Wednesday, 10 de December de 2025
Economía

Los técnicos de Hacienda explican cómo ahorrar 3.370 euros de IRPF antes de fin de año

Los técnicos de Hacienda explican cómo ahorrar 3.370 euros de IRPF antes de fin de año
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Los técnicos de Hacienda explican cómo reducir hasta en 3.370 euros la factura del IRPF antes de fin de año ya con vistas a la próxima declaración de la Renta de 2025 que se liquidará la próxima primavera de 2026. El ahorro para quienes ingresan más de 600.000 euros al año llegaría a los 90.777 euros, mientras que para los que ganan menos de 21.000 euros alcanza los 1.806 euros. Leer
Declaración de la Renta 2025-26Los técnicos de Hacienda explican cómo ahorrar 3.370 euros de IRPF antes de fin de año 9 DIC. 2025 - 10:40Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2022, en la Administración de Hacienda de Montalbán el pasado 1 de junio de 2023, en Madrid.Carlos Luján / Europa PressEXPANSIÓN

Los técnicos de Hacienda explican cómo reducir hasta en 3.370 euros la factura del IRPF antes de fin de año ya con vistas a la próxima declaración de la Renta de 2025 que se liquidará la próxima primavera de 2026. El ahorro para quienes ingresan más de 600.000 euros al año llegaría a los 90.777 euros, mientras que para los que ganan menos de 21.000 euros alcanza los 1.806 euros.

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) aconsejan aprovechar la recta final del año para ahorrar hasta 3.370 euros más en la próxima declaración de la Renta, y recuerdan que este año se mantiene la disminución del incentivo de planes de pensiones individuales; a cambio, se favorecen los planes de previsión empresarial. Creen, además, que pueden prorrogarse las deducciones por compra de vehículo eléctrico y las de mejora de la eficiencia energética que finalizan el 31 de diciembre.

"Las mayores ventajas fiscales se concentran en los contribuyentes con mayores ingresos y patrimonios", señalan. "De esta manera, mientras que las personas con ingresos superiores a los 600.000 euros al año podrán maximizar las ventajas fiscales adicionalmente en 90.777 euros, para las personas con rendimientos anuales inferiores a 21.000 euros el aumento de sus ventajas fiscales llega a los 1.806 euros. Para los de menores ingresos las posibilidades de deducir son prácticamente inexistentes".

"Las personas que declararon ingresar más de 60.000 euros fueron el 5,6% de los declarantes, pero acumularon el 22,2% de las deducciones en cuota, ahorrándose 848,5 millones en la declaración de 2023", ahondan en un comunicado en el que resumen en un documento con 11 consejos para ahorrar la factura fiscal.

"En cambio, los contribuyentes con menores rentas suelen aprovechar las deducciones al alquiler autonómicas o la estatal transitoria, si el contrato de alquiler es anterior a 2015, pero en la práctica estas deducciones no operan por la ausencia o la baja cuantía de sus retenciones.

Los Técnicos de Hacienda estiman así el ahorro adicional en las cuatro reducciones y deducciones más importantes: por aportaciones extraordinarias a planes de pensiones (809 euros de media); por el aumento de deducción adquisición de vivienda habitual (637 euros), aumento de deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas (1.568) y aumento de deducción por inversión en una nueva o reciente empresa (355). Con la suma de todas ellas se puede llegar a un ahorro fiscal medio en el IRPF de 3.370 euros.

Ello supone una inversión adicional media necesaria antes de final de año de 2.193 euros en planes de pensiones; 4.247 euros en compra de vivienda habitual; 3.763 euros en obras de eficiencia energética y 700 euros por inversión en empresas de nueva o reciente creación.


1.- Medidas para prevenir el fraude fiscal empresarial: Bizum, tarjetas de crédito o débito

Como principal novedad a partir del 1 de enero de 2026, la AEAT contará con la información mensual suministrada por las entidades de pago o de dinero electrónico, incluidas las entidades extranjeras que prestan servicios en España, de los pagos a empresarios y profesionales residentes adheridos a sistemas de gestión de cobros con cualquier tipo de tarjetas, incluidos los sistemas de cobro asociados a un número de teléfono móvil, como Bizum.

De esta forma, se suprime el umbral anual neto de 3.000 euros en dichos cobros, aunque se mantiene en las cuentas, que se facilitará en la última declaración mensual de cada año.

Finalmente, se añade una nueva obligación informativa anual de las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas, con la que se obtendrá la información del importe anual de los abonos, cargos, recargas o retiradas en efectivo y operaciones de gasto en establecimientos, salvo que los cargos y abonos en el año no superen los 25.000 euros.

