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Recta final de la campaña de la Renta: sanciones y recargos por llegar tarde

Recta final de la campaña de la Renta: sanciones y recargos por llegar tarde
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Los contribuyentes que no presenten la declaración en plazo se enfrentan a multas en función del resultado del borrador. Hacienda abre ahora un periodo de revisiones hasta el 31 de diciembre. Leer
Declaración de la Renta 2025-26Recta final de la campaña de la Renta: sanciones y recargos por llegar tarde
  • DIEGO S. ADELANTADO
Actualizado 17 JUN. 2026 - 01:52Las multas pueden alcanzar el 150% de la deuda tributaria.

Los contribuyentes que no presenten la declaración en plazo se enfrentan a multas en función del resultado del borrador. Hacienda abre ahora un periodo de revisiones hasta el 31 de diciembre.

La campaña de la Renta de 2025 comienza su cuenta atrás. Los contribuyentes tienen menos de dos semanas, hasta el 30 de junio, para presentar en plazo la declaración de ingresos que obtuvieron el año pasado. De no hacerlo, pueden enfrentarse a sanciones económicas y otros recargos si el borrador tiene un resultado a favor del Fisco.

El mismo día también concluye el plazo para rectificar sin penalización una autoliquidación ya presentada mediante una declaración autorectificativa. Como el año pasado, Hacienda ha intentado impulsar la corrección voluntaria de errores mediante el envío masivo de cartas -hasta 300.000, según corroboran desde la Agencia Tributaria (AEAT)- durante la segunda mitad de la campaña a aquellos contribuyentes que han presentado el borrador con cambios respecto a la información de la que disponía el Fisco.

De cara a los días finales de la campaña, desde la Agencia Tributaria aconsejan revisar especialmente algunos aspectos de la declaración, como las deducciones autonómicas, los inmuebles y sus referencias catastrales, las circunstancias personales y familiares "si cambiaron en 2025" o las aportaciones a planes de pensiones, transmisiones o cuotas sindicales.

Sanciones y recargos

Las multas y recargos por presentar la declaración de la Renta fuera de plazo o con datos incorrectos varían en función de su resultado -si sale a pagar o devolver- y de la voluntariedad de la corrección de los contribuyentes.

Si la declaración sale a pagar, las sanciones varían entre el 1% de interés mensual en los casos en los que el contribuyente presenta el borrador voluntariamente (sin requerimiento previo de Hacienda) y hasta el 150% del total de la deuda cuando el Fisco haya emitido un requerimiento, cifra que se puede reducir hasta un 40% siempre que se acepte la sanción y se ingrese en el periodo voluntario de pago.

Por otro lado, cuando la declaración sale a devolver, desde la asesoría Taxdown recuerdan que las multas ascienden a 100 euros cuando el contribuyente la presenta voluntariamente o a 200 "si Hacienda ha emitido requerimiento". Estas sanciones podrían anular un resultado a favor del contribuyente, e incluso superar la cantidad que el Fisco debería abonar, por lo que conviene evitar descuidos y presentar el borrador antes del 30 de junio.

Periodo de revisiones

Aunque el plazo de presentación de la declaración de la Renta concluye en apenas dos semanas, Hacienda tendrá seis meses más, hasta el 31 de diciembre, para abonar el resultado de las autoliquidaciones con resultado a favor del contribuyente. Desde el 1 de julio, la Agencia Tributaria abrirá su tradicional periodo de revisiones, en las que cotejará los datos para comprobar que dicho resultado es correcto. Según explican los técnicos de Hacienda, las declaraciones más susceptibles de ser revisadas son aquellas "con cuantías elevadas, por encima del filtro", que el año pasado se situó en torno a 4.500 euros. Asimismo, y como en la campaña de 2025, el Fisco pondrá bajo la lupa las autoliquidaciones de la Renta de los contribuyentes que el pasado ejercicio vendieron un inmueble y no declararon ganancias patrimoniales; o los autónomos, que han tenido que incluir el resultado de la regularización de cuotas correspondiente a 2023.

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    Fuente original: Leer en Expansión
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