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La justicia suspende la entrada en prisión del Pequeño Nicolás tras su última condena por violar bases de datos policiales

La justicia suspende la entrada en prisión del Pequeño Nicolás tras su última condena por violar bases de datos policiales
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La Audiencia Provincial de Madrid le permite eludir la cárcel si no vuelve a delinquir en cuatro años y le impone una multa de 1.800 euros
La justicia suspende la entrada en prisión del Pequeño Nicolás tras su última condena por violar bases de datos policiales

La Audiencia Provincial de Madrid le permite eludir la cárcel si no vuelve a delinquir en cuatro años y le impone una multa de 1.800 euros

Regala esta noticia Añádenos en Google El 'Pequeño Nicolás' en una fotografía de archivo. (Efe)

Melchor Sáiz-Pardo

07/07/2026 Actualizado a las 12:27h.

Francisco Nicolás Gómez Iglesias no entrará por ahora en prisión. La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado suspender la ejecución de las penas de cárcel ... que le quedaban pendientes por la causa de la llamada 'Mafia Policial', el procedimiento en el que fue condenado por conseguir información reservada de bases de datos policiales con ayuda de funcionarios públicos y a cambio de recompensas. El 'Pequeño Nicolás' podrá seguir en libertad con una doble condición: que no vuelva a delinquir durante los próximos cuatro años y a que pague 1.800 euros.

Tribunal Supremo rebajara en marzo la condena que la propia Audiencia de Madrid le había impuesto en 2023. Aquella sentencia fijó inicialmente cuatro años y tres meses de prisión. El alto tribunal redujo después la pena total a dos años, un mes y quince días al apreciar como muy cualificada la atenuante de dilaciones indebidas, tras un procedimiento arrastrado durante años por unos hechos que se remontan a 2014.

Troceadas

La clave jurídica está en el modo en que quedaron troceadas las penas tras la revisión del Supremo. Gómez Iglesias fue condenado finalmente a siete meses y quince días por un delito de descubrimiento y revelación de secretos cometido por funcionario público, en calidad de inductor, y a un año y seis meses por cohecho activo. Ninguna de esas penas, considerada por separado, supera los dos años. Esa circunstancia abre la puerta a la suspensión ordinaria, aunque la suma conjunta quede por encima de ese umbral.

«Dado el tiempo transcurrido desde la comisión de los delitos objeto de la presente causa, cercano a los 12 años, sin que conste haber acometido nuevas conductas delictivas, se considera que la ejecución de las penas privativas de libertad no resulta necesaria para evitar la comisión de nuevos delitos», sostiene la Audiencia en su auto.

El tribunal aprecia los casi doce años transcurridos desde los hechos y fija una multa de 1.800 euros como condición

El tribunal añade que la suspensión «facilita el efecto resocializador», que podría quedar comprometido si se optara ahora por el ingreso efectivo en prisión. La Sala no borra la condena ni elimina las penas, pero aplaza su cumplimiento bajo vigilancia judicial. Si Francisco Nicolás comete un nuevo delito en el plazo fijado o no abona la sanción económica, la Audiencia podrá revocar el beneficio y ordenar que cumpla la cárcel.

La causa nació de una trama de consultas ilegales a datos reservados. Según la sentencia de 2023, Gómez Iglesias se puso de acuerdo con policías municipales de Madrid, un coordinador de seguridad y emergencias y un guardia civil destinado en la Casa Real para acceder a información privilegiada, en particular datos vinculados a titulares de matrículas, muchos de ellos empresarios. Los magistrados consideraron probado que esa información se utilizaba para obtener ingresos paralelos, ventajas o contactos dentro de los ambientes sociales y políticos por los que se movía.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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