Martes, 14 de abril de 2026 Mar 14/04/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Economía

El TJUE allana el camino a que España tenga que convertir en fijos a los más de 800.000 interinos

El TJUE allana el camino a que España tenga que convertir en fijos a los más de 800.000 interinos
Artículo Completo 891 palabras
El tribunal con sede en Luxemburgo no obliga al país, pero determina que las medidas para compensar el abuso de la temporalidad no son acordes al derecho europeo, lo que deja la conversión en fijos como la única vía para cumplir. Leer
ECONOMÍAEl TJUE allana el camino a que España tenga que convertir en fijos a los más de 800.000 interinosActualizado 14 ABR. 2026 - 10:39Sede del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El tribunal con sede en Luxemburgo no obliga al país, pero determina que las medidas para compensar el abuso de la temporalidad no son acordes al derecho europeo, lo que deja la conversión en fijos como la única vía para cumplir.

España no está obligada a hacer fijos a los alrededor de 800.000 empleados públicos que mantiene en situación de interinidad, pero esa podría ser su única vía para cumplir con el derecho europeo en materia laboral. Así lo establece la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) publicada hoy y en la que valora la situación en la que se encuentran los trabajadores interinos en España que sufren la concatenación de contratos temporales.

La justicia europea se muestra en línea con las consideraciones del abogado general, publicadas el pasado año, y considera que "el acuerdo marco europeo no impone a los Estados miembros una obligación general de transformar en contratos por tiempo indefinido los contratos de trabajo de duración determinada".

Sin embargo, sostiene que "una normativa nacional que, en el sector público, prohíbe transformar en contrato de trabajo por tiempo indefinido una sucesión de contratos de duración determinada, debe prever medidas efectivas para evitar y, en su caso, sancionar la utilización abusiva".

Y la normativa española no lo hace. El TJUE carga contra las tres medidas que ha introducido el país para compensar a los interinos en situación de abuso de temporalidad. Para el alto tribunal, la figura del "indefinido no fijo", al que se mantiene en el puesto de trabajo hasta que la administración pública realice el proceso de selección correspondiente para encontrar el reemplazo por las vías adecuadas, "no es una sanción válida porque mantiene la precariedad del trabajador".

Además, las indemnizaciones tasadas (como las del pago de 20 días por año) "no son suficientemente disuasorias ni reparan el daño íntegramente", pues el afectado podría finalizar su vínculo laboral por otras cuestiones como la jubilación y perder la compensación del daño. Por último, el TJUE tampoco avala los procesos de estabilización, exámenes de oposición en los que prima más la experiencia para bonificar a estos trabajadores que llevan tiempo concatenando contratos.

"La valoración de la experiencia previa en estos procesos no se limita exclusivamente a las víctimas del abuso, sino que se extiende a cualquier trabajador temporal, por lo que no tiene un carácter reparador específico para quien ha sufrido la temporalidad abusiva", critica el TJUE.

La invalidación de las medidas españolas para compensar a los afectados por el abuso de la temporalidad deja a España prácticamente sin otra opción que hacer fijos a sus interinos al establecer que "la estabilidad en el empleo es un componente primordial de la protección de los trabajadores" por más que no se imponga desde Luxemburgo una cláusula automática de conversión.

El TJUE, eso sí, determina que la decisión última de la interpretación del derecho interno corresponde a los tribunales españoles. Si el juez determina que ha habido abuso y que no hay ninguna otra medida en la ley española que cumpla con los requisitos de ser "proporcionada, disuasoria y efectiva", debería acordar la fijeza para eliminar las consecuencias del incumplimiento del derecho de la UE.

El pronunciamiento del alto tribunal llega después de que el Tribunal Supremo español elevara la cuestión para entender si la jurisprudencia española estaba sancionando adecuadamente el uso abusivo de contratos temporales sucesivos en la administración pública.

El proceso judicial parte de una trabajadora que desempeñó funciones de cuidadora de niños desde marzo de 2016 en un centro educativo público dependiente de la Comunidad Autónoma de Madrid. Su relación laboral se basaba en seis contratos sucesivos de interinidad, todos ellos destinados a cubrir una vacante o a sustituir a un trabajador y sus representantes exigían a la justicia que se le concediera la consideración de fija.

La UE sella con Australia su cuarto mayor acuerdo comercial tras casi ocho años de negociacionesBloqueo total a la jubilación parcial de más de 6.000 empleados públicos de la AdministraciónDel jamón de Guijuelo al turrón de Jijona: el pacto UE-Australia blinda 35 artículos españoles Comentar ÚLTIMA HORA
Fuente original: Leer en Expansión
Compartir