Jueves, 25 de junio de 2026 Jue 25/06/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Política

La Audiencia de Valencia condena a siete años de cárcel al sobrino del ex consejero Rafael Blasco por amañar contratos sanitarios

La Audiencia de Valencia condena a siete años de cárcel al sobrino del ex consejero Rafael Blasco por amañar contratos sanitarios
Artículo Completo 1,038 palabras
Impone penas de entre 16 meses y siete años de prisión a él y a otros cinco acusados por delitos de prevaricación, blanqueo, cohecho y falsedad documental Leer

Los antiguos casos de corrupción con sello valenciano siguen sumando sentencias estos días. Tras la absolución del autodenominado "yonqui del dinero", Marcos Benavent, en una de las piezas del caso Taula, llega la condena para el sobrino de uno de los ex consejeros del PP que más poder acumuló durante años, Rafael Blasco. El ex director económico del Hospital General de Valencia Sergio Blasco ha sido condenado a siete años de cárcel y multas que suman más de dos millones de euros por amañar contratos sanitarios y cobrar comisiones ilícitas.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas que van desde los 16 meses hasta los siete años de prisión a seis acusados en el llamado caso Osvaldos. A todos ellos, incluido Sergio Blasco, se les condena por amañar la adjudicación de contratos sanitarios del Hospital General Universitario de Valencia y crear un entramado societario para cobrar comisiones por un importe de 1.022.628 euros.

La sentencia, que puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo, absuelve sin embargo a otros cinco encausados por falta de pruebas para unos hechos que ocurrieron entre los años 2005 y 2014.

Sergio Blasco, que ejerció a su vez como gerente del Consorcio Hospital General Universitario de Valencia (CHGUV) hasta 2014, era el principal acusado y ha sido también condenado a 19 años de inhabilitación para cargo público. La Sala le considera autor de delitos continuados de prevaricación administrativa, fraude en la contratación pública y cohecho en concurso con falsedad de documento mercantil, así como de un delito de blanqueo de capitales, aunque le absuelve de malversación y de negociaciones prohibidas a autoridad o funcionario público.

Para el Tribunal, ha quedado acreditado que Blasco, con la ayuda al menos de un jefe de área del CHGUV y de otros acusados, tejió un entramado societario para favorecer a algunas empresas con la adjudicación irregular de contratos sanitarios, cobrar comisiones y desviar fondos de unas mercantiles a otras en beneficio propio y de su entorno familiar.

Asimismo, generó la circulación de dinero mediante facturas falsas que no obedecían a operaciones reales, a fin de ocultar su procedencia ilícita. Con esos fondos, además, pagó a empleados. La sentencia considera probado que Blasco influyó hasta en tres empresas para que resultaran adjudicatarias de diversos contratos a cambio de comisiones que se canalizaban a través de otras sociedades sin actividad real mediante un sistema de facturación ficticio.

La Sala ha impuesto a los responsables de estas firmas -José María Brotón, Francisco José Escandell y Miguel Sanfélix- condenas de tres años y dos meses de cárcel, inhabilitación y multas como autores de delitos de prevaricación administrativa, blanqueo de capitales y cohecho y falsedad de documento mercantil. A todos ellos, como al propio gerente del Consorcio, la Audiencia aplica la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.

Los últimos dos condenados por esta causa son Gisela Amparo Samudio y José Luis Sánchez, que eran administradores de sendas empresas y han sido condenados a un año y cuatro meses de prisión por delitos de blanqueo, cohecho y falsedad documental, con la concurrencia en ambos casos de las atenuantes de dilaciones indebidas y también de reparación del daño y confesión tardía.

Además de desviar dinero público para enriquecerse y sufragar gastos particulares, la resolución judicial declara probado que el gerente del CHGUV participó en proyectos de construcción de hospitales en el extranjero, pese a tener un contrato de alta dirección con dedicación exclusiva.

El cobro de algunas de las comisiones, según señala el tribunal, "se enmascaraba con la suscripción de contratos y facturación ficticia o con la programación de cursos de formación en el Hospital General" que no llegaban a impartirse, después de que Blasco solicitara contribuciones a empresas farmacéuticas con las que a su vez suscribía contratos de patrocinio.

Además del cobro de más de un millón en comisiones, la Sección Primera de la Audiencia de Valencia ha declarado probado que el gerente del Consorcio usó el entramado societario diseñado, que incluye una quincena de mercantiles, para sufragar sus gastos particulares y de personas afines por un valor total de 529.218 euros.

Ese dinero lo destinó a un contrato de renting para un coche, abonos VIP para varias temporadas del Valencia Basket, viajes al extranjero o a sufragar cursos para su mujer y gastos personales de su hijo. De hecho, muchos de esos viajes tenían como pretexto la realización de actividades de cooperación internacional o de publicidad institucional y fueron abonados por empresas del sector sanitario, aunque los magistrados matizan que no consta que todos ellos fueran el resultado de la comisión de un delito.

Además, tal y como acredita la sentencia, Blasco ingresó en una cuenta bancaria de su titularidad 250.000 euros correspondientes a dos décimos premiados de la Lotería Nacional o amortizó préstamos particulares.

Pero la Audiencia no considera probada la comisión de un delito de malversación de caudales públicos porque entiende que no se ha constatado un daño patrimonial a la Administración, al no haberse acreditado que los bienes y servicios de las contrataciones irregulares no fueran prestados de forma efectiva. Y a la misma conclusión absolutoria llega con respecto al delito de negociaciones prohibidas a funcionarios y autoridades.

Por otro lado, la Sala justifica la absolución de cinco de los acusados porque no hay pruebas de su participación en la trama delictiva. Alude a que tres de esos encausados -uno de ellos hermano de Sergio Blasco- eran meros testaferros del principal condenado, si bien no se ha acreditado que conocieran sus actividades ni se lucraran tampoco con ellas.

La sentencia acuerda el decomiso de 1.028.361 euros, de cuyo pago deberá responder el antiguo gerente del Consorcio y, de forma solidaria, en determinadas cantidades según su participación en los hechos, los otros cinco condenados.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
Compartir