- DANIEL ÁLVAREZ
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Si el conductor no se conforma con las multas, tiene la opción de presentar alegaciones ante la DGT.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha confirmado que no existe un límite de a cuántas multas se puede enfrentar un conductor. Sin embargo, existen condiciones sobre la comisión de los mismos hechos de forma continuada y cuando las infracciones se cometen al mismo tiempo.
¿Cuáles son los detalles de la ley?
El artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público establece ciertas normas sobre el principio de proporcionalidad. El artículo 29.6 explica que será sancionable como infracción continuada si alguien comete una pluralidad de ellas que infrinjan el mismo precepto. Es decir, si alguien comete dos o más transgresiones en una serie continuada bajo una misma situación, solo se multará la infracción principal.
Asimismo, el principio jurídico "non bis in idem", que se traduce como 'no dos veces por lo mismo', determina que alguien no puede ser multado dos veces por la misma acción. Si un conductor se encuentra en una situación en la que comete la misma infracción dos veces al mismo tiempo, puede argumentar que solo debe ser multado una vez. De todos modos, dependerá de las condiciones específicas de sus circunstancias.
¿Se ha multado dos veces por la misma infracción?
Aunque la ley determina ciertos criterios para evitar la duplicación de multas para las mismas infracciones, existen ocasiones en las que se pueden establecer dudas. Según las páginas web de 'HuffPost' y 'Racing.nl', un conductor en Hungría se enfrentó a dos multas en un intervalo de 40 minutos por cometer dos hechos muy similares. El conductor registró una velocidad de 66 y 67 kilómetros por hora, de ida y vuelta respectivamente, cuando el límite de velocidad era de 50 kilómetros por hora.
Las autoridades húngaras le multaron dos veces, determinándolo como infracciones independientes, y las sanciones se acumularon a 100.000 florines húngaros (alrededor de 280 euros). Como el viaje era de ida y vuelta, si las circunstancias ocurriesen en España, sería posible que la DGT estuviese justificada en multar al conductor por cada acción individual. Aunque el conductor está cometiendo la misma transgresión, los hechos son diferenciables porque se han cometido en dos actos totalmente separados.
¿Cuándo se consideran las multas independientes?
De todos modos, aunque no se puede multar varias veces por el mismo hecho, si las condiciones de las infracciones implican que son sucesos separados y únicos, se podría multar por cada uno. Además, el artículo 64.4 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece que se puede perder un máximo de 8 puntos en el permiso de conducir en un día, salvo que se cometan ciertas infracciones "muy graves".
Por otra parte, podrían existir situaciones en las que los radares crean errores al registrar la velocidad de los conductores por fallos técnicos. En este caso, el conductor podría ser injustificadamente multado dos veces por la misma transgresión, dado que el sistema realiza un registro duplicado.
¿Cómo se pueden recurrir las multas?
La DGT establece un sistema para que los conductores presenten alegaciones para las multas, si no están de acuerdo con ellas. El conductor debe presentarlas durante un plazo de 20 días naturales desde el día en que recibió la notificación de la multa. Sin embargo, si el conductor realiza el pago de la multa con el descuento del 50%, renunciará a su derecho a presentar alegaciones.
Adicionalmente, si el conductor interpone una alegación, perderá el derecho de pagar la multa con la reducción del 50%. Esto significa que, en el caso de que la resolución sea desfavorable para el conductor, tendrá que pagar el 100% de la multa. Si el conductor no se conforma con la resolución, puede presentar un recurso potestativo de reposición un mes después de recibir la notificación de la resolución.
Finalmente, si el conductor no ha pagado el 100% de la multa dentro del plazo determinado, el expediente pasará a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT). En este caso, la AEAT aplicará un 20% de recargo a la multa principal. El conductor tendrá también la opción de llevarlo a los tribunales con un abogado y un procurador si aún opina que la multa no está justificada.
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