La Audiencia de Málaga concluye que la antigüedad de los ejemplares y su función para proteger la privacidad de la finca no justifican el incumplimiento de las distancias recogidas en la ley
Regala esta noticia Añádenos en Google Los árboles deben respetar una distancia mínima con la linde. (SUR) 01/09/2026 a las 00:21h.Cuando compraron la vivienda en 2019, los árboles ya formaban parte del paisaje de la casa de al lado. Algunos se plantaron hacía más de ... 20 años. El problema era dónde, porque los cinco ejemplares crecían demasiado cerca de la linde que separaba ambas parcelas. Tres pinos de más de siete metros estaban junto a la zona de la piscina y varios cipreses alcanzaban los doce. Los primeros se situaban a unos 90 centímetros del muros; los otros, a 1,3 y a 1,7 metros del lindero. Ninguno respetaba los dos metros establecidos para los árboles altos.
Sin embargo, el conflicto, lejos de arreglarse fue a más y al final acabó en manos de la justicia. Ahora, la Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la obligación de «talar o trasplantar» los ejemplares que incumplen las distancias legales. La Sección Sexta ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Estepona, que ordenó retirar los árboles situados a menos de dos metros de la línea divisoria y los arbustos o árboles bajos que estén a menos de 50 centímetros. La actuación debe incluir la eliminación de raíces para impedir su rebrote.
Un acuerdo imposible
Antes de las denuncias intentaron llegar a un acuerdo, aunque sin éxito. Los propietarios afectados reclamaron que la vegetación fuera eliminada o trasladada hasta una ubicación que respetara las distancias y alturas permitidas. La sentencia, de noviembre de 2025 y consultada por este periódico, recoge un burofax remitido el 29 de julio de 2020 y correos electrónicos enviados al representante legal de los demandados. De nada sirvieron.
En el informe técnico aportado con la demanda, el perito concluyó que cinco árboles no respetaban los retranqueos establecidos por el Código Civil y tampoco las limitaciones comunitarias sobre altura y ubicación. Los demandantes sostenían asimismo que se incumplía la normativa urbanística aplicable.
Su principal argumento frente a la tala, sin embargo, era la antigüedad de los ejemplares. Los árboles estaban allí antes de que los demandantes compraran esta vivienda en Manilva, en septiembre de 2019. También cuestionó las mediciones del perito, negó que ocasionaran daños y defendió que había cumplido con su obligación de podarlos. Se negaba a eliminarlos porque llevaban plantados más de 20 años y contribuían a preservar la privacidad de la casa.