- DANIEL ÁLVAREZ
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La nueva directiva de la Unión Europea tendrá una fecha límite para que entre en vigor en España.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que la Unión Europea (UE) permitirá a los jóvenes de 17 años obtener el carnet de conducir, con el objetivo de que adquieran experiencia al volante, bajo ciertas condiciones imprescindibles.
¿Cuál es la normativa de la Unión Europea?
La Unión Europea ha confirmado el artículo 17 de la Directiva Europea 2025/2205. Esta normativa permitirá a los jóvenes de 17 años conducir en el futuro, con un permiso de conducir específico, y bajo ciertos criterios. El criterio principal es que el conductor siempre tendrá que estar acompañado por un adulto.
El joven de 17 años solo podrá tener un permiso de conducir de clase B, que es la licencia estándar para los vehículos generales, como, por ejemplo, los turismos. Además, el acompañante tendrá que tener una edad mínima de 24 años. El joven tendrá el código 98.02 impreso en el reverso del carnet, el cual indica que el titular se encuentra bajo el régimen de conducción acompañada de la Unión Europea. El menor tendrá que circular bajo esta licencia específica hasta que cumpla los 18 años.
¿Cuáles son las condiciones del acompañante?
Los adultos tendrán que cumplir otros requisitos adicionales para acompañar a los jóvenes de 17 años aparte de tener una edad mínima de 24 años. Para que el adulto pueda ser tutor, debe tener el mismo permiso de conducir que su "tutelado", que en este caso será el permiso B. Además, el adulto tiene que haber tenido esta misma licencia durante al menos 5 años antes de ser el tutor del conductor.
Finalmente, el adulto no puede haber sido privado del derecho a conducir durante los últimos 5 años antes de ser tutor, y no puede estar bajo la influencia de drogas o alcohol cuando esté acompañando al joven. Aunque estas son las normativas generales de la UE, se especifica que cada Estado miembro puede imponer otras leyes adicionales. Esto significa que, cuando la normativa entre en vigor en España, es posible que se puedan establecer más condiciones para los acompañantes.
¿Cuándo entra la normativa en vigor en España?
Aunque la ley actualmente no está en vigor, la DGT ha confirmado que ha establecido un grupo de trabajo para transponer la normativa en España. La fecha límite para que todos los Estados miembros de la Unión Europea transpongan la ley dentro de sus normativas territoriales es el 26 de noviembre de 2028.
Aunque el plan previsto de la DGT es solo permitir los permisos de conducir de clase B, había debates entre diferentes Estados miembros de la UE sobre si se permitirían los vehículos pesados dentro de la normativa. Diferentes Estados miembros respaldaban la iniciativa, pero España y otros países no lo apoyaban.
Al final, la directiva estableció que cada Estado miembro tenía la posibilidad de elegir si deseaba aplicarlo o no. Actualmente, está previsto que los permisos de conducir de clase C, donde se incluyen los vehículos pesados como los camiones, no estén incluidos dentro de esta legislación. Esto significa que la normativa española solo incluirá los vehículos del permiso B, que tienen una masa máxima autorizada de 3.500 kilos.
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