'El Pequeño Nicolás', en una imagen de archivo. Europa Press
Tribunales Suspenden la entrada en prisión de 'El Pequeño Nicolás' si no vuelve a delinquir en cuatro añosLa Fiscalía informó a favor de la suspensión de su entrada en la cárcel, después de que el Supremo rebajase a siete meses y medio de prisión la pena por revelación de secretos y a año y medio, la de cohecho.
Más información: El Supremo absuelve a 'El Pequeño Nicolás' pese a fingir ser del Gobierno en un viaje a Ribadeo en 2014
Javier Corbacho Publicada 7 julio 2026 11:01h Actualizada 7 julio 2026 11:23h Las clavesLas claves Generado con IA
Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como El Pequeño Nicolás, no entrará en prisión.
Ahora bien, no deberá volver a delinquir en los próximos cuatro años.
Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Madrid, en una resolución, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, que suspende su ingreso en la cárcel, pese a haber sido condenado a siete meses y medio de prisión por revelación de secretos y a año y medio más, como autor de un delito de cohecho.
El pasado 26 de marzo, en respuesta a un recurso de la defensa del joven, el Tribunal Supremo (TS)condenó a Gómez Iglesias, a las penas mencionadas, por acceder a información confidencial de bases de datos policiales.
De esta forma, el TS rebajaba la condena, de un total de cuatro años y tres meses, que le había impuesto previamente la Audiencia madrileña.
El Supremo absuelve a 'El Pequeño Nicolás' pese a fingir ser del Gobierno en un viaje a Ribadeo en 2014Ahora, este mismo órgano judicial acepta suspender el ingreso en prisión de El Pequeño Nicolás.
Además de no volver a delinquir durante cuatro años, el tribunal le impone el pago de una multa de 1.800 euros.
La Fiscalía informó a favor de la suspensión de su entrada en la cárcel.
Aunque la suma total de las penas supera ligeramente el límite ordinario de dos años , la Audiencia madrileña aplica el régimen excepcional (artículo 80.3 del Código Penal) basándose en que ninguna pena, de forma individual, rebasa esos 24 meses y debido a que los delitos fueron cometidos hace casi 12 años.
Gómez Iglesias no ha vuelto a delinquir desde entonces.
Rebaja del Supremo
El motivo por el cual el Supremo rebajó sustancialmente la condena a Gómez Iglesias fue la tardanza de dicha causa judicial. Por ello, el TS apreció una atenuante de dilaciones indebidas muy cualificada.
Como reprochó el máximo órgano judicial español, "la fase previa tardó en tramitarse casi diez años y otros tres las fases preparatorias y de juicio oral".
Ello "arroja un resultado concluyente: trece años de prolongación de la causa hasta sentencia", período excesivo que sirvió para que el Supremo apreciase dicha atenuante como muy cualificada.
Por otro lado, en mayo de 2024, el Supremo absolvió a Gómez Iglesias de los delitos de usurpación de funciones públicas y cohecho activo por los que sí le había condenado la Audiencia Provincial, por hacerse pasar por un enlace entre la vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real durante un viaje que hizo a Ribadeo (Galicia) en 2014.
En esa ocasión, la Sala Penal también estimó un recurso de la defensa del joven, que impugnó la condena de tres años de cárcel que le había impuesto la Justicia madrileña.
El Supremo estableció que no se produjo el delito de usurpación de funciones públicas porque El Pequeño Nicolás sólo realizó esta conducta en una sola ocasión, durante una comida con un empresario, en la que se hizo pasar por alto cargo del Gobierno.