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Marchena y la mirada de los mil kilómetros

Marchena y la mirada de los mil kilómetros
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OPINIÓNMarchena y la mirada de los mil kilómetros
  • VÍCTOR M. SUNKEL
Actualizado 15 ABR. 2026 - 12:38Los magistrados del Tribunal Supremo Manuel Marchena y Ana Ferrer durante el juicio al entonces fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, el pasado mes de noviembre.MariscalEFE

En 'La chaqueta metálica' (EEUU, 1987), Stanley Kubrick, sin querer, popularizó una expresión que terminó por escapar de la pantalla: la "mirada de los mil kilómetros".

Es la de aquel que ha estado en el frente, en "el fregao". De quien ha dejado de teorizar sobre el conflicto y lo ha vivido irreversiblemente en carne propia. No es una mirada sólo emocional, sino también técnica, porque quien la tiene ha entendido, forzosamente, que, llegado cierto punto, en cualquier batalla, el resultado ya no depende de uno mismo.

Resulta difícil no percibir esa misma expresión en Manuel Marchena en las recientes sesiones del Tribunal Supremo en la causa relativa a la conocida trama de las mascarillas, con Koldo y Ábalos en el eje del procedimiento. Puede que sea una conjetura psicológica, pero es una impresión que reconocería cualquiera que haya pasado horas en sala.

Se podría pensar, quizá, que su mirada se debe a la complejidad del caso, a las revelaciones de trasiego de dinero en sobres por la sede del partido socialista, o, por qué no, a lo bochornoso de oír cómo se referían a las mujeres con las que alternaba el exministro Ábalos y su mano derecha. Pero probablemente sea por algo muy distinto.

El artículo 117 de la Constitución atribuye a jueces y tribunales no solo la potestad de juzgar, sino también la de hacer ejecutar lo juzgado. Esa segunda función -frecuentemente olvidada- es la que otorga sentido al sistema. Sin ejecución, la jurisdicción se convierte en un ejercicio meramente declarativo. Sin embargo, en los últimos años se ha ido asentando una práctica que, sin quebrar formalmente el marco constitucional, introduce una duda estructural: indultos de evidente contenido político, amnistías diseñadas en función de coyunturas concretas, reformas penales de oportunidad y, en paralelo, una utilización expansiva del recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

El precedente de los ERE ha sido especialmente significativo. No tanto por su desenlace, sino por el mensaje que proyecta: resoluciones firmes del Tribunal Supremo pueden ser posteriormente revisadas y, en la práctica, neutralizadas en sede constitucional. La cosa juzgada deja de percibirse como un punto de cierre incontestable.

Y, a partir de ahí, la pregunta deja de ser retórica: ¿qué incentivo tiene el sistema para sostener su rigor si el resultado puede quedar condicionado por decisiones posteriores ajenas a la lógica jurisdiccional? Porque si el desenlace de los procedimientos penales de mayor relevancia pública acaba dependiendo, en última instancia, de decisiones de naturaleza política, el proceso deja de ser un fin en sí mismo para convertirse en una fase intermedia.

Evidentemente, no se trata de cuestionar tales instrumentos, toda vez que el indulto tiene reconocimiento constitucional y el recurso de amparo cumple una función esencial en la tutela de derechos fundamentales. La crítica ha de venir dirigida a su utilización. O, mejor aún, a su abuso; ya que cuando lo excepcional se convierte en frecuente, el equilibrio entre poderes deja de tensionarse y se empieza a erosionar.

Deslegitimación

A ello se añade un factor que no debe ignorarse: la deslegitimación pública del poder judicial, siendo máximo exponente las declaraciones realizadas el lunes por el ministro de Justicia, Félix Bolaños, en relación con la actuación del juez Peinado a cuenta de la causa que afecta a Begoña Gómez, las cuales, lamentablemente, no constituyen un episodio aislado, sino que responden a un patrón en el que la discrepancia jurídica se traslada al terreno político con un coste evidente para la credibilidad institucional.

En ese contexto, la "mirada de los mil kilómetros" que parece advertirse en Marchena adquiere un significado distinto: no es la de quien duda de la solidez jurídica de lo que tiene entre manos. Es la de quien es consciente de que la corrección técnica de una sentencia puede no ser suficiente para garantizar su eficacia real. Por eso, su mirada no se agota en "el frente", en la sala de vistas. Ahora se adivina que se dirige más allá, a mil kilómetros, escudriñando el destino incierto que le aguarda a la resolución que dicte la Sala. Y, quizá, a todo el sistema judicial.

Víctor M. Sunkel, abogado

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Fuente original: Leer en Expansión
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