasta 500 plazas para adquirir la condición de reservista voluntario. De hecho ni siquiera se menciona en concreto a los nacidos en 2008, porque en realidad lo pueden solicitar todos aquellos que sean mayores de edad. Un nacido en 2008 podrá solicitar este año ser reservista de las Fuerzas Armadas, pero también alguien nacido en 2007, 2006 o cualquier año anterior, siempre que cumpla los requisitos de edad máxima.

Un reservista voluntario es una persona «que desea aportar, de forma voluntaria y temporalmente, sus capacidades, habilidades y conocimientos, en las diferentes misiones que llevan a cabo nuestras Fuerzas Armadas, en el cumplimiento de la función que la Constitución les asigna y como respuesta a los compromisos asumidos por el Gobierno», según se explica en la propia web del Ministerio de Defensa.

Los voluntarios pueden elegir el Ejército, la Armada o el Cuerpo común con el que se desea colaborar y el periodo de tiempo en función de la disponibilidad y el grado de compromiso que se quiera asumir. «Conlleva adquirir un vínculo con las Fuerzas Armadas, con la firma de un compromiso los cuales conllevan un determinado tiempo de activación en Unidades, Centros u Organismos del Ministerio de Defensa. La duración de estos periodos de activación dependerá de las necesidades de las Fuerzas Armadas».

El compromiso se tiene que mantener tres años y después se pueden firmar nuevos compromisos, siempre que no se supere la edad máxima.

Requisitos para los reservistas

Además, estos son los requisitos según Defensa:

-Tener la nacionalidad española.

-Tener de 18 a 57 años para Oficial y Suboficial.

-Tener de 18 a 54 años para Tropa y Marinería.

-No tener antecedentes penales.

-Acreditar buena conducta ciudadana.

-No estar privado de derechos civiles.

-No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme del ejercicio de la función pública.

-Acreditar alguno de los niveles educativos o títulos profesionales que se indican en la convocatoria para cada una de las categorías.

-Carecer de inserciones o tatuajes que puedan ser contrarios a los valores constitucionales o atentar contra la imagen de las Fuerzas Armadas.

Y por supuesto, los reservistas tienen una retribución calculada calculada sobre el salario mínimo interprofesional, durante los periodos de formación y en los tiempos de activación. Pero todo siempre de manera voluntaria.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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