2. Comprar antes de fin de año un coche eléctrico o instalar un sistema de recarga de baterías puede desgravar hasta 3.000 euros

El pasado día 3 de este mes de diciembre, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presentó el Plan España Auto 2030, que incluye el Plan Auto+ con 400 millones de euros en 2026 para ayudas directas a la compra de vehículos eléctricos puros e híbridos enchufables, entre otras ayudas para puntos de recarga en las carreteras y al sector, previendo la prórroga de las deducciones vigentes.

Estas ayudas serán gestionadas por el Gobierno central, en vez de por las comunidades autónomas, para garantizar una mayor velocidad en la gestión y en los pagos.

De momento, el Gobierno no ha adelantado una prórroga para 2026 de estas deducciones fiscales, por lo que hasta la fecha, se podrán deducir el 15% del valor de compra si adquieres un vehículo eléctrico nuevo (turismos o motos) antes del 31 de diciembre de 2025, o bien si se realiza una entrega a cuenta mínima del 25% del valor de adquisición también antes de dicha fecha. En este último caso, el pago restante de la compra se debe realizar antes del final del segundo año posterior al del pago a cuenta, antes de 31 de diciembre de 2027.

En caso de compra, la deducción del 15% del valor de compra incluidos gastos e impuestos, y excluidos los importes de las ayudas públicas que perciba (por ejemplo, MOVES III) está limitado a una base máxima de 20.000 euros y se aplica en el año en que se matricula.

La deducción se aplica a vehículos eléctricos 'enchufables' y de pila de combustible de uso particular, que no se afecten a actividades económicas, y que cuesten hasta el máximo fijado en el plan MOVES III, que en el caso de turismos es de 45.000 euros (53.000 euros para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) y estarán vigentes desde el 30 de junio de 2023 hasta finales de 2025.

También el contribuyente puede desgravar el 15% de la inversión de la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en un inmueble de su propiedad, realizada igualmente entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2025. No se permite que esta desgravación afecte a una actividad económica y no puede pagarse en metálico. La deducción se practica en el año en que finaliza la instalación y la base máxima es de 4.000 euros, descontadas las ayudas públicas.

Conviene no olvidar que la ayuda del Plan Moves III (con o sin achatarramiento) se tiene que sumar a los rendimientos declarados en el IRPF.

Gestha señala que, probablemente, esta sea la deducción menos equitativa de las que están vigentes, pues, salvo en los casos de pago aplazado, esa deducción máxima no podrán aprovecharla en su totalidad las personas con rendimientos por debajo de 24.042 euros (la mediana de los ingresos; es decir, el 50% de los contribuyentes cobran por debajo de esa cifra).

Además, salvo que el contribuyente posea ahorros, será difícil que alguien con esos ingresos pueda comprar un coche eléctrico, incluso con pago aplazado del 75% restante si tiene que desembolsar un mínimo de 19.600 euros en el segundo año. Tampoco es fácil que una entidad bancaria le financie con ese bajo nivel de rentas.

3. Deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas

De las tres deducciones, vigentes desde el 6 de octubre de 2021 con carácter temporal de 2021 a 2024, para obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas se mantiene este año una de ellas. Se trata de la deducción por obras de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial.

Esta deducción se aplica un año más que las anteriores, de 2021 a 2025, y es la mayor de todas con una deducción del 60% sobre 5.000 euros anuales, hasta un máximo total de 15.000 euros acumulados que se pueden deducir en los cuatro ejercicios siguientes. Debe tratarse de obras de mejora de la eficiencia energética del edificio que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable o mejore la calificación energética a una clase energética «A» o «B». Las obras no se pueden pagar en efectivo.

Pueden aplicarse en las viviendas, plazas de garaje y trasteros que sean de tu propiedad y que se encuentren en edificios de uso predominante residencial. No da derecho a la deducción la parte de la vivienda que esté afecta a actividades económicas.

Los técnicos de Hacienda recuerdan que hay que obtener el certificado de eficiencia energética tras la finalización de las obras antes del 1 de enero de 2026.

Continúa en 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales

Habitualmente, en los últimos meses del año conviene hacer aportaciones a los planes de pensiones o a los planes de previsión asegurados para lograr un ahorro fiscal en la declaración de la Renta del próximo año.

Aunque Gestha señala que el Gobierno limitó las aportaciones a planes de previsión individuales, mientras apuesta por los planes de previsión empresariales. En este sentido, recuerdan que la aportación máxima a los planes individuales bajó de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021 y a 1.500 euros en 2022, que se mantienen en 2023 a 2025.

