«La reiterada apertura de informaciones reservadas exclusivamente respecto de aquellos funcionarios que desarrollaban investigaciones de especial trascendencia, coincidiendo temporalmente con actuaciones procesales particularmente sensibles y carentes de una verdadera justificación disciplinaria, puede constituir un indicio especialmente significativo de que la finalidad real perseguida no era la depuración de eventuales responsabilidades administrativas, sino la generación de un efecto intimidatorio destinado a condicionar el desarrollo de las investigaciones. En otras palabras, el expediente disciplinario dejaría de ser el objeto de valoración para convertirse en el instrumento empleado para ejercer la intimidación».
Así lo indicó la Fiscalía Anticorrupción y lo asumió el magistrado de la Audiencia NacionalSantiago Pedraz al imputar ayer a la directora general de la Guardia Civil, Mercedes González, y al director adjunto operativo (DAO) del cuerpo, Manuel Llamas, por los delitos de prevaricación continuada y obstrucción a la Justicia en la causa de las cloacas del PSOE.
La investigación judicial tendrá que determinar si los imputados buscaron «el efecto desaliento» contra la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil derivado de «la utilización abusiva de la potestad disciplinaria como forma de intimidación institucional».
La sospecha de la Audiencia Nacional es que las informaciones reservadas que ordenó abrir la directora de la Guardia Civil, y ejecutó el DAO contra miembros de la UCO, fue empleada como «un mecanismo de presión dirigido a condicionar el ejercicio de las funciones de policía judicial» en las causas de corrupción que afectan al Ejecutivo, el PSOE y el entorno familiar del presidente Pedro Sánchez.
González y Llamas deberán declarar el próximo 16 de julio en calidad de investigados «al existir en la causa indicios de responsabilidad de los mismos en hechos que, prima facie, sin perjuicio de lo que resulte de la posterior instrucción de la causa, podrían presentar los caracteres de delito».
El juez Pedraz, de la mano de Anticorrupción, investiga las maniobras de la ex militante del PSOE Leire Díez, quien a sueldo del partido, planeó que se investigara a la UCO por posibles filtraciones en las causas que afectaban al Gobierno y a la familia del presidente. De la instrucción judicial se desprende que la denominada fontanera, bajo las órdenes del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán, trazó un plan para que se abriera una investigación interna a miembros de la UCO con el objetivo de amedrentarlos y disuadirlos de seguir investigando la corrupción socialista.
Para llevar a cabo ese plan, Leire Díez -que anotó en su agenda «Investigación interna G.C. para filtraciones»- aprovechó su cercanía a la directora de la Guardia Civil, quien decidió abrir esas informaciones reservadas contra la unidad de élite del Instituto Armado en la lucha contra la corrupción. Se abrieron tres expedientes internos señalando a miembros de la UCO por supuestas filtraciones que no procedían de este departamento.
En su escrito de solicitud de imputación, la Fiscalía expone la repercusión que eso podía tener en los investigadores: «La apertura sucesiva de informaciones reservadas frente a los integrantes de una unidad policial encargada de investigaciones penales de especial trascendencia posee una evidente capacidad para generar un efecto desaliento sobre el ejercicio independiente de las funciones de policía judicial. La presión no se agota en el perjuicio que cada expediente pueda ocasionar al funcionario directamente afectado, sino que proyecta un mensaje institucional hacia el conjunto de la unidad investigadora: el desarrollo de determinadas líneas de investigación puede acarrear consecuencias disciplinarias para quienes las impulsen».
El departamento que dirige el fiscal de Sala Alejandro Luzón solicitó las imputaciones de González y Llamas después de que dos ex responsables de la UCO, Rafael Yuste y Alfonso López Malo, ratificaran la semana pasada ante el juez que les indicaron que debían «ponerse de perfil» en investigaciones como la del hermano del presidente del Gobierno. La directora de la Guardia Civil y el DAO son citados como imputados «a fin de salvaguardar su derecho a no declarar, no confesarse culpable y los demás que le amparan en dicha posición, y no en la que se otorga a los testigos».
Según ha desvelado la investigación judicial, Mercedes González se reunió dos veces con la fontanera del PSOE, pese a haberlo negado en un primer momento la propia directora de la Guardia Civil y el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska.
Los generales Yuste y López Malo negaron que González les convocara tras estallar el escándalo y les comunicara los contactos que había mantenido con Leire Díez.
Así, en sus declaraciones judiciales ante el juez Pedraz, los ex responsables de la UCO echaron por tierra la explicación que González dio en su comparecencia en el Senado ya que la directora de la Guardia Civil negó en la Cámara Alta que fueran ciertas las indicaciones de su DAO sobre el caso del hermanísimo y aseguró que había informado a los mandos de que conocía a Leire Díez.
Sobre este extremo, Anticorrupción recalcó que «en nota de prensa de la Directora General de la Guardia Civil y en su comparecencia ante el Senado el 16 de junio de 2026, reconoció al menos dos encuentros, sin determinar duración, fecha ni contenido que, hasta entonces, eran desconocidos en el ámbito de dicha Unidad Central Operativa, como ahora se expondrá, según manifestaciones de los testigos que hasta la fecha han declarado en las actuaciones (todos ellos generales de la más alta responsabilidad en el ámbito de estas actuaciones, subordinados directos del DAO)».
La Audiencia considera que «la utilización instrumental de expedientes disciplinarios como mecanismo de presión sobre los investigadores policiales puede integrar el delito de obstrucción a la Justicia del artículo 464.1 del Código Penal». Este artículo sanciona a quien, «con violencia o intimidación, intentare influir directa o indirectamente en quien sea denunciante, parte o imputado, abogado, procurador, perito, intérprete o testigo en un procedimiento para que modifique su actuación procesal».
Se trata de «garantizar el normal funcionamiento de la Administración de Justicia mediante la protección de la libertad de actuación de quienes intervienen en un procedimiento judicial, evitando que ésta pueda verse alterada por cualquier forma de presión ilícita», en palabras de las fiscales Anticorrupción.
Por su parte, el delito de prevaricación castiga el dictado de resoluciones «arbitrarias» y «manifiestamente injusta» dictadas en contra del interés público.
Por último, el magistrado Santiago Pedraz rechazó ayer citar como investigado al anterior director de la Guardia Civil, Leonardo Marcos, en esta causa al no apreciar indicios de delito.