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Política

La policía que denunció al DAO por violación declara por primera vez en la Dirección General: la agresión se produjo estando de servicio

La policía que denunció al DAO por violación declara por primera vez en la Dirección General: la agresión se produjo estando de servicio
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El letrado presenta una instancia para reclamar formalmente la apertura de un expediente y activar así la vía interna dentro del Cuerpo Leer

La agente de la Policía Nacional que denunció por una presunta agresión sexual al ex director adjunto operativo (DAO), José Ángel González, declaró ayer por primera vez ante la propia Dirección General de la Policía. Lo hizo después de que su abogado presentara una instancia para reclamar formalmente la apertura de un expediente y activar así la vía interna dentro del Cuerpo. La supuesta violación, según la denuncia que investiga un juez, se produjo el 25 de abril de 2025 mientras ella estaba de servicio.

La comparecencia de la agente se produce, por tanto, a instancia de su defensa Jorge Piedrafita y no como consecuencia de la apertura de oficio de un expediente por parte del organismo que dirige Francisco Pardo Piqueras. Es la primera vez que la denunciante presta declaración ante la institución de la que forma parte desde que los hechos trascendieron y después de que su denuncia por la vía judicial desencadenara la investigación sobre el que entonces era el principal mando de la Policía Nacional y hombre de confianza del ministro Fernando Grande-Marlaska.

La agente volvió a poner el foco en una circunstancia que, según su relato, ya había señalado en anteriores ocasiones: los hechos por los que denunció a su superior se produjeron cuando ella se encontraba de servicio y bajo las órdenes de éste. Cabe destacar que cuando posteriormente causó baja, el gabinete de psicólogos de la institución nunca se interesó por las circunstancias que habían provocado su situación ni por lo que, según sostiene, había ocurrido durante aquel servicio.

La comparecencia supone la incorporación de su versión de los hechos al ámbito administrativo interno, después de que hasta ahora el caso se hubiera desarrollado fundamentalmente en sede judicial. La diferencia no es menor. La investigación penal y el eventual expediente disciplinario constituyen procedimientos distintos y con finalidades diferentes. Mientras los tribunales investigan si los hechos denunciados pueden ser constitutivos de delito, la vía interna de la Policía debe determinar, en su caso, si existen responsabilidades disciplinarias. Jorge Piedrafita considera que esta declaración es «clave» para el desarrollo de la investigación y el futuro de la denunciante.

¿Qué supone esta nueva investigación?Este expediente de investigación de daños en acto de servicio, implican un enriquecimiento del esclarecimiento de hechos, con matices muy relevantes para los graves hechos que se investigan. Y que van apuntalar que la víctima dijo la verdad y el DAO ejercitó su derecho a mentir.¿En qué se diferencia de la judicial?Es un procedimiento administrativo más concreto, que posteriormente será revisado por la Audiencia Nacional, que debe investigar de forma más profunda y pormenorizada las circunstancias de la agresión, lesiones y coacciones que se realizaron en un contexto profesional de servicio, desviando el uso de medios públicos y prevaliéndose de la máxima autoridad jerárquica uniformada para acometer las muy graves infracciones denunciadas. Así como determinar que mandos, efectivos y medios públicos se corrompieron y malversaron.¿Cómo valora que la Policía no haya abierto este expediente de oficio?Este expediente se ha abierto a petición de la víctima, lamentamos que no se hiciera de oficio en febrero cuando se conocieron los gravísimos hechos que motivaron la salida del DAO, pero nunca es tarde si se conoce qué fallo, quienes estuvieron implicados y se adopten las medidas correctoras.¿Cómo se ha desarrollado la investigación?En la declaración ante el instructor y secretario, ambos inspectores jefes, la víctima ha ratificado que cuando se encontraba de servicio fue requerida mediante orden del director adjunto operativo para que acudiera, que para ello tuvo que usar un vehículo oficial y abandonar su puesto y posteriormente fue agredida sexualmente en una vivienda de autoridad pública. Así como que las posteriores coacciones e intentos de compra para que no denunciara se realizaron por medio de teléfonos oficiales y en dependencia policiales. Ya que en el ámbito privado particular jamás se hubiera establecido la comunicación o hubiera podido ser emboscada para ser metida en la boca del lobo.¿Qué se ha podido averiguar más?Se ha podido determinar que todas las acciones lesivas denunciadas se produjeron cuando la víctima estaba prestando servicio y se encontraba al alcance de la subordinación jerárquica de medios y de cómplices del director adjunto operativo. En esta primera diligencia, se ha podido determinar que todas las acciones lesivas denunciadas se produjeron cuando la víctima estaba prestando servicio y se encontraba al alcance de la subordinación jerárquica de medios y de cómplices del DAO. Igualmente se han descrito, que tras las reiteradas acciones coaccionadoras acometidas por él y su asesor, este último presionó a la víctima ofreciéndole el destino que quisiera con tal de que no denunciara los hechos, provocando que la víctima empeorara y colapsara totalmente, siendo obligada a recibir la baja y la retirada el arma reglamentaria.¿Se han aportado nuevas pruebas?Informes médicos actualizados de que corroboran y acreditan que antes del 23 de abril de 2025 era una persona normal, que jamás había tenido una baja psicológica.
Fuente original: Leer en El Mundo - España
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