No obstante, el límite anterior se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a unos límites basados en la contribución empresarial, que será distinto en caso de planes sectoriales o planes de pensiones de empleo simplificados. Se recomienda, pues, aprovechar la recta final del año para hacer aportaciones hasta agotar el límite.

Según contabiliza Gestha, conforme aumenta la renta declarada se benefician un número creciente de personas de esta desgravación, de forma que entre el 39% y el 44% de los declarantes que ingresan más de 60.000 euros se acogen a este incentivo, que puede representar un ahorro del 49% de la aportación al Plan de Pensiones a las personas con ingresos por encima de 300.000 euros al restar de la base imponible y disminuir la progresividad de los ingresos ordinarios.

Si bien la regresividad de la reducción de las aportaciones a planes de pensiones en la base imponible disminuyó cuando se redujo el límite de la inversión, los técnicos de Hacienda creen que, a igualdad de importes invertidos, la ventaja fiscal para las rentas más altas aumentó al incrementarse en 2021 y en 2025 el tipo marginal en 2 puntos sucesivamente en cada uno de esos dos años para las rentas de más de 300.000 euros, por lo que su ahorro fiscal supera en el 160% al de las rentas medias, y casi en el 260% al ahorro de las rentas más modestas.



También hay que recordar que a partir de 2025, se podrá rescatar el dinero depositado en un plan de pensiones siempre que hayan pasado más de 10 años desde que se realizaron las aportaciones al plan, sin condiciones, en lugar de tener que esperar a que se produzca alguna de las contingencias establecidas por la normativa, ya sean ordinarias tales como jubilación, incapacidad, gran dependencia o fallecimiento, o excepcionales como enfermedad grave, desempleo de larga duración o rescate a los diez años

A los contribuyentes que en 2025 que vayan a disponer del importe de sus derechos consolidados por alguna de las contingencias señaladas, Gestha recomienda pedir a la gestora del fondo que certifique los derechos consolidados referidos a las aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006, de forma que si una persona se jubila en 2025 tiene hasta 31 de diciembre de 2027, para rescatarlos en forma de capital aplicando una reducción del 40% de su importe (50% en caso de personas con discapacidad en los fondos constituidos a su favor).

Gestha advierte del elevado coste fiscal de rescatar el Plan de Pensiones en forma de capital en relación a las aportaciones posteriores a 31 de diciembre de 2006, ya que actualmente no se mantienen la reducción del 40% (o 50%).

A este respecto hay que señalar que la Dirección General de Tributos aclara el criterio de la doble aplicación de la reducción del 40% en planes de pensiones por las disposiciones anticipada y por jubilación. Así establece que la jubilación es una contingencia distinta de los supuestos excepcionales de disposición de derechos consolidados de los planes de pensiones. Por tanto, si posteriormente se percibiera la prestación por jubilación del plan de pensiones en forma de capital, resultaría aplicable la reducción del 40% rescatando en forma de capital una parte de las aportaciones anteriores a 2007, por ejemplo, antes de final de año, por las aportaciones con más de diez años, y una nueva reducción del 40% el año que se produzca la jubilación por el rescate de la otra parte de esas aportaciones anteriores a 2007.

Ahorrar para la jubilación tiene premio

El ahorro fiscal de las aportaciones a planes de pensiones privados según la renta alcanza una media de 1.500 euros, entre un mínimo de 285 euros anuales para rentas de 12.000 euros hasta 735 en rentas de 320.000, detalla Gestha.

Así, para una renta media de 25.000 euros, aportar el máximo fiscalmente deducible el ahorro medio es de 450 euros y de 555 si la renta está en 80.000.

Si a los planes privados se les suman planes empresariales, el ahorro medio asciende a 1.900 euros para rentas de 12.000 euros, 2.400 euros para rentas de 16.000, 3.000 euros para rentas de 25.000; 3.700 para las de 40.000; 4.500 para 80.000 euros y hasta 4.900 para rentas de 320.000, sin perjucio de las variaciones que pueda haber según la escala autonómica de la comunidad en la que se resida.

5. Beneficios en la vivienda habitual

- Deducción por compra y rehabilitación de la vivienda

Quienes compraron su vivienda habitual o realizaron algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013 siguen disfrutando de la desgravación, si tuvieron deducciones por dicha vivienda en 2012 o años anteriores. De este modo, estos contribuyentes pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas, con un límite de inversión de 9.040 euros.

