Lois primeros 40.000 euros de ganancia estarán exentos fiscalmente, mientras que a partir de este importe deberán tributar al 20%.
Como cada año, el próximo 22 de diciembre se celebrará el Sorteo Extraordinario de Navidad. Se trata de una ocasión especial para muchos, que no escapa a los ojos del Fisco.
Por ello, desde el Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas (CGE) recuerdan que la tributación de los premios se mantendrá invariable en esta edición: los primeros 40.000 euros de ganancia estarán exentos fiscalmente; mientras que, a partir de este importe, deberán tributar al 20%. De esta forma, "si se obtiene el premio gordo, de 400.000 euros, sólo quedarán 360.000 sujetos a impuestos. El 20% sobre esta cantidad resulta en 72.000 euros que serán recaudados por Hacienda, por lo que los ganadores recibirán 328.000 euros por décimo", explica a EXPANSIÓN su secretario técnico, Rubén Gimeno.
Teniendo en cuenta el importe de los premios, sólo el primero, el segundo y el tercero estarán sujetos a tributación. A partir del cuarto, que asciende a 40.000 euros por décimo -exactamente la cantidad exenta-, "se considera todo libre de impuestos", aclara Gimeno, por lo que no habría que tributar por estas cantidades.
Sobre el mecanismo de recaudación del impuesto sobre los premios de la Lotería de Navidad, los fiscalistas señalan que son o bien los loteros o las entidades bancarias donde se depositen los importes los encargados de retener y abonar a Hacienda los impuestos correspondientes, "por lo que al ganador ya recibe el importe neto y no tiene que presentar ninguna liquidación ante la Agencia Tributaria".
Además, los premios del Sorteo Extraordinario de Navidad "no están sujetos a tributación en el IRPF", como sí ocurre en el caso de otro tipo de sorteos o ganancias del juego, que deben incluirse en la declaración de la Renta. Esta misma fórmula también aplican en el caso del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR), donde "los premios obtenidos por contribuyentes sin mediación de establecimiento permanente sólo podrán ser gravados por este gravamen especial", del 20%, señalan desde la Agencia Tributaria.
Como aclara la propia AEAT en su sede electrónica, los límites exentos de tributación aumentaron progresivamente desde 2018, pasando de los 2.500 euros para juegos celebrados antes del 5 de julio de 2018 hasta los 40.000 euros establecidos para los sorteos celebrados a partir del 1 de enero de 2020. Por tanto, llevan cinco años sin actualizarse.
¿Cuánto gana el Estado con la Lotería de Navidad?
Además de la tributación de los primeros, segundos y terceros premios, el Estado recauda el 30% de la venta de billetes del Sorteo de Navidad. Para la edición de este año, Loterías y Apuestas del Estado ha lanzado una misión de 198 series (cinco más que en 2024) de 100.000 números, lo que eleva el valor total de emisión a 3.960 millones de euros, 100 millones más que los 3.860 millones emitidos el año pasado. Por tanto, las arcas públicas ingresarán, en caso de conseguir vender todos los décimos, 1.188 millones de euros.
A esta cantidad habría que sumar los ingresos obtenidos por la tributación de los premios, que se mantiene estable respecto a ediciones anteriores. En caso de que todos los décimos del primer, segundo y tercer premio hayan resultado vendidos, Hacienda ingresará 168,3 millones de euros, elevando los ingresos totales del Estado por el Sorteo Extraordinario de Navidad hasta los 1.356,3 millones de euros.
Esta edición del Sorteo Extraordinario de Navidad podría ser la última en la que el precio de los décimos sea de 20 euros por unidad, después de que el gremio de loteros haya solicitado que se incrementen al menos hasta los 25 euros, a cambio de "que el premio también sea mayor". Una cuestión que podría afectar a su fiscalidad, lo que todavía es una incógnita.
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