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¿Cómo se hereda el ahorro de un plan de pensiones?

¿Cómo se hereda el ahorro de un plan de pensiones?
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La fiscalidad de un plan de pensiones heredado no tributa por el Impuesto de sucesiones y donaciones sino como rendimiento del trabajo en el IRPF del beneficiario. Leer
AHORRO¿Cómo se hereda el ahorro de un plan de pensiones?
  • E. DEL POZO
Actualizado 13 JUL. 2026 - 00:00El plan de pensiones no se integra en la masa hereditaria. En la imagen, el ministro de Hacienda, Arcadi España.Carlos LujánEuropa Press

La fiscalidad de un plan de pensiones heredado no tributa por el Impuesto de sucesiones y donaciones sino como rendimiento del trabajo en el IRPF del beneficiario.

Heredar el ahorro colocado en un plan de pensiones puede plantear dudas importantes: quién puede cobrarlo, cómo tributa y cuál es la mejor manera de rescatarlo para evitar pagar más impuestos de los necesarios.

Cuando una persona fallece, los beneficiarios designados en su plan de pensiones tienen derecho a recibir los fondos acumulados.

Pero la tributación de esa cantidad es muy diferente al de una herencia ordinaria. El patrimonio de un plan de pensiones no tributa por el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), sino como rendimientos del trabajo en el IRPF del beneficiario.

Esto se traduce en que este ahorro no paga impuestos en el momento del fallecimiento, sino cuando el heredero decide rescatarlo, lo que le permite planificar el cobro y la tributación.

El dinero recibido se suma al salario, pensión y demás rendimientos del trabajo del beneficiario, integrándose en la base general.

Por tanto, su tributación final dependerá del tipo marginal que alcance, lo que puede elevar notablemente la carga fiscal si el rescate es elevado o si el heredero ya cuenta con otros ingresos.

El beneficiario no está obligado a rescatar el plan de pensiones inmediatamente después del fallecimiento.

El plan de pensiones no se integra en la masa hereditaria como un bien más. La entidad gestora pagará el importe acumulado a quienes figuren como beneficiarios designados por el titular.

Ese nombramiento, que puede realizarse en la suscripción del plan o en modificaciones posteriores, constituye el criterio preferente. Incluso si el testamento establece un reparto diferente, prevalece la designación más reciente.

Si no hubiera beneficiarios expresamente señalados, habrá que acudir a las propias especificaciones del plan, que suelen fijar un orden por defecto (habitualmente cónyuge, hijos y, en su ausencia, herederos legales). Solo cuando tampoco exista previsión estatutaria será necesario probar la condición de heredero mediante testamento o declaración de herederos.

Antes de rescatar el plan, el beneficiario puede decidir traspasarlo a otra entidad o a otro producto de previsión social equivalente (por ejemplo, a un fondo de pensiones distinto, a un plan de previsión asegurado o a un plan de previsión social empresarial). Esta operación no es un rescate y, por tanto, no genera tributación.

Esta movilización del ahorro colocado en el plan de pensiones de la persona fallecida puede resultar útil para unificar los derechos económicos heredados con otros ya existentes, mejorar la política de inversión o acceder a condiciones más ventajosas de gestión.

Una vez completado, el beneficiario tendrá completa libertad para elegir cuándo y cómo cobrarlos.

Una vez analizada y aprobada la documentación, la entidad financiera procederá a abrir un plan de pensiones a nombre de cada beneficiario y a situar el importe que les corresponde a cada uno (si sólo hay un heredero, será la totalidad).

Cuando un plan de pensiones tiene varios herederos, la entidad depositaria del producto repartirá el importe total entre los herederos según la voluntad del fallecido.

En el momento que se haya efectuado el reparto entre los herederos, cada uno puede decidir qué hacer con su parte independientemente del resto de herederos.

Por ejemplo, si hay tres herederos, uno podría elegir cobrar la totalidad de su parte de golpe, otro podría elegir cobrar su parte en forma de una renta mensual y el tercero podría escoger la opción de no rescatar y mantener el plan de pensiones hasta que decidiera rescatarlo en un futuro.

En estos casos, siempre hay que dirigirse a la entidad final donde se quiera llevar el plan de pensiones. Ella realizará todos los trámites ante la otra entidad para obtener el traspaso.

Aportar a un plan después de la jubilación

Los partícipes no están obligados a recuperar el dinero acumulado en su plan de pensiones al jubilarse.

No solo eso, sino que pueden continuar haciendo aportaciones a su plan de pensiones sin iniciar el cobro de las prestaciones de este producto.

Además, las aportaciones que se realicen siguen disfrutando del beneficio fiscal de este ahorro.

Es necesario, no obstante, cumplir algunos requisitos para extender el horizonte temporal de este ahorro.

En paralelo, el fondo de pensiones debe haberse contratado durante la vida laboral activa, o sea, antes de la jubilación.

También es obligatorio no haber realizado antes ningún rescate parcial y las aportaciones que se realicen se deben destinar a las contingencias de fallecimiento o dependencia.

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Fuente original: Leer en Expansión
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