Teniendo en cuenta este límite, puede resultar interesante realizar un pago adicional de 4.813 euros de media para amortizar parcialmente la hipoteca antes de que finalice el año para reducir la factura fiscal en 722 euros adicionales, siempre que las condiciones del préstamo no impongan comisiones por cancelaciones anticipadas.

Algunas Comunidades autónomas tienen establecidas otras deducciones en vivienda habitual, que no deben olvidarse.

Neutralizar la tributación de las ganancias de la venta de una vivienda habitual

  • Quienes hayan vendido su casa este año, las ganancias obtenidas tributarán en la próxima declaración de la Renta, en función de su cuantía, entre el 19% y el 30% para rentas de ahorro y ganancias superiores a 300.000 euros.
  • No obstante, los técnicos señalan que si se reinvierte total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual será posible neutralizar este pago.
  • En cualquier caso, conviene recordar que están exentas las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con la dación en pago de la vivienda habitual para la cancelación del préstamo hipotecario.
  • Los mayores de 65 años están excluidos de tributar las ganancias
  • Están exentas las ganancias obtenidas por la venta de la vivienda habitual por los contribuyentes mayores de 65 años y también por personas dependientes severos o grandes dependientes.
  • También para estas personas están exentas la transmisión de cualquier otro bien o derecho, hasta un límite máximo de 240.000 euros, siempre que con el importe total se constituya en un plazo de seis meses una renta vitalicia asegurada.

6. Deducción por maternidad

Las madres trabajadoras con hijos menores de tres años pueden aumentar esta deducción en 1.000 euros adicionales por gastos de guarderías de cada hijo, estén matriculados en centros de educación infantil autorizados por la Administración educativa, o en guarderías autorizadas para su apertura y funcionamiento.

Gestha recuerda que las madres trabajadoras se pueden beneficiar de esta deducción de 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años con derecho a aplicar el mínimo por descendientes, o durante los tres años siguientes a la adopción o acogimiento preadoptivo o permanente.

También pueden recibir esta deducción las madres que cuando nació el menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales de desempleo, o que en esa fecha estuvieran dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad, o posteriormente con un mínimo de 30 días cotizados, y aunque no haya retenciones (es un impuesto negativo).

Pero cuidado, esta deducción no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia de la Ley del ingreso mínimo vital si durante dichos meses, alguno de los progenitores lo percibe por ese menor. Aunque esta incompatibilidad tiene una excepción transitoria si se tuvo derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda para la infancia antes del 1 de enero de 2023.

7. Compensar las pérdidas con ganancias

Ser inversor en bolsa no sólo puede generar ganancias, sino también pérdidas. Por eso, Gestha avisa de que el final de año es un buen momento para hacer cuentas y compensar las pérdidas generadas en un fondo de inversión, acciones o derivados financieros con las ganancias patrimoniales obtenidas. Es importante recordar que no se podrán adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses anteriores o posteriores a la venta.

Asimismo, los rendimientos de capital mobiliario positivos (intereses de títulos, venta de obligaciones o bonos, dividendos...) se pueden compensar con rendimientos negativos.

Además, se permite la compensación del saldo negativo procedente de la integración y compensación de rendimientos del capital mobiliario con el saldo positivo resultante de integrar y compensar las ganancias y pérdidas patrimoniales, con el límite del 25% de dicho saldo positivo.

Si va a vender un elemento patrimonial como un inmueble, acciones..., obteniendo beneficio en la venta puede ser conveniente retrasar la venta hasta el 1 de enero, a efectos de diferir la tributación hasta la declaración de Renta de 2026 que se presentará entre abril y junio de 2027.

8. Planificar la venta de acciones

Los contribuyentes que prevean que sus rendimientos netos del trabajo serán inferiores a 19.747,5 euros deben valorar si le es más rentable o conviene posponer el obtener rentas de otro tipo, como ganancias patrimoniales por venta de acciones, o rentas por alquileres de inmuebles, superiores a 6.500 euros, ya que en dicho caso perderían la reducción de rendimientos del trabajo que va disminuyendo desde los 7.302 euros según vayan subiendo los ingresos a partir de 14.852 euros.

