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El Estado deberá pagar 254 millones a Endesa por dar luz a las islas

El Estado deberá pagar 254 millones a Endesa por dar luz a las islas
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El Supremo obliga a la Administración a indemnizar en el plazo de un mes a la eléctrica por los costes asumidos para garantizar el suministro eléctrico a los territorios que se encuentran fuera de la Península. Leer
EnergíaEl Estado deberá pagar 254 millones a Endesa por dar luz a las islasActualizado 20 MAY. 2026 - 00:39Central térmica de Endesa en Barranco de Tirajana (Gran Canaria).

El Supremo obliga a la Administración a indemnizar en el plazo de un mes a la eléctrica por los costes asumidos para garantizar el suministro eléctrico a los territorios que se encuentran fuera de la Península.

Duro varapalo judicial para la Administración General del Estado. El Tribunal Supremo ha ordenado el pago inmediato de 254,9 millones de euros a Endesa para compensar los "mayores costes de combustible" asumidos por la compañía eléctrica para garantizar el suministro eléctrico en Canarias y Baleares, según una resolución consultada por EXPANSIÓN.

En un auto fechado el 29 de abril, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dirige una crítica severa al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) por lo que califica como una "total pasividad" en la ejecución de las decisiones del alto tribunal y obliga a ejecutar el pago de este importe a Endesa en el plazo máximo de un mes, sumando intereses desde 2020.

El asunto deriva de los costes de garantizar el suministro eléctrico en Baleares y Canarias, que es más elevado que en la Península y, por ello, lleva asociada una regulación especial. En especial, los costes para las eléctricas se disparan cuando aumenta el precio del combustible, dado que buena parte de la luz en las islas se genera a partir de centrales de fueloil. Este tipo de pleitos entre las compañías y el Estado son recurrentes, pero en este caso la cifra es particularmente abultada.

Esta resolución llega tras una sentencia anterior, de julio de 2024, que declaró contraria a derecho una orden ministerial de 2022 que regulaba las subastas para el suministro de combustible en las centrales ubicadas en territorios no peninsulares. Aquella sentencia obligaba al Estado a reconocer a Endesa las diferencias retributivas en los costes de combustible y logística desde el 1 de enero de 2020, algo que no llegó a cumplir.

El auto del Supremo, del que ha sido ponente el magistrado Diego Córdoba Castroverde, pone de manifiesto que la Administración no realizó ninguna actividad enfocada a la ejecución de la sentencia original hasta casi un año después de ser dictada. Ante esta parálisis, el tribunal otorgó en diciembre de 2025 un "plazo prudencial" de tres meses para que el Ministerio cuantificara la deuda y aprobara la nueva regulación.

El Supremo denuncia que, una vez transcurrido este periodo de tiempo, el Miteco incumplió de nuevo sus obligaciones y achacó los retrasos a la necesidad de coordinarse con Red Eléctrica, el operador del sistema. Por ello, el alto tribunal urge ahora a efectuar el pago con carácter urgente.

Fuentes jurídicas destacan la contundencia de la resolución y explican que el único recurso que podría plantear el Estado es que el desembolso de esta cantidad supone un trastorno grave a la Hacienda Pública, aunque resulta altamente improbable que el Supremo acepte este argumento. Además del pago de la deuda, el tribunal obliga al Ministerio a dictar una nueva regulación del precio de referencia del gas natural para Canarias y Melilla en el plazo de un mes.

Informe pericial

El importe que deberá pagar la Administración surge de un informe pericial elaborado por EY y encargado por Endesa para cuantificar el impacto económico concreto de los mayores costes de combustible en los territorios no peninsulares. Ante la incapacidad o falta de voluntad del Estado para presentar sus propios cálculos, el Supremo ha dado pleno valor probatorio a la pericial de EY y confirma los 254,9 millones como la cantidad exacta a abonar.

La Abogacía del Estado trató de impugnar la validez de este informe, alegando que el recálculo de liquidaciones es competencia exclusiva de Red Eléctrica, pero el Supremo rechaza tajantemente este argumento y aclara que no puede permitir que la ejecución de una sentencia quede bloqueada indefinidamente al "arbitrio de la Administración ejecutada".

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Fuente original: Leer en Expansión
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