En la más reciente memoria de la Fiscalía se analiza el comportamiento de instituciones, víctimas y agresores, en un año con 50 mujeres asesinadas y 21 que se salvaron por poco
Regala esta noticia Añádenos en Google Una víctima de violencia de género, en Bilbao. (Iñaki Andrés)Madrid
11/09/2026 Actualizado a las 13:49h.La víctima del caso RA 2820-2024 vio vulnerado su derecho a tener una investigación judicial suficiente y eficaz cuando el juez dictó sobreseimiento de ... su caso por violencia de género, al apreciar versiones contradictorias, «sin acordar siquiera el examen médico solicitado para determinar el origen de las lesiones que figuraban en un parte de asistencia de la denunciante», indica la Memoria de la Fiscalía del último ejercicio, publicado el jueves. «Aún más inusual era el objeto del (caso) RA 809-2025: apelada la sentencia absolutoria en un caso de violencia contra la mujer, la Audiencia Provincial, sin entrar en el fondo, anuló y ordenó repetir el juicio porque en la grabación de la vista no se veía ni oía la última palabra del acusado». Estos son algunos procesos jurídicos que «llamó poderosamente la atención» de los fiscales, en un año que hubo 50 feminicidios y se sentenciaron 21 intentos de arrebatar la vida a una mujer por parte de su pareja o ex.
Una de las primeras cuestiones es la desprotección de mujeres que han denunciado. Una de cada diez de las asesinadas había presentado una denuncia contra su agresor pero «no se acordaron medidas de protección». El sistema no apreció que hubiera «elementos objetivos» o la mujer desistió. Es un primer fallo del sistema, que en 2025 costó la vida a cinco de las once que fueron asesinadas, a pesar de su grito de auxilio. En los otros seis homicidios de las que denunciaron, sí se condenó al agresor y se le prohibió acercarse. A pesar de estar en vigor, se incumplió la medida.
«En dos casos, la víctima había reanudado la relación con el condenado; en otro, hizo uso de la dispensa del deber de declarar; en un cuarto caso, fue la propia víctima quien acudió al domicilio del agresor; y en el último (con quebrantamiento de condena), la víctima se acogió nuevamente a la dispensa de declarar, lo que determinó el sobreseimiento de la causa», señala la Fiscalía, sobre el comportamiento de algunas pocas víctimas que burlan las medidas impuestas para su propia protección.
Reincidencia
No obstante, las retiradas de acusación disminuyen con respecto al año anterior. Al tener que declarar, algunas víctimas dijeron «no recordar nada» o que «era mentira», incluso si enfrenta cargos por denuncia falsa. Sobre esas falsedades, «el porcentaje de sentencias condenatorias es ínfimo. El promedio entre los años 2009 y 2025 es del 0,007 %». «La posición de la víctima en el juicio oral, cuando desea acogerse a la dispensa y es informada de que no puede hacerlo, preocupa profundamente a los fiscales. En estos casos, las víctimas se suelen mostrar reticentes, responden de forma inconcreta, vaga u olvidadiza, e incluso, pueden llegar a autoinculparse de los hechos. En los interrogatorios, los fiscales, tratan de averiguar si subyace un temor a su agresor, presiones de su entorno o dependencia emocional de aquel, razón por la cual, en las jornadas de fiscales especialistas de los últimos años, se ha incidido en la necesidad de que se realicen interrogatorios no revictimizantes», analiza la Fiscalía.
De los 50 presuntos feminicidas registrados, 14 contaban con antecedentes de violencia de género con otras parejas o exparejas
Un aspecto que preocupa al ministerio fiscal es la reincidencia, un patrón de violencia en el que el hombre agrede a la mujer con la que está, aunque cambie de pareja o pase el tiempo. «De los 50 presuntos feminicidas registrados, 14 contaban con antecedentes de violencia de género con otras parejas o exparejas, lo que representa el 28% del total de casos. Este porcentaje refleja un incremento significativo respecto del año anterior, cuando se registró un 14%, y también en comparación con el año 2023, en el que la proporción fue del 11,6%». En cuanto al método de matar, el arma blanca se usó en 26 casos (52%), seguido de los golpes, diez casos (20%); asfixia o estrangulamiento, nueve (18%); uso de arma de fuego, uno (2%), e incendio, dos (4%). Siete de los agresores se suicidaron, el resto fue detenido.
Control y penas
Otra tarea por consolidar es la respuesta estatal. En primer lugar, la inadecuada implementación de las Unidades de Valoración Forense Integral. «Diversos factores que condicionan de manera relevante la adecuada prestación del servicio, entre los que destacan: insuficiencia de personal, retrasos en la emisión de los informes, ausencia de equipos de guardia para valoraciones urgentes, externalización creciente del servicio, falta de valoración conjunta de los profesionales; e inexistencia o implantación incompleta de unidades estables», sostiene la Memoria.
En segundo término, la valoración policial del riesgo, como el Viogén, que es «un instrumento decisivo para la adopción de medidas de protección eficaces», que requiere más formación de los fiscales para el «manejo y análisis», algo que dice la Fiscalía General que se «ha intensificado» en el último año. «Una vez que se constata la existencia de un riesgo objetivo para la víctima, imponer al agresor las prohibiciones de aproximación y/o comunicación tiene como efecto prevenir la comisión de nuevos episodios violentos, otorgar seguridad a la mujer y a sus hijos e hijas menores».
Sólo en los casos considerados «más graves» se impone un dispositivo telemático al agresor o la prisión provisional. En 2025 se impuso el control electrónico en más de 2.000 casos. Cuando la condena es de trabajos en beneficio de la comunidad «plantea problemas, ya que en ocasiones los penados no la cumplen». Más de 10.000 peticiones de medidas preventivas fueron rechazadas por los juzgados.
Con unas denuncias por violencia sobre la mujer en aumento, con 2,6% más, también «han continuado incrementándose las denuncias por delitos contra la libertad sexual, particularmente en aquellos casos en los que las víctimas son menores de edad. Asimismo, (la Fiscalía) ha observado un aumento de las denuncias en los delitos de quebrantamiento de medidas cautelares y de condena».
En cuanto a las infracciones penales, el maltrato ocasional representa un tercio de los delitos condenados, lo que la hace «la manifestación más habitual en el ámbito de la violencia de género». Le sigue el quebrantamiento de medidas cautelares o condenas (23%) y los delitos de amenazas y maltrato habitual (7,7% y 6%). Una fotografía de lo que ocurre con la violencia de género.
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