Este límite de 6.500 euros es particularmente importante, ya que desde 1 de enero de 2025 se establece una deducción adicional, que se aplica directamente en la cuota a pagar, a diferencia de la anterior reducción que se aplica a los rendimientos netos. Esta deducción tiene como finalidad limitar la subida del impuesto para los perceptores del nuevo salario mínimo interprofesional (SMI), que asciende desde 2025 a 16.576 euros anuales. Con efectos desde el 1 de enero de dicho año, los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo derivados de la prestación efectiva de servicios correspondientes a una relación laboral o estatutaria inferiores a 18.276 euros anuales, siempre que no tengan rentas distintas de éstas, excluidas las exentas, superiores a 6.500 euros, pueden aplicar una deducción por obtención de rendimientos del trabajo de 340 euros, que va disminuyendo desde ingresos de 16.576 euros hasta 18.276 euros.

Esto afecta también a la venta de acciones, que pueden obligar a hacer la declaración a quien a priori no estaría obligado por sueldos de menos de 15.876 euros con varios pagadores, o hasta 22.000 euros con un solo pagador.

Hay que recordar que 2025 será el primer ejercicio en el que los solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo deben presentar la declaración del IRPF.

9. Donativos a ONG, y la ideología y la militancia deducen

En 2025 los donativos tienen un importante atractivo fiscal, pues permiten deducir el 80% para los primeros 250 euros que se eleva al 40% para los importes restantes, que llega al 45% si en los dos años inmediatos anteriores se dona a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, limitada a una aportación máxima del 10% de la base liquidable.

Además, las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún beneficio adicional, ya que suponen una deducción del 20%, limitada a una base máxima de 600 euros. En paralelo, las cuotas sindicales y de colegios profesionales deducen de los rendimientos del trabajo -si bien las últimas con un límite de 500 euros-, así como los gastos de defensa jurídica de litigios en la relación laboral con el límite de 300 euros anuales.

10. Incentivos para los 'ángeles' de los emprendedores

Desde 2023 esta deducción para amigos y familiares de tercer grado de los emprendedores aumentó al 50% (antes era un 30%) de la inversión en la cuota estatal del IRPF al suscribir las acciones o participaciones de una sociedad nueva o reciente creación.

La base máxima de la deducción se amplió a 100.000 euros anuales, limitada a una participación, junto con su cónyuge y familiares hasta el segundo grado incluido, nunca superior al 40% del capital de la entidad y cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000 euros al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

Actualmente, los técnicos remarcan que esta deducción es la más potente del IRPF, incluso más que la deducción de mejora de la eficiencia energética de los edificios residenciales (60% limitada a 5.000 euros, y 15.000 euros acumulados) al conjugar un tipo de deducción del 50% con una base de 100.000 euros, lo que permite deducir adicionalmente 355 euros de media a quien financie a una empresa nueva o de reciente creación, aunque se precisa invertir otros 711 euros.

Como contrapunto, las mejoras en esta deducción la volvieron más inequitativa porque el 43,1% de los que la utilizaron en la declaración de 2023 ingresaban rentas de más de 60.000 euros anuales, cuando son solo el 5,6% de los declarantes totales, y acumularon el 69% de esta deducción.

11. Reducción por arrendamiento de vivienda para los contratos de arrendamiento celebrados a partir del 1 de enero de 2024

Desde 1 de enero de 2024, se modifica la actual reducción del 60% sobre el rendimiento neto positivo declarado por el arrendador que alquila una vivienda con carácter permanente:

  • 90% si se firma un nuevo contrato por el mismo arrendador en zonas de mercado residencial tensionado, con una reducción de la renta de al menos el 5% respecto al contrato anterior.
  • 70% cuando, no cumpliéndose los requisitos del punto anterior, se alquile una vivienda nueva en zonas de mercado residencial tensionado a jóvenes de 18 a 35 años, se trate de vivienda asequible o protegida arrendada a entidades sin fines de lucro, o se alquile bajo programas públicos que limiten la renta.
  • 60% cuando, no cumpliéndose los requisitos de los puntos anteriores, la vivienda haya sido rehabilitada en los dos años previos a la firma del contrato.
  • 50% en cualquier otro caso.

A los rendimientos derivados de contratos de arrendamiento firmados con anterioridad al 26/05/2023, les seguirá siendo de aplicación la reducción del 60%. A los rendimientos derivados de contratos de arrendamiento firmados entre el 26/05/2023 y el 31/12/2023, se les aplicó la reducción del 60% durante 2023, y a partir del 01/01/2024, la reducción es del 90, 70, 60 o 50%, según las circunstancias señaladas anteriormente.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Social en su página web publica las Resoluciones en las que se declaran las zonas de mercado residencial tensionado; hasta ahora sólo existen declaradas estas zonas en municipios de Cataluña, Galicia, País Vasco y Navarra.

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Fuente original: Leer en Expansión
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