Miércoles, 29 de julio de 2026 Mié 29/07/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Economía

Guía de seguros para daños por incendios

Guía de seguros para daños por incendios
Artículo Completo 1,024 palabras
Las aseguradoras cubren los daños provocados por incendios forestales si los afectados tienen contratada una póliza que incorpore coberturas ante este tipo de contingencia. El Consorcio no interviene en estos daños. Leer
SegurosGuía de seguros para daños por incendios
  • MAMEN PONCE DE LEÓN
Actualizado 29 JUL. 2026 - 00:31Población afectada por el incendio forestal en Ávila.EFESeguir a Expansión en GoogleHaz que nuestras noticias aparezcan en tus búsquedas

Las aseguradoras cubren los daños provocados por incendios forestales si los afectados tienen contratada una póliza que incorpore coberturas ante este tipo de contingencia. El Consorcio no interviene en estos daños.

Con independencia de las ayudas que puedan aprobar las autoridades y otras entidades, las aseguradoras son las primeras encargadas de atender y costear los daños provocados por incendios forestales si los afectados tienen contratada una póliza que incorpore coberturas ante este tipo de contingencia. Es la condición básica.

  • ¿Ofrece alguna ayuda el Consorcio de Seguros? A diferencia de otras catástrofes extraordinarias, en este caso, el Consorcio de Compensación de Seguros, institución pública que se dota de las aportaciones de las aseguradoras, solo interviene para ofrecer cobertura a los daños físicos de quienes colaboran en la extinción de los incendios, en virtud de una póliza contratada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • ¿Qué sucede con el resto de daños? El resto de los deterioros que se produzcan, materiales o personales, corresponden a las compañías de seguros privadas. En los graves fuegos que están devastando la Comunidad de Madrid y las provincias de Ávila y Toledo, de hecho, Mapfre, Mutua, Occident y Allianz, entre otros grupos, ya han informado de que han activado dispositivos específicos para dar respuesta a los asegurados en estas zonas.
  • ¿Qué se hace si la aseguradora no contacta con el cliente? Si la compañía no se pone en contacto antes, será el tomador de la póliza el que debe notificar la situación.
  • ¿Qué cobertura hay que tener contratada para dar parte del siniestro? Los seguros que intervienen en este tipo de siniestros pueden ser de diversa naturaleza. El más habitual es el de multirriesgos, donde se incluyen los productos con garantías para el hogar, las comunidades de propietarios o las industrias y los comercios. Estas pólizas incorporan coberturas frente a incendio o para daños provocados por el humo. Desde la patronal del sector, Unespa, apuntan que adicionalmente pueden recoger los gastos derivados de la extinción del fuego y las tareas posteriores: retirada de enseres, desescombro, reposición de documentos públicos que se hayan destruido...
  • ¿Hay ayudas para alojamiento si la vivienda está inhabitable? Los seguros pueden contener cantidad de prestaciones particulares para circunstancias concretas. Entre ellas, la cobertura de inhabitabilidad, por la que cuando el dueño de una vivienda la pierde en un incendio puede reclamar a la aseguradora ayuda para buscar un alojamiento temporal. O la de pérdida de beneficios, en seguros de comercio o industrias, que compensa por la paralización de la actividad económica causada por el fuego. Para la activación de esta cobertura es imprescindible la existencia de un daño material directo cubierto por la póliza.
  • ¿Qué pasa con los vehículos? Además del seguro multirriesgos, el de autos también puede proteger ante los daños que el incendio pueda ocasionar. En la modalidad de a todo riesgo esta cobertura está integrada, pero en las de otro tipo es necesario consultar las condiciones del contrato.
  • ¿Qué ocurre si el incendio provoca víctimas? Si hay personas fallecidas y contaban con una póliza vida, la aseguradora habrá de indemnizar a los beneficiarios que hubiera designado el tomador. Y en el caso de los heridos con seguro de accidentes, recibirán las prestaciones pactadas.
  • ¿Hasta qué punto se hace cargo el seguro de todos los costes? En todos los supuestos las aseguradoras correrán a cargo de la factura de los daños producidos, pero los importes que pagarán nunca superarán el valor del bien destruido o del límite estipulado en el contrato. Esto es, no excederán el capital asegurado que se determinó en la póliza.
  • ¿Quién cubre los daños producidos en el campo? La afectación del fuego en las producciones agrícolas y ganaderas recae sobre el seguro agrario, gestionado por Agroseguro, que es la entidad en la que se agrupan todas las aseguradoras que ofrecen pólizas de este tipo. Desde esta organización afirman que la protección frente al riesgo de incendio está incluida dentro de la garantía básica de cualquier póliza agraria, y abarca daños en la producción y a la plantación y sobre las cabañas ganaderas. Si en las labores de extinción fuera necesario hacer cortafuegos preventivos, el perjuicio sobre los cultivos de cereal también está recogido.
  • ¿Qué ocurre si el incendio ha sido intencionado? Estas coberturas se prestan sin importar cuál haya sido el origen del fuego, especifica Agroseguro. Si ha sido intencionado, serán las aseguradoras las que después realizarán los trámites pertinentes para recuperar la indemnización otorgada. La investigación de la policía judicial para conocer los factores que han motivado el inicio y la propagación del incendio es clave para saber si este hecho puede dar lugar a que intervenga algún seguro de responsabilidad civil adicional.
GCO gana 439,4 millones, un 5,9% más, apoyándose en el impulso de OccidentLínea Directa gana un 19% más, con los nuevos clientes como palancaMapfre buscará más oportunidades tras la compra de Safety en EEUU Comentar ÚLTIMA HORA
Fuente original: Leer en Expansión
Compartir