El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado una sentencia que condenaba a siete años y medio de prisión a un hombre por un delito de asesinato en grado de tentativa, tras prender fuego a la manta en la que dormía una persona sin hogar en el distrito de Tetuán.
Así se recoge en una resolución en la que se desestima el recurso de apelación presentado por el condenado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid el pasado mes de febrero.
La Sala considera acreditado que el acusado se acercó a la calle donde la víctima dormía profundamente, protegida bajo cartones y cubierta con un edredón, y que, con intención de acabar con su vida, prendió fuego con un mechero a la manta que lo tapaba.
Posteriormente, un hombre que paseaba con su perro vio las llamas y consiguió apagar el fuego pisando repetidamente la prenda para evitar que se propagara. Después, este testigo se dirigió al acusado y le recriminó en voz alta: “¿Quieres matarle?”, a lo que el procesado respondió que “él se lo había buscado”.
Según subraya la Sala, “las conclusiones que, alejando toda sombra de duda, afirman la autoría y el claro animus necandi del recurrente, tras un análisis riguroso del material probatorio y de las circunstancias previas, coetáneas y posteriores, resultan lógicas y racionales”.
Por ello, los magistrados concluyen que la sentencia de instancia “no solo expone la prueba que sustenta la condena, sino que además explica por qué se descarta la versión alternativa ofrecida por el apelante ante el tribunal a quo”.
Estos razonamientos conducen, señala la Sala, a la enervación de la presunción de inocencia. La sentencia no es firme y puede interponerse un recurso de casación.
Así se recoge en una resolución en la que se desestima el recurso de apelación presentado por el condenado contra la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid el pasado mes de febrero.
La Sala considera acreditado que el acusado se acercó a la calle donde la víctima dormía profundamente, protegida bajo cartones y cubierta con un edredón, y que, con intención de acabar con su vida, prendió fuego con un mechero a la manta que lo tapaba.
Posteriormente, un hombre que paseaba con su perro vio las llamas y consiguió apagar el fuego pisando repetidamente la prenda para evitar que se propagara. Después, este testigo se dirigió al acusado y le recriminó en voz alta: “¿Quieres matarle?”, a lo que el procesado respondió que “él se lo había buscado”.
Según subraya la Sala, “las conclusiones que, alejando toda sombra de duda, afirman la autoría y el claro animus necandi del recurrente, tras un análisis riguroso del material probatorio y de las circunstancias previas, coetáneas y posteriores, resultan lógicas y racionales”.
Por ello, los magistrados concluyen que la sentencia de instancia “no solo expone la prueba que sustenta la condena, sino que además explica por qué se descarta la versión alternativa ofrecida por el apelante ante el tribunal a quo”.
Estos razonamientos conducen, señala la Sala, a la enervación de la presunción de inocencia. La sentencia no es firme y puede interponerse un recurso de casación.